«Acuerdo de Escazú para comunidades»: herramientas para hacer efectivos los derechos ambientales

«Acuerdo de Escazú para comunidades»: herramientas para hacer efectivos los derechos ambientales
11 junio, 2024 por Soledad Sgarella

El recientemente publicado sitio web de la fundación cordobesa Fundeps reúne información, recursos e instrumentos para saber todo acerca del Acuerdo de Escazú y conocer las luchas de las personas y grupos que defienden el ambiente, la salud colectiva y sus territorios.

Escazú es la ciudad de Costa Rica donde se firmó, en marzo de 2018, el primer acuerdo regional ambiental de América Latina y el Caribe. Nuestro país lo aprobó dos años después, en 2020, a través de la Ley 27.566. 

El objetivo principal del “Acuerdo de Escazú” es promover la democracia ambiental, garantizando el derecho de acceso a la información, la participación ciudadana ―particularmente, de pueblos indígenas y comunidades locales― y el acceso a la justicia en asuntos ambientales. “Como parte de su esencia, el Acuerdo de Escazú pone a las personas en el centro”, explican especialistas. Es que contiene, por primera vez en la historia y en todo el mundo, disposiciones específicas sobre personas defensoras de derechos humanos en asuntos ambientales y promueve su seguridad.


¿Por qué? Porque solo en el 2022, por ejemplo, 177 personas fueron asesinadas defendiendo su tierra; 70% de estas muertes ocurrieron en Colombia, Brasil y México, y 36% de las víctimas fueron integrantes de pueblos indígenas.


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Fundeps es una fundación cordobesa que, desde hace 15 años, trabaja por los derechos humanos, acompañando y asesorando a organizaciones de base que sufren vulneración de su derecho a un ambiente sano. Como explican, “el Acuerdo de Escazú contempla la protección de los llamados ‘defensores y defensoras ambientales’: personas, grupos u organizaciones que protegen el ambiente y han conservado gran parte de nuestra biodiversidad. Estas personas, con frecuencia, se ven atravesadas por múltiples violencias por parte del Estado y/o por el sector privado. Y si bien, en Argentina, no son frecuentes las situaciones de violencia extrema (asesinatos, desapariciones), la realidad no es la misma en toda la región”.

La fundación ha participado del proceso del Acuerdo desde antes de su aprobación, de distintas maneras: publicando recurseros con información, organizando talleres en nuestra provincia y asesorando a diario a diversas comunidades locales. Recientemente, lanzaron el sitio web “Escazú para comunidades, una herramienta que reúne toda la información. “Nuestro objetivo es poner a disposición de las comunidades las herramientas que ofrece Escazú para impulsar y monitorear su efectiva implementación, y también para fortalecer las luchas de las personas y grupos que defienden el ambiente, la salud colectiva y a sus territorios”, afirman desde Fundeps.


La web brinda diversos recursos e instrumentos: desde modelos para pedir información pública ambiental, explicaciones sobre cómo debe garantizarse y hacerse efectiva la participación ciudadana hasta los tipos de acciones judiciales que se pueden presentar para reclamar.


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El derecho a la información ambiental

Además de obligar a los Estados a garantizar el derecho a vivir en un medio ambiente sano, a asegurar el derecho a la participación y el acceso a la justicia en asuntos ambientales, el Acuerdo de Escazú explicita la obligación de garantizar el derecho del público de acceder a la información ambiental que se encuentra en su poder, bajo su control o custodia.

“Esta obligación debe orientarse en función del principio de máxima publicidad, es decir, que el acceso a la información pública solo puede ser limitado cuando concurra alguna excepción que impida su publicidad. Para pedir o recibir información, no hay necesidad de mencionar algún interés especial ni justificar las razones de la solicitud. Por otro lado, la información debe ser entregada en el formato requerido si está disponible o, de lo contrario, en el formato que se encuentre. No tendrá costos, salvo los vinculados a la reproducción o envío, a excepción de quienes se encuentran en una situación de vulnerabilidad”, detalla Fundeps en uno de sus recurseros.

El cuadernillo y otra guía publicada proporcionan información práctica e importante: las personas debemos ser informadas inmediatamente ―si lo pedido está en poder de la autoridad que recibe la solicitud― y con la mayor celeridad posible, en un plazo no superior a 30 días hábiles, salvo que la normativa interna prevea un plazo menor. 

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“Apostamos a que tanto el nuevo sitio web como los demás recursos sirvan como material de consulta y de fortalecimiento de capacidades ambientales. También promovemos la difusión de las estrategias de luchas y de los aprendizajes de quienes las llevan adelante en la provincia, para que los desafíos socioambientales sean transitados con solidez, conocimiento, con base en experiencias compartidas y, sobre todo, en red”, dijeron las responsables del Área Ambiente de la fundación.

*Por Soledad Sgarella para La tinta / Imagen de portada: Fundeps.

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Palabras claves: Acuerdo de Escazú, derechos ambientales, Educación ambiental, Fundeps

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