Ordenan remover cancha de hockey instalada por Mestre en la Reserva Natural San Martín

Ordenan remover cancha de hockey instalada por Mestre en la Reserva Natural San Martín
17 diciembre, 2020 por Ezequiel Luque

La Justicia de Córdoba falló finalmente a favor de la Asociación Civil Amigos de la Reserva Natural San Martín y emplazó a la Municipalidad de Córdoba para que, en 90 días hábiles, presente un plan de restitución, recuperación y conservación del predio ubicado en la única reserva urbana de Córdoba Capital.

A mediados del año 2018, el intendente de Córdoba, Ramón Mestre, inauguró el estadio municipal de hockey Dr. Ramón Bautista Mestre dentro de la zona de uso intensivo de la Reserva Urbana San Martín. En medio de la única reserva natural de la ciudad, el jefe comunal presentaba con bombos y platillos una cancha profesional con alfombra de agua, sistema de riego, tribuna con capacidad para mil espectadores y estacionamiento.

La obra recibió, desde un comienzo, el rechazo de la “Asociación Civil Amigos de la Reserva Natural Urbana San Martín“, grupo de vecines que vela por el sostenimiento de dicho espacio verde y que, en numerosas oportunidades, tuvo que interceder ante el Municipio para evitar la destrucción del monte nativo.

La asociación civil remarcaba que la reserva natural está protegida por la Ordenanza 11.702, por ende, allí no deberían llevarse a cabo este tipo de proyectos que afectan las especies y poblaciones de la biota autóctona. Ante tal irregularidad, presentaron un recurso de amparo contra el Municipio para que se ajuste a las reglas vigentes.


Finalmente, la Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación, por mayoría, hizo lugar al amparo ambiental y ordenó la recuperación del predio al estado anterior al momento en que fue instalada la cancha de hockey. Además dispuso el cese inmediato de toda actividad en esa cancha y la remoción de las alfombras sintéticas como así también la recuperación del suelo de césped natural que había anteriormente en ese emplazamiento para el uso recreativo del Camping Municipal.


Además de exhortar a la Municipalidad de Córdoba a cumplir en forma íntegra con el objeto, los fines y las prohibiciones establecidas en la Ordenanza n.° 11.702, la sentencia emplaza a la comuna local para que, en 90 días hábiles administrativos, presente al tribunal un plan de gestión ambiental que detalle las tareas de restitución, recuperación y conservación del predio.

La camarista Inés Ortiz de Gallardo sostuvo que es claro que la cancha «viola los presupuestos mínimos ambientales garantizados por la normativa nacional y provincial» y que «se exhibe de manera manifiesta y patente como un acto que ha producido una alteración innecesaria del paisaje y ambiente natural».

Y agregó: “La Municipalidad de Córdoba no ha acreditado (…) que las autorizaciones ambientales hayan sido otorgadas con base en un fundado estudio de impacto ambiental, justificado con criterios técnico-científicos y precedidas de las respectivas audiencias públicas”.

En tanto, el camarista Leonardo Massimino, que también integró la mayoría, subrayó que no se entiende cómo el Municipio no realizó audiencias públicas ni mecanismos de participación ciudadana para discutir el proyecto, siendo instancias obligatorias regidas por la Ley de Ambiente.

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(Imagen: Prensa Municipalidad de Córdoba)

* Por Redacción La tinta

Palabras claves: desmonte, Ramón Mestre, Reserva San Martín

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