Nación reglamenta la Ley de Emergencia Social
Luego de tres meses de reclamos de organizaciones sociales, se publicó en el Boletín Oficial la norma que habilita partidas presupuestarias para los trabajadores de la economía popular.
El Gobierno nacional oficializó este viernes a través del Decreto 159/2017 la reglamentación de la Ley de Emergencia Social Nº 27.345, proyecto acordado entre movimientos sociales, el Ejecutivo y los presidentes de bloques parlamentarios.
La normativa extiende la emergencia social hasta 2019, asegura un fondo de 30 mil millones de pesos para los trabajadores de la economía social y crea el Consejo de la Economía Popular y el Salario Social Complementario (CEPSSC) y el Registro de Trabajadores de la Economía Popular.
La reglamentación de la ley votada por unanimidad a fines del año pasado durante sesiones extraordinarias del Congreso había sido reclamada en varias oportunidades por distintas organizaciones sociales nucleadas en la Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP), Barrios de Pie y la Corriente Clasista y Combativa (CCC).
Reglamentación
El Decreto 159/2017, publicado en el Boletín Oficial, detalla las funciones y los objetivos del Consejo de la Economía Popular y los parámetros para la asignación del Salario Social Complementario, que funcionarán dentro de la órbita del Ministerio de Desarrollo Social que conduce Carolina Stanley.
La norma define a la Economía Popular como «toda actividad creadora y productiva asociada a mejorar los medios de vida de actores de alta vulnerabilidad social, con el objeto de generar y/o comercializar bienes y servicios que sustenten su propio desarrollo o el familiar».
«La Economía Popular se desarrolla mediante proyectos económicos de unidades productivas o comerciales de baja escala, capitalización y productividad, cuyo principal activo es la fuerza de trabajo», añade.
Entre otras cosas, el Consejo deberá «diseñar y proponer los criterios y mecanismos de inscripción, admisión, clasificación y permanencia en el Registro Nacional de la Economía Popular».
También tendrá entre sus funciones «promover criterios unificados de elegibilidad y priorización para acceder al Salario Social Complementario» así como «proponer mecanismos ágiles para la formalización, regularización y promoción de las unidades económicas de la economía popular» y «formular propuestas y recomendaciones de carácter no vinculante al Poder Ejecutivo Nacional».
La reglamentación establece que el Consejo estará integrado por un representante (y un eventual reemplazante) de los ministerios de Desarrollo Social, Trabajo y Hacienda, quienes «mediante acuerdo» podrán convocar a representantes de todas las organizaciones sociales para que participen de forma permanente de las reuniones, al igual que integrantes de «organizaciones civiles o instituciones públicas o privadas cuyos aportes resulten de interés social en razón de la materia».
«El Consejo de la Economía Popular y el Salario Social Complementario elaborará una propuesta que establezca los criterios y mecanismos operativos de funcionamiento, inscripción, admisión, clasificación y permanencia en el Registro Nacional de la Economía Popular, priorizando aquellas personas afectadas en sus derechos humanos fundamentales y en situación de alta vulnerabilidad social, considerando especialmente a las mujeres», añade el decreto.
Contexto
La medida se oficializa un día después del informe del Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina (UCA), que concluyó que en los primeros nueve meses de 2016, más de un millón y medio de personas cayeron en la pobreza y 600 mil de ellos en la indigencia.
* Fotografía Colectivo Manifiesto.