Embarazo no es lesión para la AFA: avance con lagunas legales
El embarazo dejó de ser considerado como una lesión en el fútbol femenino argentino. Sí, es noviembre de 2019 y así lo entendían desde la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) hasta hace unos días. Celebramos este avance, que se conoció a través de una resolución vía Boletín Oficial, pero nos hacemos algunas preguntas: ¿Por qué una jugadora debe firmar una declaración de que esté embarazada antes de cada partido? ¿Qué pasa si no lo sabe con anterioridad? ¿Cuáles son los derechos para las madres no gestantes? ¿Cuáles son los tipos de familia en los que se sigue basando y sigue promoviendo AFA?
Analía Fernández Fuks para LATFEM
El 16 de octubre AFA y Futbolistas Argentinos Agremiados (FAA) firmaron un convenio sobre el régimen de la relación de trabajo de la futbolista, donde el presidente del Comité Ejecutivo, Claudio Tapia y el secretario general del gremio Sergio Marchi acordaron que la relación de trabajo de la futbolista profesional se regirá por la legislación laboral y de la seguridad social común o general, con modificaciones en algunas cláusulas relativas al embarazo de las jugadoras.
Un paso más en el camino de la semi-profesionalización que se oficializó en marzo de este año, en el predio de Ezeiza. Nada dijeron aquella mañana desde la dirigencia de AFA sobre la lucha que vienen sosteniendo desde hace años las futbolistas por la ampliación de sus derechos laborales. Anunciaron la profesionalización del fútbol femenino -semiprofesionalización- sostenida en la firma de por lo menos ocho contratos por club de primera división.
Esta nueva resolución, que alcanza tanto a futbolistas profesionales como amateurs, publicada en el boletín oficial 5717 de AFA es, en primer lugar, un avance en materia de derechos laborales para las futbolistas.
El convenio señala que “la relación de trabajo de la futbolista profesional se regirá por la legislación laboral y de la seguridad social común o general”. Sin embargo no hace referencia a la ley en la que se basa. Aunque no está especificada la norma es la 20.744 de contrato de trabajo. En segundo lugar, el texto dice en su primer punto que “las futbolistas profesionales o aficionadas, como condición para encontrarse habilitadas para participar en cada partido, deberán firmar antes del mismo, indefectiblemente una declaración de no embarazo”.
Sin embargo, después de analizar el convenio punto por punto surgieron algunas preguntas: ¿Por qué una jugadora debe firmar una declaración de que esté embarazada antes de cada partido? ¿Qué pasa si no lo sabe con anterioridad? ¿Cuáles son los derechos para las madres no gestantes? ¿Cuáles son los tipos de familia en los que se sigue basando y sigue promoviendo AFA?
Melisa García es integrante de AboFem, la Asociación de Abogadas Feministas de Argentina, y una de las que acompaña a la actual jugadora de San Lorenzo, Macarena Sánchez, desde comienzo de este año, en su proceso judicial contra el club UAI Urquiza por el reconocimiento de su condición como trabajadora. “El análisis general de este convenio firmado es que pareciera tener en cuenta a las mujeres desde una protección frente al embarazo, pero que las mujeres tengan que firmar de antemano algún tipo de papel y eso las deje por fuera de jugar, pone a las mujeres en una situación de desventaja y es discriminatorio porque tienen que anticipar una situación que pueden o no prever”, dice a LATFEM.
Además, la abogada apunta a mirar la tercera cláusula sobre las indemnizaciones donde el convenio explicita que “en caso de resolución del contrato por causa imputable al club o de despido de la futbolista sin causa justificada, deberá el club abonarle la indemnización especial y las indemnizaciones por antigüedad por omisión de preaviso”. Melisa García pone el foco en que el convenio no aclara cuáles son las indemnizaciones espaciales “y no menciona nada de indemnizaciones agravadas en caso de despido por maternidad”.
Otro de los puntos donde aparecen lagunas es en el caso de las licencias. ¿Qué pasa si una jugadora es madre y no es la madre gestante? Hay un vacío en el texto sobre este punto. La integrante de AboFem dice: “El convenio, como ya lo venimos discutiendo, no incluye disidencias. Sigue dentro de la cis-heteronorma. Ante ese silencio, invisibiliza”. La abogada se preguntí si el régimen de licencia de la madre no gestante entrará en el régimen de las licencias por paternidad que son las que están reguladas, porque tampoco está aclarado. Para AFA hay jugadoras mujeres que se embarazan. Esas son las madres. Esas son las sujetas de este convenio. No las lesbianas, las trans, las intesex, las no binarias. Las madres no gestantes tampoco son madres. AFA hace foco en el embarazo y no en la maternidad.
Nueve meses después de aquel 16 de marzo en que se firmó la (semi)profesionalización del fútbol femenino, García dice que estos avances desde el punto de vista formal y normativo pero no desde lo real. “Sobre todo porque la relación contractual de las trabajadoras no está en un pie de igualdad: se ha igualado categoría A del femenino con la de C del masculino”, señala y apunta que esta diferencia entre varones y mujeres no está enmarcada en los tratados internacionales, ni en los convenios de la Organización Internacional del Trabajo.
“Lo que falta es el acceso real sostenido en el tiempo: que las jugadoras tengan igualdad de derechos en lo salarial, en las condiciones, que todos los clubes profesionalicen, que cobren a tiempo. Eso falta y mucho”, concluye.
*Analía Fernández Fuks para LATFEM