Control popular a las fuerzas de seguridad, como una defensa concreta de los derechos humanos
La condena a los prefectos por torturas a los villeros es resultado de un novedoso dispositivo de La Poderosa. Será este el tiempo de que las libertades proclamadas por la aristocracia hace un tiempo, comiencen a ampliarse verdaderamente. Que los Derechos Humanos, sean justamente humanos y no de clase, ni de raza. Será el tiempo para que sean las libertades de nuestros pibes y pibas.
Por Victoria Siloff para La tinta
¿Qué son los Derechos Humanos?
Los derechos humanos no existen desde tiempos inmemoriales. Sino que surgieron a partir de cierto desarrollo histórico particular. Surgen originalmente como los derechos y privilegios de la aristocracia inglesa frente a la Corona, interpretados en forma abstracta y universalista por los filósofos franceses de la Ilustración y formulados bajo los preceptos del derecho natural.
Es decir, van abriéndose paso de manera progresiva. En un primer momento fueron los derechos exigidos por la élite, en contra del autoritarismo monárquico. En este sentido, se limitaban a proteger y reivindicar libertades de la aristocracia. Luego, serán el bastión de la burguesía, pero no de las personas más pobres, ni de los campesinos, ni de los trabajadores/as explotados/as, por ejemplo. Con lo cual, no son propiamente derechos de toda la humanidad, sino, de algunos/as privilegiados aún.
La propagación “masiva” de la idea de los “Derechos del Hombre” se dio por y durante la Revolución francesa; desde la primavera de 1789. La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (ya no como “derechos naturales”), adoptada por la Asamblea Nacional Constituyente (en agosto de 1789), transformó el lenguaje de todo mundo prácticamente de la noche a la mañana.
Este primer momento, tiene un freno abrupto en virtud del paradigma positivista, en el marco europeo de la “Restauración”, donde sólo es Derecho lo escrito y emanado por autoridad competente: el Estado. Es decir: no existen Derechos del Hombre, previos al Estado. Nadie puede exigir aquel derecho que no este regulado específicamente en el orden jurídico positivo. Y todo lo que sea ley positiva, será derecho. Pareciera que, cuando las exigencias por parte de las élites se vieron satisfechas, la promoción, creación y exigencia de los “derechos del hombre” fueron puestas en pausa.
Cuando se retoma la idea de los “Derechos del Hombre” es después de la Segunda Guerra Mundial (con débiles intentos en el periodo de entreguerras), se realizó conservando la misma matriz de pensamiento del derecho natural, con el nombre más apropiado de derechos humanos. Se firma la Carta de las Naciones Unidas (junio de 1945), que es jurídicamente un Tratado Internacional, fundador a su vez de la Organización de Naciones Unidas (ONU). La Declaración Universal de Derechos Humanos fue adoptada por la tercera Asamblea General de las Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948 en París.
En 1948 nace la Organización de los Estados Americanos (OEA), con la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre y con la Carta de la Organización de los Estados Americanos. En 1969 en San José de Costa Rica se aprueba la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) -que entró en vigor casi diez años después, en 1978- . Obviamente, eran necesarios órganos que se encargaran de aplicar todo este cúmulo de derechos internacionales, así surgen de la misma Convención dos órganos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH). La Comisión inició funciones en 1960, y la Corte comenzó a funcionar luego de que estuviese vigente la Convención, en 1979.
En el plano Internacional de los Derechos Humanos hay pues dos vías de protección de los mismos: un Sistema Universal (en el marco de los organismos y textos jurídicos de la ONU) y un Sistema Regional que en nuestro caso es el Interamericano (en el marco de los organismos y textos jurídicos de la OEA). Esto, vale la aclaración, responde a que quienes son parte y por ende principales obligados de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos, son los Estados. Es decir, los países que sean parte en los mismos y asuman dicho Derecho Internacional.
Todo este sistema internacional es subsidiario al de los Estados partes. Así, los Derechos Humanos declarados en ese marco internacional, serán el piso, el estándar mínimo de protección en comparación a las normas de cada Estado.
Luego de ésta breve introducción histórica, podemos decir que los Derechos Humanos son libertades que a lo largo de la historia del ser humano han sido conquistadas en virtud de diversas e históricas luchas de los sectores sociales que las reivindicaban, siempre como anteriores a los Estados, y al margen de sus órganos políticos. Es decir, son libertades que constituyen al ser humano en su dignidad y por ende no existen, sino, por esos procesos históricos que las reivindican, promueven, exigen y proclaman.
Luego, que se traduzcan en un cuerpo legal, es algo que no hace a su esencia o a su definición, sino, a una manera de existir en el marco de los Estados y los sistemas políticos que la humanidad ha sabido darse. Esto no quiere decir que tengan un fundamento “iusnaturalista” en el sentido “divino” del término, pero sí, que tienen un fundamento en el ser humano, como persona libre que vive en comunidad y que pone límites al Poder constituido en el momento histórico respectivo.
A su vez, esto quiere decir que, los textos jurídicos internacionales que los declaran, como los órganos que los protegen y los promueven, son accidentales: responden a una realidad y a ciertos procesos históricos. Pero no hay motivo para asegurar que no puedan ser de otra manera, en realidades distintas. Es decir: en el marco capitalista, éstos son los Derechos Humanos que existen y esas son sus formas de existir. Pero creo que por ejemplo, en un mundo bajo otro orden social son posibles otros tipos de Libertades Humanas, porque otro tipo de relaciones sociales existirían, y por ende, otros tipos de mecanismos de protección y defensa.
Derechos Humanos en Argentina
En nuestro ordenamiento jurídico la norma fundamental es la Constitución Nacional, en ella desde el año 1994 se establece que los Tratados Internacionales de DDHH en los que Argentina sea parte, tendrán la misma jerarquía que la Constitución, es decir: norma suprema. De allí que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y los organismos internacionales de Derechos Humanos pasan a cobrar un rol importantísimo en el mundo jurídico de nuestro país. Sobretodo, considerando que si es el mismo Estado el que comete las violaciones, acudir a los organismos internacionales suele ser indispensable para la protección de los Derechos Humanos.
A pesar de esto, nuestros funcionarios públicos poco formados están en Derechos Humanos, sobretodo quienes pertenecen a las fuerzas armadas. Pareciera que la intención del Poder, es mantenerlos lo más alienados que se pueda, listos para cometer hechos aberrantes sin culpas y “justificados” en las banalidades más extremas como: “cumplir su trabajo”.
Según la línea histórica repasada más arriba se advierte cómo, mientras en América Latina se proclamaban Derechos Humanos y sus mecanismos internacionales de protección, existían al mismo tiempo violaciones aberrantes a los mismos, bajo la dictadura cívico-militar genocida más cruel de nuestra historia. La cual, luego de una lucha insistente por parte de organismos de Derechos Humanos, ajenos al Estado, fueron juzgadas en el marco de todo ese régimen internacional, en Tribunales Federales.
Luego del Terrorismo de Estado en nuestro país, en los distintos gobiernos democráticos se siguieron cometiendo violaciones a los Derechos Humanos. La persecución política, la represión de la protesta y de la pobreza, detenciones arbitrarias, desapariciones de personas, asesinatos denominados “gatillo fácil”, torturas en cárceles y comisarias, complicidades judiciales que otorgan impunidad y por supuesto complicidades políticas por parte de los jefes/as de turno, nos fueron demostrando que éstas violaciones son parte de una política pública que en virtud de un sistema económico desigual, basado en ciertos privilegios para algunos, sólo se sostiene con este tipo de violencia destructora de las libertades proclamadas históricamente.
Actualmente en Argentina se están viviendo tiempos de crisis como nunca antes, donde existe además de una crisis económica brutal en el marco de un sistema capitalista en crisis, un consecuente bastardeo sistemático a las libertades de las personas. Esto se traduce en políticas explícitas como “Doctrina Chocobar”, persecución y acusación pública a organizaciones sociales que denuncian las violaciones a los Derechos Humanos, calificaciones gravísimas hacia los pueblos originarios como “enemigos” del pueblo argentino, asesinatos a miembros de dichas comunidades como con Rafael Nahuel, criminalización de aquellos sujetos que en este momento de la historia en Argentina y Latinoamérica reclaman y reivindican las Libertades Humanas. Todo lo cual, no escapa a una coyuntura Latinoamericana.
Control Popular para mayores Libertades Humanas
En este contexto económico, político y social, el viernes 21 de septiembre se logró una condena a miembros de la fuerza que habían torturado a dos jóvenes villeros, pertenecientes a la organización social La Poderosa. El Tribunal Oral Nº 9, condenó a los seis prefectos que hace dos años torturaron a Iván Matías Navarro y Ezequiel Villanueva Moya. Como informa Página 12, “Leandro Antúnez, Osvaldo Ertel y Orlando Benítez fueron condenados a 10 años y seis meses; Ramón Falcón y Eduardo Sandoval, a 8 años y 11 meses, y Yamil Marsilli, a 8 años y 8 meses. Los seis prefectos fueron considerados culpables por los delitos de imposición de torturas, privación ilegítima de la libertad, lesiones leves, robo agravado y calificado por uso de armas de fuego y por haber sido cometidos por miembros de las fuerzas de seguridad. Además, el tribunal dictaminó que ninguno de los ahora condenados podrá volver a ejercer un cargo público”.
Ahora bien, esta condena no surge de la nada, ni de un Tribunal apenas respetuoso del derecho, más allá de sus sentencias anteriores. Es resultado de un novedoso dispositivo que la organización sostiene hace un tiempo: “ Control Popular sobre las Fuerzas de Seguridad”. En palabras de la organización, publicadas en su página web explican: “Sin ningún padrinazgo partidario, ni financiero (…) una comisión de vecinos elegidos por otros vecinos y organizados en turnos rotativos controlará el accionar de los uniformados, con el fin de poder señalar sus irregularidades sistemáticas, en comunicación directa con el CELS, la fiscalía, la Procuraduría contra la Violencia Institucional (Procuvin) y una red de periodistas comprometidos con la causa. Ubicados en una casilla que construimos con nuestros propios lomos y ladrillos, frente a la Plaza Kevin, los “vecinos sin gorra” no tendrán como objetivo interpelar a otros habitantes del barrio, ni reemplazar a las Fuerzas de Seguridad, ni caer en la trampa de las acusaciones entre vecinos, sino exclusivamente registrar a los efectivos que intenten amedrentarnos sin identificación, armarnos causas o rompernos puertas sin órdenes de allanamiento, como así también denunciar los abusos de autoridad que resultan recurrentes sobre los pibes más desprotegidos. (…) Elegimos no quedarnos en los meros reclamos, ni en las investigaciones del episodio aislado, sino vomitar una estrategia comunitaria que nos permita mantenernos a salvo de estos fantasmas con gorra y escopeta, que hasta el día de hoy se pasean por nuestros pasillos con la impunidad que les otorga el poder y ese chaleco sin nombre, por encima de la camisa que en teoría garantiza su gracia a la vista. De este modo, no sólo intentaremos afrontar el miedo y las prácticas ilegales a las que permanentemente estamos sometidos los vecinos de las villas, por parte de la corrupción uniformada, sino también alumbrar la institucionalización de un método de participación ciudadana capaz de mejorar la seguridad en los barrios humildes, donde las muertes por violencia institucional ya ni siquiera hacen eco en los medios, ni en la política, ni en la Justicia. Y a su vez, aportaremos así nuestra mirada barrial a los expedientes judiciales que suelen ser una mera transcripción de las versiones policiales.”
Dicho organismo autónomo y popular de control, tuvo a su vez llegada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos presentando ante ésta, once denuncias fruto del dispositivo, entre ellas la que se destaca por la gravedad de los hechos, logró la sentencia condenatoria a los prefectos. Cabe decir que, luego de dicha presentación en el organismo internacional, La Poderosa fue blanco de acusaciones por parte de la actual Ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, quien convocó a una conferencia de prensa exclusivamente para “desmentir” las denuncias realizadas por la organización sobre las fuerzas represivas y las violaciones a los Derechos Humanos.
En semejante atropello estatal sobre los Derechos Humanos, y sobre los defensores/as de Derechos Humanos, queda demostrado que la organización articulada, la lucha pujante en la calle, la denuncia constante, y el empoderamiento en relación a las Libertades Humanas, son claves para la defensa de los Derechos Humanos. Que si bien al ser judiciales, son defensas que llegan luego del daño, son reivindicativas de límites al Poder y por ende sumamente necesarias.
Será este el tiempo de que estas libertades proclamadas por la aristocracia hace un tiempo, comiencen a ampliarse verdaderamente. Que los Derechos Humanos, sean justamente humanos y no de clase, ni de raza. Será el tiempo para que sean las libertades de nuestros pibes y pibas. De nuestras mujeres, de las identidades diversas, disidentes, de ese conjunto de trabajadores/as explotados/as, campesinos, pueblos originarios, pisoteados en el neoliberalismo y en el sistema capitalista. Será hora que las Libertades Humanas, llamadas Derechos Humanos, comiencen a abrirse paso y a decir que para existir en plenitud se debe destruir un sistema que se basa en la desigualdad económica, en la explotación del ser humano por el ser humano, en la opresión, en el saqueo, en privilegios y por ende, en falsas y selectivas libertades. Históricamente los organismos internacionales, han protegido a los Derechos Humanos pero en el marco del capitalismo, con más o menos intensidad pero capitalismo al fin, negando y criminalizando todo otro sistema existente. Queda claro, que en ese sistema los Derechos Humanos son casi nada y requieren para ser, de muchísimo esfuerzo por parte de los sectores más golpeados por el Poder para ser reconocidos y respetados. Entonces, será que el sistema económico político y social actual, es el palo en la rueda de las Libertades Humanas, y que como nunca antes distintos sectores tendrán que saberse articular en pos del avance y defensa de dichas libertades, asumiendo la tarea histórica de ponerle límites a los Poderes autoritarios que actúan al margen de las libertades humanas, al mismo tiempo que se va creando y dando germen a un nuevo mundo, lejos de la rapiña y más cercano a una vida comunitaria, que valore y conozca la tierra (toda su naturaleza), la construcción colectiva y las libertades humanas realmente, más allá de las Declaraciones abstractas que sigan fundadas en base a un sistema de muerte, desigualdad y falsas libertades que no son sino: privilegios.
* Por Victoria Siloff para La tinta
Bibliografía:
1) Salcedo González, Sandra y Martínez Fernández, Raymundo. (2018) Guía Conceptual. Diplomado Seguridad y Derechos Humanos Programa Latinoamericano Interuniversitario de Derechos Humanos. AUSJAL-IIDH.
2) La amenaza de Bullrich en el Día del Periodista, Página 12, 08/06/2018. Recuperado en: https://www.pagina12.com.ar/120267-la-amenaza-de-bullrich-en-el-dia-del-periodista
3) Prefectos condenados por torturar, Página 12, 21/09/2018. Recuperado en: https://www.pagina12.com.ar/143737-prefectos-condenados-por-torturar