Los niños nacen para ser felices: argumentos para no bajar la edad de punibilidad
La Cámara de Diputados inició, el jueves, el debate del proyecto para reformar el Régimen Penal Juvenil que busca bajar la edad de punibilidad a 15 años. La abogada y criminóloga Claudia Cesaroni, integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos, analiza el proyecto del gobierno y explica por qué este proyecto es peor que la ley de Videla.
Por Claudia Cesaroni para Cosecha Roja
El gobierno de Cambiemos ha vuelto a la carga con el intento de usar a los pibes para hacer campaña electoral. Del mismo modo que en enero de 2017 (año de elecciones de medio término), cuando utilizó un hecho gravísimo, como fue el homicidio del niño Brian Aguinaco, para proponer como solución la baja de edad de punibilidad, en 2019 (año de elecciones presidenciales), en medio de una espantosa crisis económica y social, que deja afuera del ejercicio de derechos básicos a millones de personas, en especial, a niñas, niños y adolescentes, que son las primeras víctimas de la pobreza, lo único que tiene para ofrecer es castigo.
Organizaciones de derechos humanos, sociales, sindicales, colectivos contra la baja, candidatos a defensorxs del niño, defensorxs del niño de las provincias que ya han designado esos cargos, expertxs en la temática de la infancia, nos oponemos a este engendro.
Estos son los principales motivos para decir NO al proyecto de Macri-Bullrich-Garavano-Gil Lavedra contra los pibes y pibas. Un proyecto peor que el Régimen Penal de la Minoridad (Ley 22278), firmado por Videla, hoy vigente.
1- SE BAJA LA EDAD DE PUNIBILIDAD A LOS 15 AÑOS: no se da ningún motivo ni se brinda ninguna cifra de delitos cometidos que justifique que toda la franja de adolescentes de 15 años pase a ser punible. En 2017, la propuesta gubernamental era bajar a 14, ahora, a 15. No se explica el porqué del cambio, lo que evidencia que en uno y otro caso NO hay motivo alguno, sino que se trata de una pura propuesta punitiva, es decir, de la idea de que aplicar más castigo, a más adolescentes, es una medida que obtiene apoyo popular y, por ende, votos.
2- SE IMPONE UNA PENA ALTÍSIMA A LOS ADOLESCENTES DE 15 AÑOS: la franja de adolescentes que al día de hoy NO es punible, es decir, los de 15 años, pasa de no tener ninguna expectativa de pena a tener una pena posible de 15 AÑOS. No debe de haber en la historia penal de la Argentina ningún caso de un sujeto que no sea punible y pase a serlo con la posibilidad de tener una pena de esa magnitud; o de un hecho que no sea penado por la ley y que, de un día para otro, tenga 15 años de cárcel. La vida entera que ha vivido un adolescente de 15 años le puede tocar como condena a ese niño. Es difícil concebir crueldad mayor.
3- NO HAY LÍMITE PARA LAS PENAS QUE SE PUEDEN APLICAR A LOS ADOLESCENTES DE 16 Y 17 AÑOS: perversamente, en los fundamentos del proyecto, se dice que no se pueden aplicar penas de prisión o reclusión perpetua a esta franja de adolescentes. Eso ya era así desde 2005 (Fallo Maldonado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) y, más aún, desde 2013 (Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Mendoza contra la Argentina): NO se pueden aplicar penas de prisión perpetua, no hay ninguna novedad. Pero el proyecto NO fija un monto tope de penas para esa franja. En el sistema actual, ese tope se construye aplicando la ley 22278 en armonía con la Convención sobre los Derechos del Niño: hay que aplicar, para los adolescentes de 16 o 17 años, la pena prevista para la tentativa del delito del que se trate, o sea, una pena atenuada. En el proyecto de Macri-Bullrich-Garavano-Gil Laavedra, NO hay tope, o sea: se podrían aplicar condenas de hasta 50 años.
4- Para los NO punibles, es decir, los que quedarían por debajo de los 15 años, el proyecto avanza hasta límites inconcebibles en un Estado de Derecho. En rigor, establece una intervención hasta los 0 años. Expresamente, lo dice la ministra Bullrich: “El sentido conceptual de este proyecto es que cada adolescente, incluso cada chico MÁS NIÑO AÚN, que cometa un delito, una infracción o algo que está contemplado en nuestras leyes como un delito, sepa que tiene una consecuencia. Hasta los 15 años y para los delitos leves, la consecuencia no va a ser penal”. Es decir: sin límite de edad y hasta los 15, habrá intervención del juez penal y consecuencias, que, en tanto son dispuestas por la justicia penal, son penales, se llamen como se llamen (acuerdos restaurativos, mediaciones, perdón a la víctima, etc.).
Cada hecho protagonizado por un niño o una niña (peleas en una escuela, pequeños hurtos, amenazas, etc.), que forman el cotidiano de millones de niños y niñas, pasarán a ser materia penal. En vez de hacer intervenir a las áreas del Estado Social -familia, escuela, municipio, comunidad, organizaciones sociales, referentes culturales, barriales, etc.-, se hace intervenir al Estado Penal, con toda su carga de estigmatización, selectividad, clasismo, etiquetamiento.
La ministra, experta en pistolas Taser y en justificar homicidios por la espalda ejecutados por fuerzas de seguridad, ha de desconocer instrumentos internacionales de derechos humanos como la Observación General 10 del Comité de Derechos del Niño de Naciones Unidas, sobre la Administración de Justicia y los niños, que expresamente desalienta la utilización del sistema judicial y, con especial énfasis, el sistema penal para abordar las conductas de niños y niñas.
También desconoce las Recomendaciones del Comité de Derechos del Niño en su última reunión luego de recibir los informes de la República Argentina (junio 2018):
44. Reiterando sus recomendaciones anteriores, y en relación con su Observación general Nº 10 (2007) sobre los derechos del niño en la justicia de menores, el Comité recomienda que el Estado parte:
a) Apruebe una ley general de justicia de menores que se ajuste a la Convención y a las normas internacionales de justicia de menores, en particular en relación con la garantía de que la detención se utilice como último recurso y durante el período más breve posible, y de que no incluya disposiciones que aumenten las penas o reduzcan la edad de responsabilidad penal…
La ministra Bullrich, el ministro Garavano, el jurista devenido en redactor de proyectos nefastos Gil Lavedra y el presidente Macri a la cabeza de esta infamia deben tener como horizonte de sus desvelos represivos países como Estados Unidos, donde las fuerzas de seguridad ingresan a las escuelas y se llevan detenidos niños que se pelean en un recreo, o que condenan de por vida a niños de 12 años. O como Israel, donde niños y niñas que luchan contra la ocupación de sus territorios son confinados en condiciones infrahumanas.
Nosotrxs seguiremos defendiendo los derechos de niñas, niñas y adolescentes a desarrollar del modo más pleno posible sus vidas, exigiendo que el Estado y los adultos cumplamos con nuestras obligaciones hacia ellas y ellos, y combatiendo con todos los medios a nuestro alcance este proyecto nefasto e infame.
Con la Convención de los Derechos del Niño, que nos dice que los niños y niñas tienen los mismos derechos que los adultos, más un plus de derechos, por su condición de niños.
Con Evita, que decía lo mismo: “Los únicos privilegiados son los niños”.
Y con Martí, que lo resumía bellamente: “Los niños nacen para ser felices”.
*Por Claudia Cesaroni para Cosecha Roja / Imagen de portada: Colectivo Manifiesto.
*Abogada y criminóloga. Integrante del Centro de Estudios en Política Criminal y Derechos Humanos. Autora de los libros “Masacre en el pabellón séptimo” y “La vida como testigo”.