Avanza el juicio por fumigaciones en Dique Chico: una buena para vecinos y vecinas
Por El Resaltador
La Cámara Contenciosa Administrativa de segunda nominación en Córdoba emitió, el jueves pasado, una resolución en la cual dispuso recaratular la causa y dar trámite bajo la figura de “amparo ambiental”.
De esta manera, se reconocerá como primordial, dentro del juicio, cuestiones de salud ambiental y de las personas afectadas por el uso de agrotóxicos. Así, se deja de lado la forma en que fue presentada en primera instancia el amparo, como una cuestión meramente económica y privada.
A partir de ahora, la Justicia deberá aplicar los principios ambientales a la causa de prevención, precaución, de equidad intergeneracional, entre otros puntos avalados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales.
¿Qué sucedió en Dique Chico?
El conflicto ambiental en Dique Chico lleva ya más de dos años. En noviembre de 2017, la comuna de dicho lugar creó una zona de resguardo ambiental a través de la Resolución 242. Allí, quedaban prohibidas las fumigaciones aéreas con agrotóxicos a 2000 metros del ejido urbano (y 1000 metros si son terrestres).
No obstante, un grupo de productores agropecuarios presentó un amparo contra la resolución considerándola “inconstitucional”, ya que la norma “excedía su competencia material y territorial”. A esta acción, la Justicia dio lugar y dictó una medida cautelar suspendiendo la norma de resguardo ambiental, hasta tanto se resuelva el asunto de fondo.
Fue en este marco que una agrupación vecinal de Dique Chico solicitó, ante la Cámara Contenciosa Administrativa de segunda nominación, constituirse como terceros interesados, con el patrocinio de los abogados Darío Avila y González Quintana.
El principal planteo de los abogados y los Vecinos Autoconvocados fue que se priorice el derecho a la salud y a la vida por sobre los intereses económicos. En enero del año pasado, presentaron, ante los jueces, un documento con estudios que confirmaron las consecuencias de los agrotóxicos.
Un año más tarde, para mayo del corriente año, el Ministerio Público Fiscal consideró que los estudios médicos de genotoxicidad exhibidos, referidos a cuatro niños asistentes a los colegios de la zona que presentaron alteraciones en las células micronucleadas, son elementos que, a prima facie, resultan suficientes para tener por configurado un peligro de daño a la salud y justificar la procedencia de la medida provisoriamente.
Actualmente, la cautelar sigue vigente y los productores están habilitados para aplicar agroquímicos en zonas colindantes al ejido urbano y las escuelas rurales. Sin embargo, este 19 de septiembre, la Justicia dio un paso importante para los vecinos: el amparo se resolverá teniendo en cuenta los principios de salud ambiental establecidos en la Constitución Nacional.
*Por El Resaltador. Imagen de portada: Colectivo Manifiesto