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“Resolución inconstitucional en términos jurídicos y horrorosa en materia de DDHH”

4 diciembre, 2018 by Redacción La tinta

El abogado Lucas Crisafulli remarcó que la resolución ministerial que amplía el uso de armas de fuego por parte de Fuerzas Federales es improcedente por ser inconstitucional. “Que un puñado de funcionarios nacionales legitime, celebre y hasta desee la muerte de (algunos) argentinos, no transforma a la Argentina en un país en el que sea lícito el homicidio”, subrayó.

Por Redacción La tinta

El Ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, publicó en el Boletín Oficial la Resolución 956/2018 que amplía los casos en que se permite el uso de armas de fuego por los integrantes de las fuerzas de seguridad federales: Policía Federal, Gendarmería, Policía de Seguridad Aeroportuaria y Prefectura Naval.

La flamante orden ministerial sin embargo no respeta el ordenamiento jurídico argentino y va en contra de lo estipulado en múltiples leyes nacionales y el propio Código Penal, por lo que las fuerzas federales tendrán serios problemas judiciales en caso de que ejecuten sospechosos como la norma pretende.

El abogado Lucas Crisafulli no sólo destacó la inconstitucionalidad de la resolución impulsada por Bullrich, sino que remarcó también la peligrosidad de otorgar fuerza de verdad a tal iniciativa.


“No, el gobierno no legalizó el gatillo fácil. Pero repetirlo puede construir el efecto de verdad, lo que suma peligrosidad a una resolución ya muy peligrosa (…) Dentro del uso estratégico del derecho deberíamos incorporar toda una disciplina de cómo comunicamos los cambios normativos pues, con el objetivo de generar un titular impactante (“legalización del gatillo fácil”), estamos muchas veces dándole argumentos precisamente a la posición contraria a la que sostenemos”, expresó el letrado cordobés en las redes sociales.


Crisafulli expuso que dentro de la pirámide jurídica de validez de las normas (art. 31 de la Constitución Nacional), una resolución se encuentra con mucha menor jerarquía que el Código Penal, el cual no fue modificado. Por lo cual, “se trata de una resolución ilegal en tanto no respeta el orden jerárquico de las normas jurídicas y, lo más importante, que se continuará persiguiendo y juzgando a policías que cometan gatillo fácil”.

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Por otro lado, la medida no incluye a las fuerzas policiales provinciales, por lo que cada institución provincial (como la Policía de Córdoba, por ejemplo) continuará con los protocolos sobre uso de armas que haya tenido antes que se publicara esta resolución.

“En Argentina, el gatillo fácil continúa siendo ilegal, más allá de esta resolución inconstitucional en términos jurídicos y horrorosa en materia de derechos humanos. Decir lo contrario puede fomentar el horror en muchos policías que creerán que no es ilegal matar personas. Que un puñado de funcionarios nacionales legitime, celebre y hasta desee la muerte de (algunos) argentinos, no transforma a la Argentina en un país en el que sea lícito el homicidio“, concluyó en su posteo.

 

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