Fuentealba II: la Corte revocó el sobreseimiento de policías y funcionarios políticos

Fuentealba II: la Corte revocó el sobreseimiento de policías y funcionarios políticos
11 marzo, 2019 por Redacción La tinta

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso de queja presentado por Sandra Rodríguez, compañera de Carlos Fuentealba y única querellante en la causa, y anuló así la absolución de los 15 policías y funcionarios políticos imputados por su responsabilidad en la represión del 4 de abril de 2007. La decisión de la Corte cuestionó el fallo del Tribunal Superior de Neuquén que había sostenido la extinción de la acción penal por el cumplimiento de los plazos procesales para la condena de este delito. Desde el primer momento, la querella denunció que las demoras en la investigación judicial pretendían encubrir a los responsables políticos de esta muerte.

Por Agencia Andar

El docente Carlos Fuentealba fue fusilado por la espalda el 4 de abril de 2007 durante la represión sobre ruta 22 en Neuquén. En 2008, la justicia condenó a prisión perpetua al policía Darío Poblete por este crimen. Aunque destacó ese fallo, la familia siguió reclamando que se profundice la investigación penal para determinar la responsabilidad de otros policías y funcionarios políticos del gobierno del ex gobernador Jorge Sobich. Muchos de ellos siguieron ocupando cargos públicos e, incluso, el mismo Sobich fue nuevamente candidato electoral en las elecciones que se realizaron este domingo en la provincia.

De esa lucha nació causa conocida como Fuentealba II que tiene 15 imputados; entre ellos altos funcionarios provinciales como el entonces Subsecretario de Seguridad, Raúl Pascuarelli —máxima autoridad provincial presente en el lugar de la represión— y el ex Jefe de la Policía provincial Carlos Zalazar. Por su parte, a pesar de la insistencia de los familiares del docente, Jorge Sobich nunca tuvo que presentarse ante la justicia.


Durante todos estos años, sólo Sandra Rodríguez —única querellante en la causa— impulsó la investigación, sosteniendo que la represión en que asesinaron a Fuentealba por la espalda se trató “un operativo político, planificado y ejecutado desde las más altas esferas del gobierno provincial”. Sin embargo, la justicia provincial le dio dos veces la espalda: primero la penal del Tribunal Superior de Neuquén declaró extinguida la acción penal, por el vencimiento de los plazos procesales que determina el artículo 56 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y dictó el sobreseimiento de los 15 imputados.


Frente a esta decisión, la querella presentó ante el Tribunal Superior un recurso extraordinario federal sobre la validez constitucional del plazo de caducidad prevista en la norma provincial. Y sostuvo que “el deber de perseguir y castigar graves violaciones a los derechos humanos impide clausurar anticipadamente el proceso en que se investiga un hecho de esta naturaleza sin llevar a cabo una exhaustiva investigación”. Pero, por segunda vez, la justicia provincial le da la espalda: el Tribunal superior eludió el tratamiento del recurso federal.

fuentealba cartel mural

Ante la falta de respuesta en la justica de Neuquén, Sandra Rodríguez presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema de la Nación en febrero de 2017, solicitando que se revoque los sobreseimientos por extinción de la acción penal y que la causa vuelva a investigarse en la justicia penal.

En su momento, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), se presentó como amicus curiae ante la Corte para respaldar el reclamo de Sandra. En ese escrito, el organismo había sostenido que, en causas donde se encuentran imputados funcionarios políticos de alto rango, existen tramas de complicidad que buscan entorpecer y dilatar la investigación.

A pesar de que, según las normas internacionales, el Estado debe garantizar la búsqueda de la verdad y asegurar que se evite la prescripción de la causa penal cuando se investigan delitos que significan graves violaciones a los derechos humanos. Esto acá no ocurrió. Incluso fue la misma fiscalía quien solicitó el sobreseimiento de los imputados debiendo ser la querella quien aportara las pruebas para el desarrollo de la investigación.


El 7 de marzo, dos años después del recurso de queja presentado, los miembros de la Corte Suprema —por unanimidad— le dieron la razón a Sandra Rodríguez. La Corte declaró admisible el recurso extraordinario y por lo tanto Tribunal Superior de Neuquén deberá expedirse sobre la validez constitucional del tiempo de prescripción. Al mismo tiempo esta decisión, anula el sobreseimiento de los imputados y abre el camino para que la muerte por el asesinato de Carlos Fuentealba se siga investigando.


Doce años después, a pesar de los intentos por consagrar la impunidad y encubrir las responsabilidades políticas, 15 policías y funcionarios provinciales todavía tienen que responder ante la justicia.

* Por Agencia Andar

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