Marcha por Santiago: cayeron procesamientos contra manifestantes y periodistas
Por RNMA
La Sala Segunda de la Cámara Criminal y Correccional Federal revocó todos los procesamientos por intimidación pública de los detenidos y detenidas en la marcha del 1 de septiembre pasado, cuando se cumplía un mes de la desaparición forzada de Santiago Maldonado.
También revocó los procesamientos por resistencia a la autoridad, excepto en dos casos que fueron confirmados, y ordenó al juez de primera instancia ampliar la producción de medidas de prueba antes de dictar “prematuros pronunciamientos”. Es que, luego de una “investigación” delegada a la misma Policía de la Ciudad cuestionada por la arbitrariedad de las 31 detenciones, el juez federal Marcelo Martínez Di Giorgi había procesado a 22 de los y las manifestantes por intimidación pública y resistencia a la autoridad, al tiempo que decretó 7 faltas de mérito y un sobreseimiento.
El martes de la semana pasada, Correpi, RNMA y Sipreba presentaron ante la Cámara la fundamentación del recurso de apelación y solicitó el sobreseimiento de los imputados e imputadas. Denunció además la nulidad de las actas policiales, que describían falsamente las circunstancias de las detenciones y que, junto con contradictorias y amañadas declaraciones de los policías, constituían la única “prueba” valorada por el juez, junto con una muy sesgada interpretación de algunas imágenes de fotografías y videos que no evidencian la comisión de delitos por parte de los, hasta hoy, procesados y procesadas.
Los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun hicieron un fuerte llamado de atención al juez federal Marcelo Martínez Di Giorgi al que retaron por intentar suplir las pruebas necesarias para un procesamiento “con construcciones dogmáticas carentes de respaldo indiciario”. Además, le ordenaron producir las medidas de prueba solicitadas hace rato por las defensas para controvertir las versiones policiales y sus propias conclusiones.
No llegaron los camaristas a decretar la nulidad de las actas policiales, aunque tuvieron que admitir que “…tales actas al igual que la mayoría de los testimonios brindados por los integrantes de la Policía de la Ciudad, narran lo acaecido sin describir al o los autor/es de los hechos en condiciones de lugar y tiempo concretos”. Y concluyeron: “Contrastados tales dichos con las filmaciones obtenidas y especialmente aquellas citadas como elemento cargoso en el auto bajo examen, aunados a los descargos formulados por los encausados y los efectos secuestrados, encontramos que las conclusiones del Juez carecen del suficiente sustento objetivo requerido para este tipo de pronunciamiento ”.
Párrafo aparte merece la situación de los cuatro trabajadores y trabajadoras de prensa, cuyas detenciones se produjeron cuando –y porque– estaban registrando las de otras personas igualmente ajenas a todo delito.
“Con relación a estas personas, entendemos que sus aprehensiones lo fueron ante lo que manifestaran al presenciar detenciones de otros individuos”, pues como ha quedado registrado, por ejemplo, los compañeros de la RNMA, mientras filmaban la detención de una chica que sólo tenía un celular en la mano, gritaron “dejala, sólo está filmando” a los policías, que se inmediato se volvieron contra ellos. Pese a ese claro reconocimiento, no han dispuesto los camaristas medida alguna contra esos funcionarios públicos.
* Por RNMA