Un estado cada vez menos laico

Un estado cada vez menos laico
30 junio, 2017 por Redacción La tinta

El 12 de junio pasado, el Poder Ejecutivo de la Nación envió al Congreso Nacional un proyecto de ley sobre Libertad Religiosa que, de aprobarse, permitiría que funcionarios públicos de cualquier institución se negaran a realizar las tareas para las que fueron contratados a partir de la simple objeción de conciencia.

Por Redacción La tinta

Si bien el artículo 14 de la Constitución Nacional consagra la profesión libre de culto, y el artículo 19 de la Carta Magna establece que nadie será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe, el gobierno nacional cree necesario avanzar en una «protección más completa de este derecho fundamental [el de la libertad religiosa], adecuando la legislación en la materia a los estándares internacionales”.

Argentina es uno de los países que suscribieron el Consenso de Montevideo de 2013, en el marco de la Primera reunión de la Conferencia Regional sobre Población y Desarrollo de América Latina y el Caribe. El documento “Reafirma que la laicidad del Estado es también fundamental para garantizar el ejercicio pleno de los derechos humanos, la profundización de la democracia y la eliminación de la discriminación contra las personas”.

En su artículo 7º, el proyecto de ley protege el “derecho a la objeción de conciencia, institucional o de ideario”, y establece que “toda persona tiene derecho a invocar un deber religioso relevante o una convicción o moral sustancial como razón para negarse a cumplir una obligación jurídica” incluyendo a los funcionarios públicos.


Además, solo establece como requisito que la creencia religiosa sea “sincera” presumiendo la “buena fe” del objetor. Es decir que no importa cómo la obligación incida o si verdaderamente impide la práctica real de un culto, sino que basta con la sola existencia de un presunto imperativo religioso o moral para que el objetor quede librado de la obligación.


Esto último significaría que lo que hoy es una excepcionalidad, pase a ser la regla. Así por ejemplo, un juez de paz podría negarse a casar a dos personas del mismo sexo, un docente podría negarse a enseñar a sus alumnos la Teoría de la Evolución o una escuela podría no impartir la enseñanza de la Ley Sexual Integral en base la moral sexual de cualquier religión. Todo esto implicaría en la práctica la vulneración de la libertad de aquellos pacientes, niños, mujeres y personas en general que dependen de las instituciones públicas para el pleno ejercicio de sus derechos.

En una carta enviada al Poder Ejecutivo Nacional, Mariela Belski, Directora Ejecutiva de Amnistía Internacional Argentina, expresó su preocupación por el proyecto y dejó en claro que «esta norma, lejos de obtener el resultado que comunica –el de dar libertad para los religiosos– es una ley para permitir a quienes profesan una religión, imponerla por sobre el resto».

 

Palabras claves: aborto, Ley de Libertad Religiosa, macrismo

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