Los abusos sexuales deben ser considerados delitos de lesa humanidad

Los abusos sexuales deben ser considerados delitos de lesa humanidad
14 marzo, 2018 por Redacción La tinta

Por Fernanda Callejón para Agencia para la libertad

Cumplida la última audiencia de la causa “Morales, Arturo y otros”, de la ciudad de San Pedro de Jujuy, el próximo 15 de marzo se dictará sentencia en lo que compone el quinto juicio por los crímenes perpetrados durante el genocidio de la dictadura cívico-militar. La querella pedirá que se incorporen los abusos sexuales como crímenes de lesa humanidad.

Los jueces por su parte, no estarían considerándolos así, pese a que se encuentran en todos los tratados internacionales de los que Argentina forma parte, convirtiendo a Jujuy en la única provincia en la que falta reconocerlo. En contraposición, han propuesto que los mismos sean tratados en un nuevo juicio específico, duplicando los esfuerzos y el sufrimiento de todos los testigos.

Durante diciembre del 2017, cuando se inició la etapa de los alegatos, el fiscal federal Carlos Amad solicitó cadena perpetua para el ex comisario de la policía de Jujuy, Arturo Morales, por los delitos de privación ilegítima de la libertad, con el agravante de violencias o amenazas, homicidio calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, en grado de coautor. También pidió 25 años de prisión para el resto de los policías locales (Ramón Sánchez, Francisco Díaz y Oscar Guzmán) por privación ilegítima de la libertad con el agravante de violencias o amenazas, y torturas, en grado de coautor, y 15 años para la única mujer imputada, Aída Ruiz, por privación ilegítima de la libertad con el agravante de violencias o amenazas y el delito de tortura, todos en concurso real. Y para Sergio Aldana 8 años por el delito de allanamiento ilegal cometido en carácter de partícipe secundario.


En la próxima jornada del jueves los represores podrán utilizar el derecho a pronunciar la última palabra, mientras el Tribunal por su parte, deberá decidir antes de dictar la sentencia, si dará curso a la solicitud realizada por la querella sobre incorporar los delitos sexuales. En este sentido piden que las violaciones realizadas en el contexto de las detenciones clandestinas, y que fueron corroborados a lo largo del juicio, sea incorporados como crímenes de lesa humanidad, dado su carácter sistemático y su relación con los distintos métodos de castigos.


No identificar legalmente a estos crímenes de índole sexual como crímenes de lesa humanidad impide identificar la profundidad de la represión dictatorial a la par que disminuye también la gravedad de las violaciones sexuales.

Es preciso recordar que la corte internacional penal reconoce a la violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, el embarazo o esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable, como crímenes de lesa humanidad, siempre que la acción forme parte de una práctica extendida o sistemática.

*Por Fernanda Callejón para Agencia para la libertad.

Palabras claves: abuso sexual, Dictadura Cívico-Militar, Violaciones

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