Las muertes que nadie ve: el valor de la vida en contexto de encierro
Por Verónica Michelle Cabido para La tinta
“…la única verdad es la realidad,
y la única realidad en la cuestión criminal
son los muertos”.
Eugenio Raúl Zaffaroni
A Raúl Víctor Mamondes lo llamaron por teléfono el 3 de septiembre de 2019 desde la Cárcel de Cruz del Eje para avisarle que su hijo Luciano había sido atacado, que estaba lastimado y que sería trasladado a la Ciudad de Córdoba. Al día siguiente, pudo verlo en el Hospital Córdoba y pactaron una nueva visita para el lunes, a la que asistiría el hijo de Luciano, de 2 años de edad. Raúl regresó a su casa en Alta Gracia dispuesto a volver el lunes siguiente. Estaba preocupado porque los médicos le dijeron que el brazo de su Luciano corría riesgo de amputación. El sábado 7, recibió un llamado de su hijo, avisándole que estaba en la Cárcel de Bouwer y que los esperaba el lunes. Esa misma noche volvió a recibir un llamado desde la cárcel, esta vez no era Luciano, sino una trabajadora de allí, quien le comunicó que su hijo había fallecido.
Una muerte en contexto de encierro es la manifestación más extrema del funcionamiento de un sistema que tiene por propósito ejercer violencia. La opacidad de una cárcel como institución total genera un ambiente propicio para el ejercicio abusivo de potestades legales y constituye un espacio que asegura la impunidad de cualquier delito que se cometa en su interior. Tanto en los casos de muertes violentas como en los suicidios, el contexto que rodea esas muertes tiene ciertas particularidades que no pueden ser soslayadas.
Las muertes en contexto de encierro se caracterizan por ocurrir en escenarios poco claros, en circunstancias confusas y envueltas de hermetismo. Al suceder en comisarías o unidades penitenciarias, siempre son muertes acaecidas bajo la órbita estatal. Esto genera una responsabilidad por parte del Estado que nace del deber de cuidado de la vida y de la integridad de quienes se encuentran bajo su guarda y custodia. Por eso, las versiones oficiales respecto de una muerte en contexto de encierro no pueden nunca ser tomadas como verdades absolutas. Durante la dictadura cívico-militar, era habitual que los fusilamientos se denominaran “enfrentamientos con grupos extremistas” ante la prensa y en partes oficiales. Para arribar a la verdad, es imprescindible una acabada investigación que permita esclarecer qué sucedió.
Así lo entendió la familia de Luciano Mamondes Gómez, quien, en septiembre de 2019, luego de haber sufrido una golpiza en la cárcel de Cruz del Eje, fue encontrado sin vida en el baño de la enfermería de la cárcel de Bouwer. El hecho generó dudas en sus allegados que habían mantenido contacto con él y pactado la visita. Más aún a la luz de la situación de un sistema carcelario provincial que lleva registrado un alto número de muertes en lo que va del año y graves denuncias de torturas y vulneraciones a los Derechos Humanos.
La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía del Distrito 1 Turno 6, cuyas primeras hipótesis apuntaban al suicidio: el joven se encontraba arrodillado en el piso y sujetado por el cuello a una grifería de aproximadamente un metro de altura. A tan solo dos meses de iniciada la investigación penal preparatoria, el Fiscal decretó el archivo de las actuaciones por no encontrar hecho delictivo, sin otorgarles participación a los familiares en los actos instructorios ni acceso al expediente.
La familia tenía serias discrepancias respecto al curso que asumió la investigación. Entendían que esta no había sido completa, que no se había regido por una perspectiva de Derechos Humanos y que no se había desarrollado bajo el paradigma de Salud Mental que surge de la Ley 26.657. Tras constituirse como querellantes con el patrocinio del abogado Federico Gallardo, este presentó oposición al decreto de archivo, impulsando que la investigación continúe. Tanto el Juzgado de Control N° 2 como la Fiscalía de Cámara de Acusación le dieron la razón a la querella y ordenaron reabrir la investigación. Se dispuso que la misma profundice respecto de la mecánica del hecho, el estado de salud mental que presentaba Luciano y la posible responsabilidad del Servicio Penitenciario. Todo ello informando y dando participación a la querella particular.
Retomando las palabras de Zaffaroni, la única verdad es la realidad y la única realidad en la cuestión criminal son los muertos. Es imperioso pensar el sistema penal y su terrible capacidad de producir muertes y vulneraciones a la integridad de las personas, pero, fundamentalmente, es necesario identificar e impedir aquellas prácticas que pueden facilitar la impunidad o dificultar el esclarecimiento de lo que ocurre dentro de sus instituciones. La participación activa de la familia impidió que la causa sea archivada. La constitución como querellante particular en el proceso fue decisiva para que la investigación avance hacia la indagación sobre aspectos que no habían sido considerados y cuya valoración es crucial para el esclarecimiento del caso.
Nadie puede asegurar qué sucedió aquella noche del 7 de septiembre en el baño de la enfermería de Bouwer. Dilucidarlo será trabajo de la Fiscalía y del abogado querellante. De lo que sí hay certezas es que las investigaciones sobre hechos ocurridos en contexto de encierro deben realizarse con el máximo rigor procesal, respetando los derechos de las víctimas, y con un Poder Judicial que comprenda que todas las vidas tienen el mismo valor.
*Por Verónica Michelle Cabido para La tinta / Imagen de portada: A/D.