Justicia Juvenil Restaurativa: reparar el daño para no dañar penando
Finalizó la capacitación de quienes trabajarán con jóvenes en conflicto con la ley penal en el Programa de Justicia Juvenil Restaurativa. Un intento de respuesta a las injusticias del enfoque penal retributivo y a la violencia estatal que produce y reproduce el sistema penal juvenil sobre las infancias y adolescencias de manera selectiva, recayendo con mayor dureza sobre los sectores empobrecidos. Esta nueva propuesta se centra en darle protagonismo a las personas involucradas, reducir los índices de reincidencia y propiciar la desjudicialización de los conflictos, reduciendo las intervenciones penales en adolescentes.
Por Verónica Cabido para La tinta
Los pibes cumplen condenas
entran y salen las penas
entran y salen las penas
de su niño corazón.
Gustavo “El Príncipe” Pena
Durante el último año, la provincia de Córdoba comenzó a trabajar en un programa restaurativo para abordar los conflictos interpersonales en los que estén involucrados niños, niñas y adolescentes. La semana pasada, finalizó la capacitación de las y los facilitadores que trabajan con jóvenes en conflicto con la ley penal. Hasta ahora, se formaron 70 operadores que ya están realizando las primeras intervenciones. En un primer momento, el programa se llevará adelante en la ciudad de Córdoba, para luego extenderse al interior. De esta manera, la provincia se convierte en la primera del país en aplicar el enfoque restaurativo.
En los últimos años, y de la mano de tratados internacionales de derechos humanos y recomendaciones de organismos internacionales, este enfoque ha ganado terreno con el objetivo de adecuar los sistemas de justicia juvenil a los estándares de derechos humanos en la materia. En la provincia de Córdoba, el Programa de Justicia Juvenil Restaurativa surge de un convenio entre el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el Tribunal Superior de Justicia y la Municipalidad de Córdoba. Lo que propone el enfoque es que la respuesta punitiva, en el caso de adolescentes, ceda en favor de otro tipo de respuesta, basada en la restauración y los procesos educativos.
Cuando se afronta la problemática de jóvenes en conflicto con la ley penal, dos posturas confrontan entre sí con frecuencia. Aunque parece siempre prevalecer la demanda punitiva, el escenario se presenta bifurcado entre los enfoques que sostienen la necesidad de aplicar la ley penal bajo el modelo retributivo tradicional y quienes advierten que la criminalización de les jóvenes tiene consecuencias negativas severas, no logra una resocialización ni una adecuada reparación y no resuelve las verdaderas causas de la conflictividad social. Las inequidades que produce la respuesta punitiva son innegables. El sistema penal juvenil produce y reproduce violencia estatal sobre las infancias y adolescencias de manera selectiva, recayendo con mayor dureza sobre los sectores empobrecidos.
Como intento de respuesta a las injusticias del enfoque penal retributivo, surge el restaurativismo. Esta alternativa propone gestionar de manera beneficiosa los conflictos socio-penales, darle protagonismo a las personas involucradas y reducir los índices de reincidencia. Reconoce que la sanción penal no solo no logra los fines que se propone, sino que agrava la realidad de los jóvenes y propone sustituir o acompañar las sanciones con el aprendizaje y la reflexión sobre los propios actos, y la restauración o reparación del daño ocasionado con un sentido pedagógico que logre la transformación. Es un enfoque que fomenta el fin socioeducativo del proceso, procurando no estigmatizar ni reafirmar en las transgresiones a la ley penal a jóvenes que aún están en formación de su identidad y carácter.
El abordaje restaurativo evita la incriminación prematura y la asimilación de sus transgresiones con la delictividad adulta. Se orienta a ayudar a jóvenes a tomar responsabilidad por sus acciones y a reparar el daño que han causado, y, al mismo tiempo, les brinda apoyo y oportunidades para cambiar su comportamiento y evitar futuros conflictos. No sólo apunta de manera directa a brindar una respuesta integral ante un joven en conflicto con la ley penal, sino que también tiene un objetivo indirecto muy significativo: disminuir los niveles de reincidencia, logrando reducir también los índices de conflictividad penal en el mundo adulto.
En contraposición a los abordajes penales tradicionales, los enfoques restaurativos se presentan como alternativas conciliadoras que fomentan la participación de los sujetos involucrados en la resolución de su propio conflicto. En este sentido, se les devuelve el protagonismo que los sistemas penales tradicionales les quitan, confiando en sus capacidades de recomponer la situación y apelando a métodos de autocomposición que promueven la participación activa. Lo novedoso es que no apunta sólo al caso individual, sino que aspira a una transformación en la comunidad.
Detrás del restaurativismo, subyace una concepción filosófica. Rechaza la idea de que las personas son malas por naturaleza, como postulaba Hobbes, y confía en la bondad de las personas, adoptando una perspectiva optimista de las interacciones humanas, basadas en la cooperación y colaboración. El restaurativismo cree en la bondad, en la cooperación, en la capacidad de transformación de las personas y en que tiene sentido resolver de una manera positiva nuestro conflicto. La concepción tradicional que tenemos acerca de la justicia penal es hobbesiana, porque se afirma en la idea de nuestra incapacidad para resolver nuestros propios conflictos y postula la necesidad de una entidad que detente el monopolio de la violencia para ejercerla contra quien cometa delitos.
Nuestras ideas sobre la justicia a menudo hunden raíces en lo que algunos autores llaman “la cultura del castigo”. Desde nuestra concepción, el castigo, tanto dentro como fuera del sistema penal, se presenta como la mejor -cuando no la única- forma de resolver los conflictos interpersonales, depositando la confianza en que logrará transformar a las personas. Sin embargo, sabemos que produce consecuencias sociales devastadoras. Un abordaje restaurativo en clave antipunitiva puede tensionar nuestros preconceptos sobre la justicia, permitiendo ampliar los límites de nuestra imaginación respecto de la resolución de los conflictos, de manera que podamos corrernos del paradigma punitivo.
La necesidad de un enfoque antipunitivo
Si bien Córdoba es la primera provincia en implementar el modelo restaurativo, numerosas ciudades de Argentina ya han avanzado en este sentido. En Pergamino, el programa se inició en 2018 y, aunque originalmente fue pensado para jóvenes de entre 16 y 18 años, paulatinamente, incluyó a quienes están por debajo de la edad de imputabilidad. Esto puede encender algunas alarmas. El modelo restaurativo puede ser muy beneficioso como alternativa a la respuesta penal tradicional, tanto para jóvenes como para personas adultas, pero no debería ser utilizado como caballo de Troya para expandir la respuesta judicial alcanzando a niños, niñas y adolescentes no punibles. Más bien al contrario, debe propiciar la desjudicialización y fortalecer el enfoque antipunitivo de las intervenciones.
Otros lineamientos del modelo restaurativo juvenil, en este caso, a nivel nacional, datan del 2019, cuando Patricia Bullrich y Garavano presentaron un proyecto que bajaba la edad de punibilidad y establecía la “mediación penal y acuerdos restaurativos” para la intervención de casos que involucraran a jóvenes. Así, de manera encubierta, ampliaba los límites de la respuesta punitiva habilitando la intervención penal bajo eufemismos que insinuaban abordajes “restaurativos”, pero con la misma estigmatización, selectividad y clasismo propio del sistema penal. No debemos dejar de mencionar que estas políticas se ven alimentadas por la sobrerrepresentación de los “menores” como delincuentes en los medios de comunicación y los discursos manoduristas que estos alientan.
Si creemos necesario desarrollar intervenciones que no criminalicen a las infancias, debemos llevar a cabo prácticas restaurativas en clave antipunitiva que crean que es posible la transformación individual y no pierdan de vista la necesidad de la transformación social. El objetivo de reparar el daño no debe desatender la necesidad de modificar las condiciones estructurales subyacentes. Es importante que las prácticas restaurativas adopten un enfoque antipunitivo, que permita visibilizar y reafirmar la perspectiva de derechos, y resignificar el rol de la comunidad como una red activa de contención, fortaleciendo los lazos sociales y comunitarios. Prevenir la escalada del conflicto mediante el diálogo y la participación activa de las personas involucradas, eliminar o minimizar las intervenciones punitivas sobre adolescentes, y evitar la estigmatización deben ser los objetivos principales. Cuidar bien al niño, cuidar bien su mente… y alejarlos del sistema de justicia penal, para que no entren y salgan las penas de su niño corazón.
*Por Verónica Cabido para La tinta / Imagen de portada: A/D.