La polémica Resolución 77/2016
Una investigación realizada por los periodistas Daniel Díaz Romero y Lea Ross, revela que existe una resolución aprobada por el titular de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, que es ilegal y se aplica arbitrariamente para beneficiar a futuros proyectos que puedan afectar la calidad de vida y el ambiente de los cordobeses.
El 5 de abril de este año Javier Britch titular de la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático, firmó la Resolución 77/2016. Esta resolución es ilegal porque establece una modificación a la actual Ley Provincial de Ambiente. La investigación explica cuál fue el antecedente puntual de la resolución y cuál fue su particular debut dos días después de ser aprobada.
Recordemos que en junio de 2014, el gobierno provincial sancionó la Ley 10.208 de Política Ambiental para regir los destinos de los ecosistemas provinciales buscando calmar las aguas en los conflictos socio-ambientales en la provincia. Esta nueva ley buscaba darle un espacio simbólico a la participación ciudadana que podía expresarse en relación a los proyectos, a partir de las convocatorias a Audiencias Públicas no vinculantes.
Escuchá la entrevista a Lea Ross y Daniel Díaz Romero:
Maniobra inconstitucional
Estipula que la Comisión Técnica Interdisciplinaria (CTI) es la encargada de analizar los Estudios de Impacto Ambiental que las empresas presenten a la Secretaría para instalarse. Luego la CTI realizará un dictamen para que el Secretario otorgue o no la licencia ambiental. “La novedad que trae la Resolución 77 es que ahora la CTI también deberá realizar, según el propio dictamen: un ‘Informe Preliminar que sintetice el proyecto y los impactos positivos y negativos evaluados según la información presentada por el iniciador del trámite. Este Informe Preliminar debe ser confeccionado antes del llamado Audiencia Pública’, (…) sucede que el llamado ‘Informe Preliminar’ no está tipificado en la Ley Provincial de Ambiente. Y por jerarquía constitucional, ninguna Resolución de una Secretaría puede estar por encima de la Ley. Con lo cual, viola la Constitución Nacional”.
Darío Ávila, reconocido abogado ambiental entrevistado para esta investigación dijo: “Esta Resolución va en contra de la Ley Provincial y, por lo tanto, es absolutamente inconstitucional porque el Secretario de Ambiente asume potestades que no tiene”.
Sebastián Viqueira, otro abogado afirmó “Es una Resolución que además no ha sido publicada y que altera los mecanismos de Audiencia Pública y el control ciudadano de los estudios de impacto ambiental”.
La respuesta
A raíz de este informe, en el día de ayer el secretario Javier Britch fue entrevistado por Fabiana Bringas en Bajo el mismo Sol. En un primer momento no accedió a responder preguntas de los periodistas autores de la investigación. Luego, habló con la conductora, Britch aclaró que le pareció una “interpretación retorcida de la resolución” por parte de los periodistas. Y explicó que a partir de esta Resolución se pueden incorporar elementos que puedan aparecer en la Audiencia Pública, que quedaron por fuera del dictamen y a partir de eso, generar un dictamen técnico definitivo.
Cuando la periodista le preguntó por qué la sociedad no tenía conocimiento de esta resolución, el secretario afirmó que no se publicó porque “no agrega nada nuevo al espíritu de la ley, es procedimental para el funcionamiento interno de la secretaría y no hace falta que sea pública”.
Explicó que anteriormente, si en la Audiencia Pública “tomaban conocimiento de elementos nuevos, no se podían agregar porque el dictamen ya era definitivo y ahora a partir de esta resolución, estamos valorando lo que aporta el ciudadano en la audiencia para incorporarlo en un dictamen técnico definitivo”.
Escuchá la entrevista a Javier Britch:
Leé el informe completo en Ecos Córdoba.