Paralizan las obras en el Perilago de Cruz del Eje por irregularidades en la Licencia Ambiental
La Justicia hizo lugar a un recurso de amparo presentado por la Comunidad Indígena Tulián y ordenó frenar las obras tras encontrar graves falencias en el Estudio de Impacto Ambiental presentado por el Gobierno Provincial. Los jueces reconocieron que falta información para evitar el riesgo ambiental, que no hubo participación ciudadana y que la comunidad no fue consultada.
Por Capilla del Monte Noticias
La Cámara de Apelaciones Civil, Comercial, Trabajo y Familia de Cruz del Eje ordenó este lunes la suspensión inmediata de la Licencia Ambiental y la paralización total de las obras del “Plan Integral de Promoción y Desarrollo Regional del Perilago de Cruz del Eje”, impulsado por la Lotería de la Provincia de Córdoba.
La medida fue dictada en el marco de una acción de amparo ambiental colectivo presentada por la Comunidad Indígena Territorial Comechingona Sanavirón Tulián y vecinas y vecinos de la región con el acompañamiento de las abogadas Ananda Lavayen y Maria Laura Carrizo Morales, ante las graves irregularidades detectadas en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y el riesgo de daño ambiental, cultural y arqueológico que podría causar.
En la resolución del Expediente Nro. 0918-034453/2025, el Tribunal aplicó de manera expresa el principio precautorio, destacando que cuando existe peligro de daño grave, la falta de certeza científica no puede justificar la inacción del Estado, sino exactamente lo contrario. En este sentido, sostuvo que permitir el avance de las obras podría generar impactos irreversibles sobre el ambiente, la biodiversidad, el bosque nativo y el patrimonio cultural y arqueológico de la zona.
La resolución ordena suspender la licencia ambiental otorgada por el Ministerio de Ambiente y Economía Circular de la Provincia y paralizar todas las obras vinculadas directa o indirectamente al proyecto.
De esta manera, queda prohibido avanzaron con el “Plan Integral de Promoción y Desarrollo Regional del Perilago de Cruz del Eje” hasta tanto recaiga sentencia en la presente acción o se cuente con más información que implique un cambio de circunstancia en las consideraciones efectuadas para adoptar la cautelar.


Los señalamientos de la Justicia
➡️ Graves falencias en el Estudio de Impacto Ambiental (EIA), incluyendo contradicciones técnicas y falta de información clave. El fallo considera verosímiles las denuncias sobre: deficiencias técnicas del EIA; ausencia de evaluación de impactos acumulativos y sinérgicos; falta de información científica sobre el perilago y riesgo de afectación a zonas de bosque nativo protegidas y el equilibrio del espejo de agua.
➡️ Violación del derecho de acceso a la información y a la participación ciudadana. La Cámara validó uno de los núcleos del reclamo: la audiencia pública fue meramente formal, sin participación real de la comunidad afectada. Esto vicia el procedimiento ambiental y debilita la legalidad de la licencia otorgada.
➡️ Falta de consulta previa, libre e informada a la comunidad indígena. El tribunal reconoce la legitimación plena de la Comunidad Indígena Comechingona Sanavirón Tulián y señala que la Provincia conocía su presencia y militancia ambiental.
➡️ Protección del patrimonio arqueológico y cultural. El fallo destaca que el proyecto se ubica dentro de la Reserva Arqueológica Provincial Quilpo, un área protegida por ley. Cualquier avance sin estudios adecuados pone en riesgo bienes culturales irreversibles.

«No hay desarrollo posible sin participación ciudadana»
Para la Comunidad Indígena Tulián, este fallo representa un nuevo triunfo histórico. En 1806, la comunidad obtuvo judicialmente el reconocimiento de su territorio frente a la Corona Española. En 2014, consiguieron el cierre de la mina Cerro Negro en Quilpo, mina que solo permaneció 24 horas en su territorio. Hoy, esta resolución vuelve a reafirmar que la comunidad sigue ejerciendo su rol ancestral como guardiana del territorio.
Por su parte, para la Asamblea de Vecinxs Autoconvocadxs de San Marcos Sierras la sentencia es un enorme reconocimiento a meses de trabajo y movilización. Realizaron pedidos de informe y análisis minucioso del proyecto; se reunieron con autoridades, tejieron redes y se organizaron para difundir lo que sucedía y cuidar el territorio con guardias permanentes para evitar que sigan desmontando.
Sin dudas, el fallo representa un precedente clave en la defensa del ambiente y de los derechos de las comunidades, y reafirma que el desarrollo no puede avanzar vulnerando normas ambientales, culturales y constitucionales.
“La Justicia volvió a dejar en claro que no hay desarrollo posible sin participación ciudadana, sin respeto por los pueblos indígenas y sin protección del ambiente”, señalaron las y los amparistas.
*Por Capilla del Monte Noticias.
