«Las audiencias ambientales virtuales atentan contra el derecho de participación de la ciudadanía»
Por Redacción La tinta
La Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo (CoDeBoNa) junto a vecines de La Calera, presentaron un amparo colectivo para evitar que la Secretaría de Ambiente Provincial lleve a cabo este viernes una «Audiencia Pública Digital” donde se expondrá el estudio de impacto ambiental de un nuevo emprendimiento inmobiliario en la localidad.
La Justicia, sin embargo, rechazó el amparo y la irregular audiencia por el Loteo Altos de Estanzuela se realizará hoy a las 10, aunque sin la participación de instituciones que la legitimen.
Según detalla la denuncia presentada, el emprendimiento desarrollista Loteo Altos de Estanzuela pretende su emplazamiento en un predio, que conforme al Informe elaborado por el Área de Bosques de la Secretaría de Ambiente del Gobierno de Córdoba, abarcaría bosques nativos categoría I (zona roja) y de categoría II (zona amarilla), dentro de los cuales claramente no se permite este tipo de proyectos inmobiliarios.
Desde CoDeBoNa acusan que la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Provincia de Córdoba viene utilizando la modalidad de audiencia digital virtual para poner a consideracion de la ciudadania los Estudios de Impacto Ambiental de obras o proyectos que producen impacto sobre el ambiente, previo al otorgamiento o rechazo de la respectiva Licencia Ambiental.
«Entendemos que este mecanismo atenta contra derechos humanos y ambientales fundamentales referidos a la real y efectiva participación ciudadana en los procesos de toma de decisión politica y la Democracia Participativa Ambiental de origen legal y Constitucional, como así tambien, el derecho de las personas en situación de vulnerabilidad económica, social, cultural, que no tienen acceso a la tecnología (computadoras, telefonía movil, etc) ni a la conectividad (servicios de internet) o que no estan registradas como Ciudadano Digital, como requisitos ineludibles y excluyentes para ser parte de estas audiencias».
En diálogo con La tinta, el abogado amparista Darío Ávila indicó: «Creemos que este mecanismo de audiencias públicas digitales importa una grave limitación al derecho de los ciudadanos a la participación real en las audiencias públicas porque parten de dos premisas falsas: de considerar que todos los ciudadanos nos encontramos en igualdad de condiciones para acceder a esta tecnología, y también supone que todes tenemos accesibilidad al servicio de internet».
En lo que va del año, de marzo a octubre, la Secretaría de Ambiente ya llevó a cabo trece «Audiencias Públicas Digitales» mediante la Plataforma Virtual Zoom.
Según exponen desde CoDeBona, en ninguna de las trece audiencias se registró algún ciudadano como expositor. «En esas audiencias se aprobaron proyectos de loteos, actividad minera, obras de infrastructura vial, etc. mediante un trámite expres de 30 minutos sin ningun tipo de objeción por parte de la ciudadanía», indicaron.
La Cámara Tercera en lo Contencioso Administrativo rechazó el planteo presentado, argumentando una cuestión formal y apuntando a que la CoDeBoNa no tiene personería jurídica.
«Lamentablemente la Justicia con esta decisión, ignora la jurisprudencia de fallos de la propia Corte Suprema y la opinión de autores y especialistas sobre la materia, que entienden que en este tipo de acciones de caracter colectivo, en el que un grupo de ciudadanos reclaman el respeto a las leyes ambientales, no es exigible ningún tipo de institucionalidad previa, sino que pueden ser encausados debidamente a través de colectivos que se consideran afectados, tal como sucede con las vecinas contra Porta», lamentó el abogado.
* Por Redacción La tinta