Uno de los candados cayó
La Corte ahora debe decidir sobre la única causa que mantiene presa a Milagro.
Por Alejandra Dandan para El Cohete a la Luna
Milagro lloró cuando recibió la noticia. El viernes obtuvo el cese de prisión preventiva en una de las dos causas por las que está detenida: la megacausa por un supuesto desvío de fondos del Estado para la construcción de viviendas. El juez jujeño en lo penal económico Rodolfo Miguel Fernández dispuso la libertad, porque superó el plazo máximo de dos años sin sentencia. La medida no le permitirá dejar la prisión porque aún mantiene una condena a 13 años en la causa llamada Pibes Villeros. Pero el fallo es importante. Planteó, por primera vez, un giro en el estándar de la prisión preventiva en la provincia, subrayó el carácter excepcional y advirtió que la prolongación de los tiempos de prisión sin condena es una violación del derecho constitucional previsto en el artículo 7.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos. Además, lo hizo de oficio y apenas recibió el expediente.
El beneficio alcanzó también a dos de sus compañeras, Gladys Díaz y Mirta Aizama. Ellas también tenían una condena por la causa Pibes Villeros, pero a 6 años de prisión. Con dos tercios de la pena cumplida, podrán salir en libertad.
La situación de detención de Milagro tiene ahora una última llave en manos de la Corte. Allí está la revisión de la causa de Pibes Villeros. El expediente entró en marzo. Y tras el paso por la Secretaría Penal, empezó a circular el 2 de octubre. El día 7 llegó a la vocalía de Ricardo Lorenzetti, pero el viernes 16, cuando Jujuy abría una de las dos llaves del candado, el expediente misteriosamente retrocedió y volvió a la Secretaría Penal.
La libertad
La llamada megacausa por el desvío de fondos del Estado tiene más de 23 imputados, entre ellos, al ex gobernador de la provincia de Jujuy, Eduardo Fellner, e intendentes. Las únicas personas detenidas durante todo el proceso son las tres mujeres y únicas integrantes de la Túpac. Quedaron detenidas en abril de 2018 por el juez de control Isidoro Cruz, quien este año pidió prolongación de la preventiva al Superior Tribunal de Justicia. Los fiscales querían más tiempo para lo que definieron como investigación compleja, con exceso de actores y nulidades. La Sala Penal del STJ extendió la prórroga, pero sólo por tres meses en agosto de 2020, y el tiempo acaba de terminar.
En el medio, la causa pasó del fuero penal ordinario al penal económico con competencia en delitos contra la administración pública. La defensa de Fellner había pedido la inhibitoria del primer juez por el tipo de delitos en juego. El trámite se definió esta última semana. El juez Fernández se declaró competente, pidió el expediente, lo recibió y lo primero que hizo fue hacer lo que indica la ley: evaluar las detenciones.
“A la fecha del presente, las nombradas llevan sobrados más de 2 años privadas de su libertad”, dijo. Sostuvo que era necesario revisar la medida en atención a que la prisión preventiva está limitada por los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad, indispensables en una sociedad democrática. Consideró que la prisión preventiva constituye “la medida más severa que se puede imponer a un imputado“. Y entendió que la judicatura debe adoptar todas las medidas para garantizar la efectiva vigencia de los derechos y garantías que incumben a las partes y la razonable expectativa para culminar con el estado de incertidumbre que afecta a quienes se encuentran sometidos a proceso y con medidas restrictivas de su libertad.
Recordó que la prórroga del STJ esta vencida, que el Ministerio Público no la apeló y, entendió, que tampoco podría hacerlo. “En un somero examen de las actuaciones, resulta que está vencido el plazo máximo de prisión preventiva previsto por el artículo 321 inciso 4° del código procesal penal sin que haya dictado sentencia condenatoria configurándose prima facie una violación del derecho constitucional de las imputadas a ‘ser juzgado en un plazo razonable o ser puesto en libertad’ previsto en el artículo 7.1 de la convención americana de Derechos Humanos”.
La otra condena
Milagro fue condenada en enero de 2019 a la pena de 13 años de prisión en la denominada causa Pibes Villeros, imputada por defraudación al Estado. La defensa apeló el fallo primero en la provincia y luego ante la Corte Suprema de Nación.
—Objeta la denegación para poder presentar pruebas y que Milagro haya carecido del derecho a ejercer la defensa en juicio porque debió ausentarse de la sala por un traslado repentino a la prisión de Salta y luego porque el Tribunal decidió desplazarla a una sala contigua al escenario de juicio.
—Objeta la falta de publicidad del juicio porque el Tribunal obligó a testigos y periodistas a firmar un acta de confidencialidad para no divulgar el juicio.
—Y cuestionaron la definición de los hechos porque no tenían referencia de años, meses o días ni se indicó modalidad ni lugar. Y se la condenó por extorsión sin que la acusación fiscal identifique a las víctimas ni señale el año o mes en que habría ocurrido.
La Corte ahora tiene la llave para sacarla o dejarla en prisión. La defensa sabe que es un escenario donde ella puede volverse prenda de tensiones políticas. El expediente entró a la Secretaría Penal encargada de hacer una síntesis de la causa y establecer variaciones para los votos. Hasta hace dos años, las propuestas eran importantes porque anticipaban o podían anticipar el voto de los cortesanos. Desde la incorporación de los nuevos jueces, la dinámica cambió y cada juez escribe su voto. En este caso, el 7 de octubre, todo ese camino parecía avanzado: el expediente cambió de posición y pasó a la Vocalía 1 de Lorenzetti. El viernes 16, todavía estaba ahí. Pero durante el día, volvió a la Secretaría Penal. En el medio, se conoció el fallo de Jujuy y El Cohete preguntó por la causa. Eso pudo haber disparado alertas. Y los movimientos posteriores.
¿Por qué volvió a una sala anterior? En la vocalía explican que le faltaba el trámite administrativo, es decir, los memos y las propuestas de votos. Quienes conocen las lógicas de la Corte, dicen que eso nunca ocurre. Lo más probable es que Lorenzetti haya movido las piezas para escaparle a las brasas.
*Por Alejandra Dandan para El Cohete a la Luna / Imagen de portada: El Cohete a la Luna.