Salud Mental: la avanzada de las corporaciones contra los derechos

Salud Mental: la avanzada de las corporaciones contra los derechos
12 junio, 2019 por Redacción La tinta

Desde la sanción de la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones en el 2010, los sectores ligados a las asociaciones psiquiátricas han hecho todo lo que estuvo a su alcance para trabar su aplicación. En estos días, han lanzado una nueva campaña de ataques hacia la Ley 26657, luego de conocerse una resolución de la Secretaría de Salud de la Nación que avanza en las pautas para la adecuación de los servicios y establecimientos de salud mental.

Por Martín Passini, del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos

Representan importantes intereses empresariales. Son dueños de hospitales y clínicas privadas, y, en algunos casos, de ilustres apellidos ligados a la medicina. Ostentan poder económico y capacidad de lobby con acceso llano a lugares de toma de decisiones políticas. Sostienen la absurda y arcaica idea de que el encierro, el aislamiento, el castigo, la segregación, la contención mecánica y/o farmacológica, entre otras prácticas tipificadas internacionalmente como torturas o tratos crueles, pueden llegar a ser formas “terapéuticas”. Tienen conexiones y lo más importante: saben explotar los miedos sociales, los prejuicios y los mitos arraigados en gran parte de la sociedad que ligan la locura con la peligrosidad y la irrecuperabilidad, pero que, sobre todo, vinculan el discurso médico hegemónico con un saber absoluto que legitima sus posiciones ideológicas y hasta comerciales, antes que epistemológicas.

Para ello, conectan con el discurso mediático que más habitualmente aborda la salud mental: aquél que se obsesiona durante horas de transmisión de los canales de noticias con casos policiales aislados, con títulos como “El loco de Mataderos” y similares, y que sirven para revivir mitos arraigados en el sentido común: que la locura y los consumos problemáticos, esa parte oscura de la sociedad, sólo tiene lugar fuera de ella, en instituciones de encierro específicamente construidas para segregar “pacientes psiquiátricos” según la clásica y cosificante denominación.

Estos discursos habilitan sus presiones y sus pretensiones de políticas públicas que vuelvan a foja cero las transformaciones que nuestro país se comprometió a realizar al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad en el 2008 y al firmar la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones en el 2010.


El prestigio y respeto social que cuentan les redunda beneficios, absorbiendo fondos públicos y de la seguridad social, a costa del sistema público de salud. Y, en muchos casos, sus posturas en materia de salud mental se articulan con una perspectiva antiderechos más amplia que las conectan con otros sectores punitivistas y conservadores.


En este marco, la Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones ha significado una amenaza para sus intereses. Desde su promulgación, se opusieron a lo que más les inquieta: la transformación hacia un sistema comunitario acorde con los estándares internacionales en salud mental, la certeza de que los consumos problemáticos deben ser incluidos dentro de la perspectiva de la salud mental comunitaria, la obligatoriedad de que el país no tenga más manicomios para el 2020 y la pérdida de la hegemonía ante la adecuación de los abordajes bajo criterios interdisciplinarios y de respeto a los derechos humanos de las personas usuarias.

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

El macrismo y la Salud Mental: la política del ajuste

Con la llegada de Mauricio Macri al Gobierno Nacional, renacieron las esperanzas de este sector de volver al estado anterior o, mejor dicho, a una mixtura entre el viejo modelo de encierro, segregación y las novedades de la industria farmacológica y las neurociencias. La gestión de Andrew Blake al frente de la Dirección Nacional de Salud Mental les significó buenas señales y malas noticias para la Ley. Desoyendo los compromisos asumidos por el país ante organismos como la OPS y la ONU, echó por tierra los avances que se habían conseguido hasta entonces: entre otras medidas, depreció la jerarquía de la CONISMA, comisión que articula organismos públicos para una política pública transversal en salud mental, al pasarlo de la Jefatura de Gabinete al Ministerio de Salud (también degradada luego a Secretaría); desfinanció y desconvocó el Consejo Consultivo Honorario, espacio en el que participan organizaciones de usuarios, profesionales, gremiales y sociales, que, durante dos años, funcionó de manera autoconvocada; y, en cambio, promovió la creación de un “consejo de expertos” elegidos por el mismo director del organismo, que, casualmente, provenían de ese sector.

Casi llegan a su cometido a fines del 2017 cuando el Gobierno intentó promulgar una nueva reglamentación de la Ley, pretendiendo derogar la lograda a duras penas en el 2013. Esta normativa, en realidad, iba mucho más allá de su título y modificaba ilegítimamente algunos aspectos centrales de la ley, impidiendo la transformación de un sistema centrado en hospitales monovalentes a uno comunitario, integrado al sistema general de salud e inclusivo; y devolvía el privilegio de la hegemonía a la corporación psiquiátrica, por encima de la perspectiva interdisciplinaria y, sobre todo, de la libertad en la toma de decisiones y los derechos de las personas usuarias.
El resultado fue un rotundo fracaso para el Gobierno. Una gran movilización de rechazo se produjo cuando se hizo público este hecho. Cientos de organizaciones sociales, de usuarios, de derechos humanos, académicas, profesionales de todo el país participaron de diversas formas movilizándose para repudiar ese intento. La gran movilización logró frenarlo y apuró la renuncia de Blake. Quizás tomando nota del costo político o de disputas internas dentro de la alianza de gobierno, la realidad impulsó a que Cambiemos reorientara su estrategia en materia de salud mental.

A principios de 2018, asumió el Lic. Grasso como nuevo director de Salud Mental. Con poco sustento en el marco de las políticas de ajustes y retracción del Estado, sus discursos y algunas medidas dieron muestras de un nuevo rumbo que aparenta volver al proceso que el país venía experimentando hasta diciembre de 2015; pero que, en definitiva, es parte de una gestión que viene provocando un verdadero desastre social, tanto en relación a las políticas generales como en particular con las políticas de salud, discapacidad y salud mental. Más allá de los movimientos pendulares del gobierno en la Dirección Nacional de Salud Mental y Adicciones, la verdadera política del Ejecutivo sigue siendo la del ajuste y el retiro del estado en su rol como garante de derechos.

En este marco, llegamos a abril de este año y la Resolución 715/2019 “Pautas para la Organización y Funcionamiento de Dispositivos de Salud Mental”, que presenta recomendaciones de organización y funcionamiento para los establecimientos de Salud Mental del ámbito público, privado y de la seguridad social; y que se volvió el disparador de esta nueva avanzada corporativa y mediática.

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

La resolución 715/19

La resolución reúne una serie de recomendaciones basadas en el Modelo Comunitario de Atención que “implica el trabajo y la conformación de una Red Integrada de Salud Mental con base en la comunidad”, dando cumplimiento al artículo 27 de la Ley Nacional de Salud Mental que “establece la prohibición de crear en todo el territorio nacional nuevos neuropsiquiátricos o instituciones de internación monovalentes, públicos o privados, tales como colonias, asilos, comunidades terapéuticas, clínicas psiquiátricas. En caso de los existentes, se deben adaptar a los objetivos y principios de la mencionada ley y a la sustitución paulatina y definitiva de los mismos por una red de servicios con base en la comunidad.” Y aclara que el desarrollo de esta red sustituye progresivamente a las instituciones monovalentes que existen en la actualidad y no es complementaria a ellas.


La discusión económica es central: “Las estructuras de la Red Integrada de Salud Mental deben contar con los recursos necesarios para su funcionamiento: recursos humanos, psicofármacos, equipamiento, insumos, etc. (…) que provendrán de la descentralización de los recursos existentes al día de hoy en las actuales instituciones monovalentes”.


Las pautas determinan seis tipos de establecimientos de salud mental sin internación (Consultorio de Salud Mental, Componente de Salud Mental en Centro de Salud, Centro de día comunitario y una variedad de servicio de centro de día comunitario para población infanto juvenil, Hospital de Día Comunitario, Dispositivos de Inclusión Sociolaboral y Dispositivos de Inclusión Habitacional, con distintos niveles de apoyo de Establecimientos de Salud con Internación General) y un tipo de establecimiento con internación general, es decir, el servicio de salud mental en institución de salud polivalente.

La resolución aclara que estas pautas no establecen un marco regulatorio obligatorio, sino que constituyen “recomendaciones y sugerencias para ser consideradas para la adhesión por parte de las jurisdicciones en pos de la generación de políticas públicas en Salud Mental conforme los máximos estándares éticos y científicos en la materia”.

Ésta es la resolución que reavivó los ataques corporativos a la Ley, con declaraciones y discursos de la Asociación Argentina de Psiquiatras, la Asociación de Médicos Municipales de la CABA y distintos profesionales médicos / columnistas que asiduamente visitan medios de comunicación; reivindicando a los Hospitales Monovalentes como “piezas fundamentales del Sistema de Salud Pública”, de manera contraria a los consensos internacionales actualizados materia de Salud Mental; generando desinformación a la comunidad y profundizando la estigmatización de quienes padecen algún tipo de problemática de salud mental.

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

El Estado no debe ser neutral

No se trata de un debate epistemológico o una disputa entre profesionales de diversas disciplinas. La Ley Nacional de Salud Mental y Adicciones es una ley de derechos humanos que emana de tratados internacionales como la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, entre otros, que también se asienta en los estándares profesionales más actualizados en el campo de la atención a la salud mental. Frente a la Ley 26.657, frente a los tratados de derechos humanos con rango constitucional en nuestro país, no hay lugar para la discusión disciplinar. Las corporaciones profesionales deben adecuar sus prácticas, servicios y establecimientos a la normativa vigente. Y la resolución es, en sí, una recomendación que debe ser adherida por las jurisdicciones provinciales para avanzar en su aplicación.

La obligación de progresividad y no regresividad es un principio básico de los derechos humanos. Las políticas públicas no pueden retroceder en los derechos conquistados y, en todo caso, sólo pueden avanzar en la ampliación de los mismos. Transgredir estos principios implica incumplir los compromisos que los estados asumen al firmar los tratados de derechos humanos en los sistemas interamericano e internacional.

Precisamente por los compromisos jurídicos asumidos, esta es una pugna en la cual el Estado no puede permanecer indiferente o neutral, y debe avanzar en la transformación del sistema de Salud Mental, conforme a la Convención y la LNSM, y respetando el principio de progresividad y no regresividad de las políticas públicas desde la perspectiva de derechos humanos.

* Por Martín Passini, del Observatorio de Salud Mental y Derechos Humanos

Palabras claves: Hospital Neuropsiquiátrico, Salud Mental

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