La Ley se presentó varias veces. En 2014 no se trató y perdió estado parlamentario. El año pasado la volvieron a presentar. “Esta vez hubo mucho trabajo del Movimiento por la Ley afuera para que se visibilice la situación y sobre el proyecto”, cuenta a lavaca Julieta Rodríguez Grimberg bailarina y miembro de Foro de Danza en Acción, el Movimiento por la Ley y Escena Política, y agrega: “El marco y contexto es bastante triste. Hay un vaciamiento cultural general por parte del Estado. Esta el Complejo Teatral cerrado, a nivel Buenos Aires. Y si uno ve a nivel país, es todavía más triste. Hay una gran precariedad y falta de políticas culturales en el interior”.
Con este panorama Julieta asegura que la danza es una disciplina artística que no puede seguir sin ser regulada e incentivada: “Necesitamos una ley marco como tienen el teatro, el cine y los músicos, sino es muy difícil pensar un crecimiento de la actividad y una profesionalización a largo plazo. Sino dependés de que un gobierno de turno le quiera dar un poco de bola a la danza. Necesitamos trascender la decisión ejecutiva de turno y tener una ley. Ya sabemos lo que pasa sino. El CTBA depende del ejecutivo y lo están vaciando. Después como le pasa al INCAA hay que salir a defender igual como comunidad los institutos, pero nosotros primero necesita tener uno”.
Luna Bianuchi, Cerda Martinez y Jazmín Russin son estudiantes de 2do y 4to año de la Escuela de Danzas Aida Victoria Mastrazzi, escuela pública con orientación en danza y teatro. Tienen 14 y 16 años y dicen que ya saben que se quieren dedicar a la danza. Opinan sobre la ley: “Nosotros seguimos la danza cualquiera sea folklórica, hip hop, como una carrera. Vale lo mismo que la carrera de cualquier otro. Y estudiamos para eso. La Ley es importante para que podamos dedicarnos a esto el día de mañana y que se sepa bien que arte es un trabajo. ”, dice Luna y Jazmín agrega: “Es importante para que cuando vos diga soy bailarina. No te pregunten y de qué vivís. Que no exista más el prejuicio del artista es un vago que no hace nada. El artista es una persona que estudió y que sabe lo que hace y lo demuestra a través de su arte: sea pintura, música, danza, o lo que haga”
Qué implica la Ley
La creación de un Instituto Federal de Danza que tenga a su cargo el fomento, promoción, estímulo, apoyo y preservación de la actividad de la danza en general. Sus principales funciones serían las siguientes:
- El apoyo financiero a la creación y producción de la danza no oficial;
- El apoyo financiero para el sostenimiento y equipamiento de salas no oficiales existentes que dediquen parte importante de su programación a la danza; y de salas a crearse que se dediquen exclusivamente a la danza;
- El apoyo financiero destinado a la investigación teórica, técnica y artística;
- El apoyo financiero destinado a la formación y perfeccionamiento de coreógrafos, intérpretes, investigadores, docentes, gestores, productores y críticos de danza;
- El fomento de la danza, a través de la organización de circuitos estables que integren tanto salas o espacios nuevos como ya existentes, convencionales o no, tanto públicos como privados;
- La difusión de la danza, a partir de la edición de libros, folletos, publicaciones, boletines referidos especialmente a la danza y el movimiento, ya sean de producción propia o de terceros;
- La contribución a la jerarquización de los trabajadores de la danza;
- El fomento a organizaciones no gubernamentales dedicadas a la danza;
- La formación de nuevos públicos fortaleciendo la presencia de la danza en todo el sistema educativo, en las programaciones culturales, en los medios de comunicación y en el desarrollo comunitario;
- La recuperación, conservación y difusión del patrimonio de la danza a partir del incentivo a centros de documentación;
- El fomento de la actividad mediante la organización de ciclos, certámenes coreográficos, festivales o sesiones de danza en el marco de una temporada anual.
- La promoción de la danza argentina en el exterior, en eventos, ciclos, festivales;
- La creación del Observatorio de la Danza Argentina para el estudio, evaluación, cuantificación y planificación de políticas para la actividad;
- La convocatoria, al menos bianual, de un órgano o ámbito de consulta, intercambio, debate y propuestas de la comunidad de la danza toda.
- La creación del Archivo Nacional de la Danza, para la recuperación, recopilación, conservación, difusión y estudio del patrimonio de la danza argentina, entendiéndose por tal el material bibliográfico, audiovisual, fotográfico, manuscrito, de notación coreográfica y cualquier otro que pudiese ser considerado relevante.