Otorgaron licencia por comaternidad a mamá no gestante

Otorgaron licencia por comaternidad a mamá no gestante
1 noviembre, 2023 por Redacción La tinta

A mediados de agosto, una trabajadora de la Municipalidad de Córdoba, tras un largo proceso acompañado por el SUOEM, logró acceder a 8 días de licencia por comaternidad. El caso se convierte en el primero de nuestra provincia que logra tal beneficio, abriendo una puerta a más y mejores derechos para las familias y, sobre todo, las infancias.

Una pareja de docentes de la Municipalidad de Córdoba decidió hacer crecer su familia y su proyecto de vida. En junio de este año, lograron ser mamás a través de un tratamiento de fertilización asistida. Cercanas a la llegada de su hijo, se dieron con la inexistencia de licencias que amparen a la madre no gestante para acompañar los cuidados de los primeros meses del bebé. Recurrieron a la Secretaría de Género y Familia del Sindicato Unión Obreros y Empleados Municipales (SUOEM), quienes con su cuerpo de abogadas instaron el pedido de licencia por maternidad de 180 días. Finalmente, tras varias negativas, el 17 de agosto, otorgaron 8 días de licencia por comaternidad para la mamá no gestante, días que habitualmente y por estatuto están estipulados para los padres.

Desde La tinta, nos comunicamos con Soledad Barrionuevo, secretaria gremial de Género y Familia del sindicato de los municipales cordobeses, con la Dra. Myriam Birn y con Vero y Sole, flamantes mamás de Juan Pedro. 

Soledad Barrionuevo cuenta que, en el mes de junio, Vero y Sole se acercaron al sindicato y que si bien no había una licencia que ampare el caso, se comprometieron a acompañarlas. Siendo inminente el nacimiento de su hijo, era urgente conseguir una solución para Vero, la mamá no gestante. «Las doctoras Myriam Birn y Micaela Reynaga se pusieron a trabajar inmediatamente en un escrito, una presentación administrativa que se hizo ante la Municipalidad de Córdoba. A los pocos días, las chicas iban a tener el bebé, así que había una cuestión de apuro, el pedido fue en carácter de urgente. Nuestro estatuto prevé la licencia por maternidad y la licencia por nacimiento de hijo. Pero cuando dice licencia por nacimiento de hijo, establece que es para un agente varón. Había otra licencia que es por adopción, pero Verónica y Soledad encararon juntas el proyecto de tener un hijo y no de ser mamás adoptantes, por lo cual tampoco le correspondía. La única que nos quedaba era la licencia por maternidad con la cual encabezamos el reclamo administrativo de licencia por comaternidad”, relata Barrionuevo.

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Presentaron un escrito en el que pidieron una licencia de maternidad para la madre no gestante de 180 días. Apelaron a la necesidad de adaptar el estatuto a las leyes nacionales de matrimonio igualitario, la ley de identidad de género y al cumplimiento de los derechos de lxs niñxs. En dicho texto, explican a las autoridades municipales por qué se debía otorgar una licencia a la madre no gestante. “Por la Convención de los Derechos del Niño en su artículo 3.1 y Observación General 16 del Comité para los Derechos del Niño, como en reciente jurisprudencia de nuestro país donde la licencia por maternidad no se vincula solamente a la gestación, sino con el interés superior del niño y además debe ser interpretada armónicamente con los nuevos derechos de parentalidad, que no distinguen el género, ya que el matrimonio igualitario fue reconocido por la Ley 26.618 de Matrimonio Igualitario y por el artículo 402 del Código Civil y Comercial”, afirmaron con contundencia y sumaron que en la CEDAW -Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer- se garantiza el derecho a la planificación de la familia. Se refirieron también a normativa laboral como el Convenio 156 sobre la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares (1981). Al mismo tiempo, mencionaron la Declaración Universal de Derechos Humanos que, en el artículo 18, “ha reconocido el derecho de hombres y mujeres a partir de edad hábil a formar una familia, siendo esta el elemento natural y fundamental de la sociedad”.

Fueron largos los meses de espera para que, luego de dos respuestas negativas, del Área de Capital humano y del Área de Asesoría Letrada, la Secretaría General brinde un dictamen favorable en el que se reconoce una licencia por maternidad -no gestante- de 8 días desde el nacimiento del niño. Verónica pudo hacer uso de los mismos cuando su hijo ya tenía casi dos meses. 

Vero y Sole compartieron con La tinta que consideran necesario adaptar el estatuto, ya que la licencia por nacimiento “no solo es el derecho de madres y padres a tomarse ese tiempo, sino el de niños y niñas de estar con sus progenitores esos primeros días que son muy importantes”. Verónica recuerda los primeros días de su bebé como “unas semanas muy felices, pero angustiantes a la vez porque yo quería estar acá con ellos. Fue muy cuesta arriba el tema de ir a trabajar y pensar que necesitaba que esas cinco horas de clase pasaran rápido para volver a mi casa”. Cuando vio el dictamen, dice que pensó no tomarse los días porque reclamaba más, “sin embargo, justo en ese momento, estábamos pasando por una situación difícil, entonces decidí tomarlos para poder acompañar la situación y estar con el bebé. Si bien esos ochos días me permitieron acompañar, con Sole creemos que siguen siendo pocos, incluso para el papá porque el primer tiempo te la pasás de turno médico, haciendo el trámite del DNI, acompañando el proceso de aprender a amamantar”, concluye.

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Por su parte, la Dra. Myriam Birn resalta la importancia de “todo el avance legislativo de los últimos 15 años en materia de ampliación de derechos relacionados con la identidad de género, la Ley de Matrimonio Igualitario, la erradicación de la violencia contra las mujeres, los Derechos del Niño, el régimen de parentalidad, los nuevos tipos de familias. Todos reconocidos a la luz de los convenios internacionales sobre derechos humanos que nuestro país ha ratificado y que tienen rango constitucional. Exigen urgentemente una adecuación orgánica y general de toda la legislación a nivel nacional, provincial y municipal de manera tal que el ejercicio de esos derechos pueda ser una realidad completa e integral en todas las esferas en las que se desarrolla la persona humana”, afirma. Además, suma que el caso concreto de Vero y Sole ha dejado visible la necesidad de una actualización integral legislativa para que se asegure a lxs trabajadorxs el gozo efectivo de sus derechos laborales y de la seguridad social. 

“Esta vez, se logró el reconocimiento excepcional fuera de la ley vigente de una licencia para la mamá no gestante. Es un antecedente administrativo muy importante en el ámbito de la Municipalidad de Córdoba. Pero como gremio y en especial a la Secretaría de Género del SUOEM, nos interpela a iniciar el proceso necesario para la adecuación del estatuto del personal municipal con los derechos humanos ampliados, reconocidos constitucionalmente”, concluye Birn.

*Por Redacción La tinta / Imagen de portada: A/D.

Palabras claves: derechos laborales, infancias, Maternidad

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