No es venganza, es justicia
Comenzó el juicio a Juan Ramón Villar, el peón rural que asesinó de una puñalada en el cuello a Camila Carletti, la joven de 22 años que vivía en la localidad cordobesa de Adelia María. El femicidio se convirtió en bandera de lucha del colectivo Ni Una Menos cuando, una vez más, ante el asesinato de una mujer indefensa en manos de un hombre, se pretendió culpar a la víctima y victimizar al asesino.
Por Carina Ambrogi para La tinta
“Han sido llamados para impartir Justicia, no para ser vengadores de Camila Carletti», sentenció a tono de advertencia el fiscal de Cámara Julio Rivero ante los jurados populares, que se constituyeron para determinar si Juan Ramón Villar recibirá la condena de cadena perpetua, tal como lo prevé la figura de femicidio, o será sentenciado por homicidio simple.
Los cánticos de las integrantes del colectivo Ni una Menos, que se habían congregado frente a tribunales, resonaban dentro del recinto donde el fiscal desarrollaba su enfática alocución. “Estamos para procurar la verdad real, material e histórica de lo sucedido entre el 1 y el lunes 12 de septiembre de 2016”, afirmó.
La verdad real reconstruida por la Justicia reveló que el cuerpo de Camila fue encontrado en el fondo de un arroyo, atado de pies y manos, a los 11 días de la denuncia de su madre por la desaparición. El autor del crimen es un peón rural de 30 años que mantenía encuentros sexuales a cambio de dinero con la víctima. Villar reconoció el hecho en su indagatoria y, ante el Tribunal, se excusó: “Sé que cometí un error”.
El femicida llegó a la audiencia con una actitud calma, corte de pelo a la moda, pantalón negro chupín y una camisa a tono. Se sentó en el banquillo frente a tres jueces y once ciudadanxs comunes, quienes deberán dirimir su futuro.
Los dos primeros días del juicio, el fiscal se ocupó en defender la figura del homicidio simple, impulsada por los fiscales de instrucción Walter Guzmán y Javier Di Santo. Esta primera carátula fue modificada por la de femicidio tras el pedido de la abogada querellante, Rosa Sabena, ante la Cámara del Crimen y el Tribunal Superior de Justicia. Rivero se opuso siempre al agravamiento de la carátula y defendió la instrucción primaria. Para el fiscal de Cámara, “no hubo violencia de género”.
En la primera jornada de audiencias, el fiscal Rivero cuestionó la vida que llevaba la víctima y dedicó gran parte de su intervención a revelar que Camila tenía sexo a cambio de dinero y problemas de adicción. “¿Usted sabía que su hija estaba en un cóctel de droga y prostitución que la llevaron a la muerte?”, le preguntó a la mamá de la víctima. La frase despertó indignación en las redes sociales y fue tomada por los medios locales como síntesis de lo acontecido en esa primera instancia. Resulta contradictorio que el fiscal esgrima esa conclusión después de haber pedido que se juzgue a Villar en base a hechos reales. Camila no murió por sobredosis ni por prostituirse. Su muerte se produjo por una herida de arma blanca en el cuello ocasionada por Villar, en un descampado y un contexto de indefensión de la mujer.
Consultada sobre si alguna condición de la vida de la víctima puede ser un paliativo en un caso de femicidio, la Fiscal de la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) del Ministerio Público de la Nación, Mariela Labozzetta, señaló que la reforma del Código Penal en el artículo 80 habla de la imposibilidad de atenuar por esas causas estos homicidios.
Para la especialista, el espíritu de la ley apunta a desestimar los antiguos argumentos de “crimen pasional y de co- responsabilidad por parte de la víctima debido a su manera de vestir, su conducta sexual u otras condiciones de su vida”. El único atenuante surge cuando hay un ataque previo y el agresor responde en su legítima defensa. Ninguno de estos hechos forman parte de la causa por el asesinato de Camila.
La figura de femicidio fue incorporada en el Código Penal en el año 2012, a raíz de la necesidad de encontrar una figura legal que ponga freno a los casos de muertes de mujeres en manos de hombres. En la actualidad, una mujer muere cada 35 horas en el país por violencia de género. La legislación establece prisión perpetua “al hombre que matare a una mujer o a una persona que se autoperciba con identidad de género femenino y mediare violencia de género”, al momento de la aplicación, resulta difícil de acordar qué se entiende por “violencia de género”.
Rosa Sabena se recibió de abogada después de buscar sin respuestas, durante 10 años, que la Justicia y la Policía de Río Cuarto investigaran a fondo la desaparición de su hijo Nicolás. La querellante consideró que, en el femicidio de Camila, hubo violencia de género. Argumentó que Villar se ocupó de llevar a la víctima a un estado de indefensión en un lugar apartado, en donde no pudiera pedir auxilio. Añadió que, aprovechándose de su condición física de superioridad respecto de ella, la asesinó.
Para Sabena, “es preocupante la defensa que hace del acusado el Fiscal” y señaló frente a los micrófonos de los medios locales que “si tuviera un poco de dignidad, debería apartarse del caso”.
La relación entre Sabena y Rivero es tensa desde hace ya varios años, en los que Rosa tuvo que enfrentar a los hombres fuertes de la Justicia local para intentar hallar a su hijo, hecho que difícilmente le dejen pasar por alto.
Entre enero y junio de 2018, la provincia de Córdoba tuvo 12 víctimas de femicidio -igual cantidad que en todo 2015- y el 83% de los crímenes sucedieron en el interior provincial. Para la fiscal de la Unidad Especializada en Violencia contra las Mujeres, Mariela Labozzetta, hay cuestiones que siguen operando en el sistema de Justicia que “tienen que ver con estereotipos de género, con desconocimientos en los avances que ha habido respecto de los compromisos internacionales en materia de cómo se deben investigar estos crímenes, con debida diligencia reforzada y con perspectiva de género”. Si el Estado da lugar a una justificación forzada de la muerte de las mujeres, con argumentos vinculados a que la víctima buscó su propia muerte por sus condiciones de vida, termina impulsando un mensaje de naturalización de esos crímenes.
En los tribunales de Río Cuarto, les jueces serán quienes determinen si el pedido de Femicidio por el asesinato de Camila es un pedido de revancha o una sentencia reparadora de Justicia.
* Por Carina Ambrogi para La tinta