Sentencia en juicio Subzona 15: prisión perpetua para 28 imputados

Sentencia en juicio Subzona 15: prisión perpetua para 28 imputados
28 abril, 2020 por Redacción La tinta

Este lunes 27 de abril, el Tribunal Oral Federal 1 de Mar del Plata dio lectura a la sentencia por la megacausa Subzona 15 luego de dos años de jornadas de debate oral en el que se ventilaron los crímenes de lesa humanidad cometidos en una extensa red de centros clandestinos de Mar del Plata y distritos cercanos. El acervo documental del archivo DIPPBA presentado por la CPM resultó fundamental para reconstruir las cadenas de mando, funcionamiento del circuito represivo y responsabilidades de los condenados.

Por Andar agencia de noticias

A casi 40 días desde el inicio del aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en el marco de la pandemia, y mientras la mayoría de los debates orales por crímenes de lesa humanidad permanecen suspendidos, este lunes desde el mediodía, se realizó la jornada final del juicio conocido como Subzona 15.

La lectura de la sentencia duró casi dos horas y, sin público en la sala, se difundió en vivo por el canal web del Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte Suprema. De los 41 imputados, 28 fueron condenados a prisión perpetua.

El Tribunal Oral Federal (TOF) 1 de Mar del Plata, integrado por los magistrados Roberto Falcone, Mario Portela y Martín Baba -este último en reemplazo de Alfredo Ruiz Paz, jubilado desde el 17 de marzo-, dio lectura sólo a la parte resolutiva de la sentencia, contemplando identidad de los imputados, delitos probados, penas y víctimas -según cada caso- sobre las que recayó el accionar represivo.


Los delitos en los que se basaron las condenas fueron el de asociación ilícita -en calidad de jefe u organizador y miembros, según el caso-: privación ilegítima de la libertad agravada por la condición de funcionario público, aplicación de violencias y amenazas, tormentos agravados por ser las víctimas perseguidos políticos, y homicidio agravado.


Las penas (comienzan en 7 años de prisión y llegan a prisión perpetua) incluyeron en todos los casos la inhabilitación absoluta y perpetua, y suspensión definitiva en el goce de jubilación, retiro o pensión, además del pago de costas del proceso. Por otra parte, entre las absoluciones se dictó la de Eduardo Carlos Isasmendi Sola para quien el tribunal ordenó el cese de su detención y su inmediata liberación.

Finalmente, entre las resoluciones de la sentencia se incluyó el apercibimiento del histórico abogado de represores Eduardo San Emeterio, en virtud de los “términos indecorosos manifestados sobre la intervención del Ministerio Público Fiscal” durante el juicio.

A continuación, las penas y absoluciones, según cargos y ámbitos de actuación.

Máximos responsables funcionales de la Subzona 15

—Victor Modesto Mendiaz, prisión perpetua

—Alfredo Manuel Arrillaga, prisión perpetua

—Eduardo Jorge Blanco, prisión perpetua

—Jorge Luis Toccalino, prisión perpetua

—Carlos Alberto Suárez: prisión perpetua

—Fortunato Valentín Rezzet: prisión perpetua

—Hugo Ernesto Pabón: prisión perpetua

—Juan Carlos Aiello: 7 años de prisión

—Eduardo Carlos Isasmendi Sola: absolución total y liberación inmediata

Miembros de la Central de Inteligencia de la FUERTAR (Fuerza de Tareas)

—Julio Cesar Fulgencio Falke: prisión perpetua (mantiene la pena de sentencia anterior, también a perpetua)

—Oscar Ayendez: prisión perpetua

—Héctor Raúl Azcurra: prisión perpetua

—Policarpo Vázquez: prisión perpetua

Jefes de los Departamentos de Sanidad de la Base Naval y de la Escuela de Suboficiales de Infantería de Marina

—Raúl Enrique Pizarro: prisión perpetua

—Carlos Arturo Mansilla: 7 años y 6 meses de prisión

—Miguel Ángel Domingo Parola: 10 años de prisión

Jefes de la Prefectura Naval Mar del Plata así como los Jefes y miembros de la Sección Informaciones de esta fuerza

—Juan Eduardo Mosqueda: 25 años de prisión (se unifica con condenas anteriores de 2004)

—Ariel Macedonio Silva: 22 años de prisión

—Néstor Ramón Eduardo Vignolles: prisión perpetua

—Osvaldo Gaspar Siepe: prisión perpetua

—Eduardo Héctor Vega: prisión perpetua

Jefes de la Agrupación Buzos Tácticos

—Rafael Alberto Guiñazú: prisión perpetua (mantiene pena de prisión perpetua anterior)

—José Omar Lodigiani: prisión perpetua (mantiene pena de prisión perpetua de 2004)

—Carlos María Robbio: prisión perpetua

Jefe del estado Mayor de la Fuerza de Tareas (FUERTAR) 6

—Justo Alberto Ignacio Ortiz: prisión perpetua

Jefes de Operaciones de la Fuerza de Tareas 6

—Eduardo Carlos Frías: prisión perpetua

—Alfonso Eduardo Nicolás: prisión perpetua

—César Enrique Martí Garro: 10 años de prisión

—Roberto Mario Blanco Azcárate: prisión perpetua

Jefes de las Unidades de Tareas de la Fuertar 6

—Raúl César Pagano: prisión perpetua

—Alfredo Raúl Weinstabl: prisión perpetua

—Luis Héctor Bonanni: prisión perpetua

Segundo Comandante del Grupo Tareas 6.2

—Omar Ramón Gronda: prisión perpetua

Miembros de la Agrupación Comandos Anfibios

—Ernesto Davis: prisión perpetua

—Juan Roberto Contreras: absolución

—Silverio Abel Cortez: absolución

—Juan Tomás Carrasco: absolución

Miembros de la Sección Inteligencia de la Base Aérea Militar de Mar del Plata

—Alcides José Cerutti: prisión perpetua

—Gonzalo Gómez Centurión: 12 años de prisión. Traslado inmediato a unidad penitenciaria

Titular de la comisaría de Miramar

—Juan Alberto Rincón: Absolución

Cabe recordar que, entre los 41 imputados, hubo integrantes de las tres Fuerzas Armadas y de varias agencias de Seguridad, como la Policía Bonaerense y la Prefectura Naval.

El ámbito de actuación fue la red de centros clandestinos situados en la Subzona 15 (que responde a un organigrama de jurisdicciones en las que la última dictadura dividió el país) con instalaciones en los partidos bonaerenses de General Lavalle, General Juan Madariaga, Mar Chiquita, Balcarce, General Alvarado, General Pueyrredón, Lobería, Necochea y San Cayetano.

Cabe destacar que, al momento de formular la elevación a juicio, había 49 acusados pero varios de ellos quedaron afuera del proceso por fallecimiento o por haber sido declarados con incapacidades médicas.

En cuanto a las víctimas, son 272 personas de las cuales 97 fueron consideradas por primera vez en un debate oral por los crímenes de lesa humanidad padecidos.

Entre los casos más relevantes, se encuentran las desapariciones de los actores Gregorio Nachman y Antonio Luis Conti en junio de 1976, y la del conscripto Marcelo Reinaldo Hartung Flores, ocurrida en julio de 1978. También se juzga la responsabilidad por los hechos ocurridos durante la Noche de las Corbatas, que ya han sido ventilados en otros debates orales.

Una de las particularidades de este juicio radica en que más de 30 de los imputados fueron parte de las segundas y terceras líneas en las cadenas de mando a las que pertenecían, responsabilidades funcionales que, en general, quedan fuera de las causas penales o no llegan a juicio.

“No estamos en presencia de autores directos que hayan cometido los ilícitos de propia mano y tampoco, en la mayoría de los casos, se trata de los jefes máximos de las Fuerzas Armadas en la jurisdicción que han sido condenados con anterioridad y/o no han llegado a estar en juicio a causa de su fallecimiento o de su incapacidad sobreviniente”, manifestó el Ministerio Público -representado por el fiscal Juan Pablo Curi y los auxiliares María Eugenia Montero y Julio Darmandrail- durante los alegatos realizados en febrero pasado.

Respecto al material probatorio acumulado en esta causa, la fiscalía de juicio también valoró el acervo documental de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia (DIPPBA) que fuera aportado al comienzo del juicio por parte de la Comisión Provincial por la Memoria.

Las decenas de legajos, fichas y registros aportados por la CPM contienen datos precisos y circunstanciados sobre muchas de las víctimas, victimarios, operativos de seguimiento, secuestros, y reportes a las superioridades de la Subzona 15, que resultaron fundamentales para probar los niveles de responsabilidad de los imputados.

En este sentido, la DIPPBA no sólo construyó un vasto archivo de documentación respecto a su propio accionar en tanto agencia de inteligencia de la Policía bonaerense, sino que fue un eslabón clave de la Comunidad Informativa que articuló las tareas de inteligencia entre distintas fuerzas y agencias. De allí que documentos de la Prefectura Naval estén disponibles en el archivo que preserva y gestiona la CPM.

*Por Andar agencia de noticias / Imagen de portada: Andar agencia de noticias.

Palabras claves: Dictadura Militar, Fuerzas Armadas, Lesa Humanidad, Mar del Plata

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