“Justicia por Ezequiel Castro”, el reclamo de la 9º Marcha por el Derecho a la Salud Mental

“Justicia por Ezequiel Castro”, el reclamo de la 9º Marcha por el Derecho a la Salud Mental
7 noviembre, 2022 por Redacción La tinta

La marcha del próximo viernes 11 de noviembre es una acción de visibilización de los derechos de las personas usuarias de servicios de salud mental. En esta novena edición, marchamos reclamando justicia por Ezequiel Castro. En el relato de violencia estatal, que finaliza con la muerte de Ezequiel, se conjuga el poder policial represivo con el poder deshumanizador de un aparato sanitario-punitivo.

Por Colectivo por el Derecho a la Salud Mental

Ezequiel Castro tenía 21 años cuando fue detenido el 8 de junio de este año por la Policía de Córdoba. El 12 de junio, un móvil policial se presentó en el domicilio de su familia informando que el joven se encontraba internado en el Hospital Misericordia. Al presentarse la familia en ese hospital, el equipo médico les informó que había sido ingresado por la Policía de Córdoba y que provenía del Centro Psicoasistencial (CPA) que depende del Ministerio de Salud de la Provincia. Ezequiel le manifestó a su familia y al equipo interviniente que había sido golpeado y que desde hacía 2 días no se le daba agua para beber. El 14 de junio, Ezequiel falleció en dicho nosocomio.

La historia de Ezequiel Castro es la punta de un iceberg que nos muestra con crudeza la profundidad del drama social que significa el sistema de salud mental de nuestra provincia. En el relato de violencia estatal, que finaliza con la muerte de Ezequiel, se conjuga el poder policial represivo con el poder deshumanizador de un aparato sanitario-punitivo. 

Sobre el Centro Psicoasistencial (CPA) 

El CPA es un “dispositivo de salud mental” destinado a personas judicializadas, emplazado en el predio del ex Centro de Rehabilitación de Menores (CROM) en el barrio Bella Vista. Este Centro fue inaugurado en 2008 y, paradójicamente, pretendía resolver un conflicto de larga data que había sido denunciado en reiteradas oportunidades por los trabajadores del Hospital Neuropsiquiátrico de Córdoba. 

En una nota del 6 de abril de 2008 de “Comercio y Justicia” con motivo de la apertura del CPA, Juan Schiaretti (actual gobernador desde 2015, que también lo había sido por el periodo 2007-2011) subrayó la importancia de la obra, admitiendo las condiciones infrahumanas que debieron soportar durante todo este tiempo los internados judicializados. “Era una necesidad de varias décadas terminar con la convivencia de pacientes a disposición de la Justicia que son inimputables, esposados a las camas en el Neuropsiquiátrico, con el resto de los enfermos y brindarles las condiciones de seguridad y contención necesarias”, expresó el mandatario provincial en aquel entonces. 

Sin embargo, la inauguración del CPA no resolvió ningún problema, más bien, parece haberlo sacado del alcance de las personas que, en ese momento, reclamaron por mejores condiciones para las personas judicializadas que tienen alguna afección en salud mental. De hecho, el traslado de las personas que antes habían estado internadas en el Neuropsiquiátrico al ex CROM parece haber dibujado alrededor de ellas cierta zona de excepción. 

El 13 de abril de 2012, “La Voz del Interior” titulaba una nota “Pacientes encerrados 22 horas por día”, refiriéndose a quienes estaban internados en el CPA. La nota reseñaba, entre otras situaciones, que quienes ocupaban ese espacio “no salen al aire libre, duermen con colchones en el piso, hay una ducha para 30 y una celda de contención a oscuras”. El mismo artículo periodístico señalaba un informe realizado por Liliana Montero, Ricardo Fonseca y Marta Juárez, en ese momento, legisladores del Frente Cívico, que ingresaron al CPA y recibieron los reclamos de pacientes y profesionales que trabajaban en ese lugar. Fonseca declaraba en esa nota que había salido con “dolor de estómago” del CPA. 

La Voz del Interior también informaba en ese artículo de 2012 que no les permitieron el ingreso al CPA y que, desde el Ministerio de Salud, se les informaba que en ese momento se estaba elaborando un plan para «reducir la cantidad de camas en los hospitales monovalentes –como el IPAD o el CPA– e iniciar el proceso de traslado de pacientes a centros polivalentes». 

Diez años más tarde, nos encontramos denunciando la muerte de Ezequiel Castro en el CPA y el cierre intempestivo del Instituto Provincial de Alcoholismo y Drogadicciones (IPAD), que ocurrió en el mes de abril sin ningún tipo de información sobre un programa asistencial alternativo para esa población de referencia. Aún más: el informe “Mirar tras los muros. Situación de los Derechos Humanos de las personas privadas de libertad en Córdoba” de 2014, elaborado por la Comisión Provincial de la Memoria, también hace referencia al CPA. En ese documento, se argumentaba que “este particular dispositivo concentra y potencia lo negativo de la lógica penitenciaria y la lógica asilar”, y que “lejos de garantizar la atención en salud mental de esta particular población, ahonda la violación de derechos”. 

El pasado 18 de octubre, los padres de Ezequiel Castro irrumpieron en una charla que María Pía Guidetti estaba dando en la Facultad de Psicología. La charla se llamó “Reflexiones y desafíos en torno a los abordajes en el campo de la salud mental en el marco de las leyes nacional y provincial”, y, en ella, la actual secretaria de Salud Mental de la Provincia de Córdoba desde 2020 exponía los supuestos avances en la aplicación de las leyes de Salud Mental. 

Al día siguiente de que los padres de Ezequiel increparon a la funcionaria en esa charla, ella los citó y les indicó que Ezequiel fue trasladado al Hospital Misericordia porque tenía vómitos. Aún no ha ofrecido más respuestas a la familia. Ezequiel Castro se encontraba bajo tutela estatal y, por lo tanto, el deber del Estado era cuidarlo. El Estado, en su carácter de responsable de los establecimientos donde se implementan medidas que privan de la libertad a las personas, debe ser garante de los derechos de esas personas. 

El Órgano Nacional de Revisión de Salud Mental (ONR) es una entidad específica de protección de los derechos humanos de los usuarios de servicios de salud mental. La Ley Nacional de Salud Mental creó este organismo en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa. En el 2014, la Secretaría Ejecutiva del Órgano de Revisión emitió el “Documento sobre muertes en instituciones Monovalentes de Salud Mental”. El documento determina que: «Cuando un individuo alega haber sido lesionado o maltratado estando en custodia, el Estado está obligado a proveer una explicación completa y suficiente de cómo fueron causadas las lesiones». 

Ese documento advierte, además, que la condición especial del Estado como garante de derechos acarrea como correlato la presunción de responsabilidad del Estado, precisamente porque las personas privadas de libertad están bajo su completo control; y establece también que las condiciones de encierro implican, de por sí, una causa eficiente para que se identifique y se investigue toda muerte que se produzca en un contexto de encierro. Esto es así pues los derechos comprometidos cuando una persona es internada por motivos de salud mental imponen un agravamiento en las condiciones de esa persona, ya que esta se encuentra inmersa en un entramado que puede condicionar y vulnerar sus derechos fundamentales. Como podemos ver en estos párrafos, muchas fueron las posibilidades de prevenir la muerte de Ezequiel Castro porque muchas fueron las alertas sobre las condiciones lamentables de estas instituciones del Estado. En Córdoba, asistimos a un drama social que ya es insoportable. Las múltiples organizaciones que formamos parte del Colectivo por el Derecho a la Salud Mental, que organiza año a año la Marcha, exigimos el cierre del CPA y la renuncia de la secretaria de Salud Mental, María Pía Guidetti. 

¿Qué hay que abrir para poder cerrar el IPAD y el CPA? 

Con la consigna “Cumplir la ley es prioridad, hay que invertir en la comunidad”, este viernes 11 de noviembre, volvemos a encontrarnos en Colón y Cañada para la novena edición de la Marcha por el Derecho a la Salud Mental. 

Desde la primera Marcha que nació en 2014 en Córdoba y que hoy moviliza a miles de personas en todo el país, exigimos la plena aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental y de los tratados internacionales de derechos humanos vigentes. 

La Ley Nacional de Salud Mental previó la obligación de sustituir definitivamente las instituciones psiquiátricas monovalentes y crear un sistema de atención en salud mental en la comunidad que respete los derechos humanos. Esa misma ley estableció al año 2020 como fecha límite para alcanzar esa meta, pero el sistema de salud mental de Argentina sigue situado en el hospital psiquiátrico de tipo manicomial y no ha experimentado cambios sustantivos desde la sanción de la Ley, salvo algunas excepciones. 

Una situación que venimos denunciado desde el Colectivo por el Derecho a la Salud Mental es que el actual gobierno provincial usa la letra de la Ley y el argumento de la desmanicomialización para implementar políticas de ajuste y vaciamiento a los hospitales públicos. Un claro ejemplo de ello fue el cierre del IPAD con el supuesto objeto de “pensar otra estrategia, otro paradigma de atención como es para nosotros la adecuación de los hospitales generales”, como afirmó Guidetti a la prensa.

Si el cierre del IPAD se hubiera dado luego de la adecuación de los hospitales generales para la atención de urgencias en salud mental y adicciones, si en su lugar hubiera otros dispositivos alternativos (dispositivos territoriales, centros de día, casas de medio camino), desde el Colectivo, hubiésemos celebrado su cierre. Pero el modo en que ocurrió este cierre nos lleva a hacernos una pregunta fundamental: ¿qué pasó con las personas que estaban el IPAD? ¿Qué ocurre con aquellos que necesitaban ese lugar? 

Con el CPA, ocurre algo similar. Como señalamos antes, ya ocurrió que el gobierno de la provincia prometiera que este lugar iba a brindar “las condiciones de seguridad y contención necesarias”. Pero, ¿cómo brindar esas condiciones si el CPA está atravesado por una lógica de poder punitiva-represiva? Si, en estos espacios, las personas con padecimiento subjetivo son vistas como sujetos de castigo, ¿cómo se los podría atender como usuarios de los servicios de salud mental? 

La persistencia del modelo que conjuga el poder policial represivo con el poder deshumanizador de un aparato sanitario-punitivo genera una incongruencia con lo que, desde las normativas vigentes, se propone en el campo de la Salud Mental. Este 11 de noviembre, nos sobran los motivos para marchar. ¡Sumate a la 9º Marcha por el Derecho a la Salud Mental. Cumplir la ley es prioridad, hay que invertir en la comunidad! 

#JusticiaporEzequielCastro

*Por Colectivo por el Derecho a la Salud Mental / Imagen de portada:

Palabras claves: Colectivo por el Derecho a la Salud Mental, Ezequiel Castro, Policía de Córdoba, Salud Mental

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