Las cifras de la opresión: en 2018 asesinaron a una mujer cada 32 horas

Las cifras de la opresión: en 2018 asesinaron a una mujer cada 32 horas
8 marzo, 2019 por Redacción La tinta

En la víspera del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, la Casa del Encuentro presentó en el Congreso de la Nación el informe anual del Observatorio de Femicidios: 273 mujeres fueron asesinadas por la violencia machista el año pasado, una cada 32 horas; 233 niños quedaron huérfanos, víctimas colaterales de esos femicidios. Los escalofriantes datos desafían desde la emergencia toda otra interpretación de la coyuntura.

Por Constanza Gutierrez Casas para La tinta

Doscientos treinta y tres son los niños y niñas que a lo largo de 2018 pasaron a integrar las estadísticas de hijos de madres muertas con motivo de femicidio. Todos ellos, además de la historia trágica que llevan consigo desde entonces y para siempre, además de la avasallante ausencia, afrontan en el presente la vulnerabilidad de la pérdida del sostén de familia.

Resultan ineludibles y prioritarias las consideraciones de índole material respecto a las implicancias de la violencia de género. Según el área que aborda la cuestión de género para Naciones Unidas -presente ayer en la exposición del Informe Femicidios en Argentina 2018 y con activa participación al respecto- las sociedades con mayor desigualdad económica son las que más padecen la patología de la violencia sexista y su expresión extrema, el femicidio. Lo pragmático y lo económico se vuelven aquí determinantes de lo simbólico y en esa de-construcción analítica puede una sociedad -léase la nuestra- pensar en la transformación honda y eficaz de los patrones que reproducen en ella lo patológico.

En esta tarea, reflexionar sobre las condiciones macroeconómicas visibilizadas en término de lo vital y cotidiano de los ciudadanos quizás resulte un ejercicio contradictorio a la tesis anterior no recomendable a optimistas. Peor aún, el lector inclinarse por ejercitar su inteligencia matemática respecto al presupuesto del Estado Nacional para 2019 respecto al abordaje de violencia de género.

El de la deconstrucción para la reconstrucción conceptual de las representaciones comunitarias es uno de los valores fundamentales de la producción de datos demográficos estadísticos respecto a la comunidad que habitamos.


El Informe de Femicidios 2018 elaborado por el Observatorio de Femicidios en Argentina, dirigido por la Asociación Civil La Casa del Encuentro y presentado hace algunas horas en el ámbito del Congreso de la Nación contiene información que no debe sino dar forma a herramientas imprescindibles para la fijación de agenda de los medios de comunicación masiva -respecto al qué y al cómo informar-, para la readecuación de las estructuras educativas y los procesos culturales en función de un urgente saneamiento de lo colectivo. Finalmente, son datos útiles para la proyección de toda política pública e iniciativa de transformación comunitaria.


De la presentación del Informe, cuerpo estadístico único en nuestro país -no existe instrumento similar de elaboración estatal-, la exposición de sus conclusiones y la defensa de las demandas públicas y colectivas a ellas asociadas respecto al abordaje de esta realidad urgente, participaron Diputados de la Nación cuya anfitriona fue Silvia Alejandra Martínez (UCR), presidenta de la Comisión de Niñez, Adolescencia y Familia de la Cámara de Diputados de la Nación; Aude Maio Coliche, embajadora de la Unión Europea en Argentina; Florencia Anne Raes, representante de ONU Mujeres en Argentina; Guadalupe Tagliaferri, ministra de Desarrollo Urbano y Hábitat de CABA; Alejandro Amor, defensor del pueblo de CABA; Florencia Yanuzzio, directora ejecutiva de la Fundación Avon; y quienes integran La Casa del Encuentro, representadas por Ada Rico -su presidenta- y Valeria Colombo -del área de desarrollo institucional-.

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

Los representantes del gobierno porteño son quienes sostienen, junto a La Casa del Encuentro, la producción de información estadística en el ámbito del Observatorio de Femicidios en Argentina, Observatorio Adriana Marisel Zambrano, así denominado para la visibilización y contra el olvido y la impunidad en el caso de la mujer argentina asesinada en Jujuy diez años atrás por su marido frente a su bebé de nueve meses de vida. El tribunal que juzgó al femicida consideró que no había tenido intención de cometer el crimen, atenunando su castigo.

Sin embargo, el Informe de Femicidios es sólo una de las múltiples herramientas de sistematización con las que trabaja La Casa del Encuentro. Su función social es, según quienes la integran definen, la ejecución del feminismo popular en las trincheras, donde más urgente y costosa es la deconstrucción de la cultura patriarcal. Emprende acciones sociales de educación, formación crítica, aprendizaje e intercambio comunitario y consciente hacia la reversión de la violencia sexista y la igualdad de género. ¿Por qué comunitario y consciente? Porque revierten el ejercicio de las formas más sutiles e impregnadas del poder, las que rigen los vínculos más privados, los personales, los íntimos, y porque como la tarea es ardua, no hay confilcto en el que no intervengan.

Mientras tanto, un rato después y a unos metros, Diputados recibirían a la Red de Mujeres Policías, movilizadas en torno a la elaboración participativa de un marco normativo para el ejercicio laboral de las mujeres en las fuerzas de seguridad. Su antecedente, el reclamo colectivo al Ministerio de Seguridad para negarse a reprimir movilizaciones de mujeres. Su urgente preocupación, la de revertir las situaciones de violencia sexista, laboral y psicológica que padecen en el desarrollo habitual de sus actividades. ¿Qué es lo que trasciende una y otra instancias para ordenarlas en un mismo sentido? Mujeres dando peleas, todas ellas contra el patriarcado, construyendo un «todo» que definitivamente es «más que la suma de sus partes».

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

Femicidio

La creación de esta figura jurídica, seis años atrás, dispone la intensificación del castigo a quien cometiera el homicidio de una mujer -actualmente en los términos del marco jurídico de la identidad de género-, mediado por violencia de género.

Esta reforma del Código Penal condensa la consecuencia punitiva a una transformación más profunda en el plano conceptual. Si la norma jurídica es el precepto de conducta por excelencia del Estado como lo conocemos, resulta trascendente la incorporación de la problemática de género a la hora de regular la conducta de sus ciudadanos. Lo es performativamente desde una perspectiva discursiva y epistemológica. No todo ejercicio violento contra la integridad es equiparable entre sí, no si hacemos mediar la cultura que nos atraviesa y de la que inescindiblemente estamos hechos.

Los números

➡ 273 fueron los femicidios en Argentina durante 2018.
➡ 1 mujer, niña o adolescente es asesinada con motivo de violencia de género en Argentina cada 32 horas.
➡ 339 hijas e hijos quedaron en 2018 sin madre a causa de femicidio, 233 de los cuales son menores de edad. Suman 3378 desde hace diez años.
➡ 125 de las mujeres, niñas y adolescentes asesinadas eran menores de 30 años.
➡ 155 de los femicidios ocurrieron en el domicilio particular o compartido de la víctima.
➡ 70 de las mujeres asesinadas fueron agredidas con armas de fuego.
➡ 39 de las víctimas habían realizado denuncias previas e incluso la justicia había intervenido a través de la disposición de exclusión del victimario del hogar.

El informe

De los 273 femicidios cometidos en 2018 en nuestro país, 113 de ellos fueron ejecutados por sujetos con vínculos de pareja vigentes con la víctima. Esto equivale al 41% del total, y objetivamente representa la mayoría de los casos.

Respecto a la edad de femicidas y víctimas, los autores de estos crímenes tienen en su mayoría entre 31 y 50 años. Además, el 30% de los autores del total de casos no supera los treinta.


Recién iniciada la inserción de estos hombres en el mundo adulto, en pleno y complejo paso del nido familiar al mundo laboral, académico y al pleno ejercicio de los derechos políticos y civiles, sus vínculos afectivos más próximos están regidos por la presunción de propiedad del otro -la otra- amado. La violencia, el sadismo y el sometimiento son métodos de puesta en práctica de esa concepción primera y última, que en estos casos decanta en la destrucción del objeto de posesión.


Al considerar que la mayoría de las víctimas de femicidas tenía menos de treinta años al momento de ser asesinadas, se vuelve imperante considerar colectivamente revolver y sacudir los sistemas de formación simbólica, educativa y cultural de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en busca de las transformaciones urgentes para el saneamiento de sus incipientes asociaciones con pares.

La mayoría de los asesinatos a manos de la violencia machista ocurrió tras las paredes de la casa que las víctimas habitaban (57% de los casos). Pocas hipótesis tan psíquicamente dañinas como la de imaginar que el lugar más peligroso en el que estar es aquel que creías hogar.

Por otra parte, la modalidad más frecuente de este tipo de delito es a través del uso de armas de fuego: se trata del 25% de los casos. En este sentido, los actores implicados en esta acción social e institucional manifiestan la necesidad urgente de medidas para revertir la portación de armas por parte del personal de las fuerzas de seguridad ligados a procesos judiciales y prejudiciales por violencia de género. Los datos estadísticos obtenidos respaldan este reclamo: el 6% de los femicidios sucedidos en Argentina en 2018 fueron ejecutados por miembros de las fuerzas de «seguridad».

El 12% de las investigaciones de delitos de femicidio refiere indicios de abuso sexual en las víctimas. Es por ello indispensable la plena vigencia de Ley 26.510 de Educación Sexual Integral (ESI) para todos los niveles educativos, específicamente referida a la violencia sexista: una formación comprensiva y útil en esta temática deberá ser pensada desde y para la sociedad en la que se desarrolla y cuyo objetivo y motivación últimos sean la transformación ulterior de los modos de vincularnos intersubjetiva, sexual, afectivamente y de las representaciones del otro, y sobre todo, de las otras, que cotidiana e históricamente producen y reproducen las instituciones sociales y a las cuales los sujetos históricamente sitiados somos arrojados.

En igual sentido resulta prioritaria la efectiva implementación del Protocolo para la Atención Integral de Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE), que no solo garantiza el derecho a detener en condiciones de seguridad sanitaria el proceso de gestación a una víctima de violación sino también la asistencia y tratamiento que implica desde el Estado, la asunción de plena responsabilidad sobre la salud física, psíquica y emocional de sus ciudadanos y la garantía de los derechos humanos y de los niños, niñas y adolescentes, a los que nuestro país suscribe con jerarquía constitucional (Declaración Universal de Derechos Humanos, Asamblea General de las Naciones Unidas, 1948; Convención Americana Sobre Derechos Humanos suscrita en San José de Costa Rica, 1969; Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, Asamblea General de las Naciones Unidas, 1979; Convención sobre los Derechos del Niño, Asamblea General de las Naciones Unidas, 1989).

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

Para todas todo: herramientas institucionales recientes que la lucha feminista supo conseguir

Derogación de la figura del avenimiento del Código Penal, por la cual una víctima de delitos contra la integridad sexual podía convenir retirar la acusación contra su victimario con el objetivo de “armonizar el conflicto”.

Incorporación al Código Penal de la figura de femicidio para los homicidios en los cuales mediare violencia de género. Ley 26.791.

Ley 27.442, «Ley Brisa», otorga reparación económica para hijos de víctimas de femicidio, consistente en un haber jubilatorio mínimo mensual hasta los 21 años.

Ley 27.363 de privación de la responsabilidad parental a los condenados por femicidio, lesiones contra el otro progenitor o contra el hijo del que se trata, así como por delitos contra la integridad sexual de éste. La ley también fija la suspensión del ejercicio de responsabilidad parental mientras dure el procesamiento por cualquiera de estos delitos, y hasta que exista condena.

➡ Ley 27.412 de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política. Establece que las listas de candidatos al Congreso de la Nación y al Parlamento del Mercosur deben ubicar intercaladamente a mujeres y varones desde el primer candidato o candidata titular y hasta el último o última candidato o candidata suple

➡ Ley 27.499, “Ley Micaela”, crea el Programa Nacional Permanente de Capacitación Institucional en Género y Violencia contra las Mujeres. Su objetivo es capacitar obligatoriamente en perspectiva de género a todos los funcionarios públicos y agentes del Estado.

Demandas para el 2019: qué más quieres, quieres más

Adjunto al Informe de Femicidios en Argentina 2018, el Observatorio de Femicidios y la Asociación La Casa del Encuentro junto a ONU Mujeres, representantes para Argentina de la Unión Europea, la conducción de la Fundación Avon, representantes del Poder Legislativo Nacional y del gobierno de la Capital Federal, elaboraron un consenso de demandas institucionales respecto a las cuales proyectan coordinar acciones en 2019, pese a que, como enfatizó la diputada Martínez al respecto, “es innegable la disparidad de acciones entre la Ciudad de Buenos Aires y las provincias del interior del país”. Entre ellas, las siguientes:

– Inclusión de perspectiva de género en los concursos a cargos para el Poder Judicial, Ministerio Público Fiscal y Ministerio de Defensa.
– Ley Nacional para que las personas denunciadas por violencia no accedan ni ejerzan cargos públicos en el Estado.
– Creación De Fueros especializados en Violencia de Género en el ámbito de la justicia. Creación de juzgados específicos y de sistema de atención permanente y eficaz a las víctimas.
– Reglamentación e implementación del Cuerpo de abogados y abogadas para víctimas de violencia de género, Ley 27.210.
– Asignación de subsidio económico durante tres años a las víctimas de violencia de género e inclusión de la licencia por violencia de género en la Ley de Contrato de trabajo y Convenios Colectivos.
– Implementación de ESI en todos los niveles de educación del país con específico tratamiento respecto a la violencia sexista.
– Implementación efectiva y en todo el país del Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo.

* Por Constanza Gutierrez Casas para La tinta

Palabras claves: 8M, femicidios, La Casa del Encuentro, Violencia de género

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