Un placard del derecho penal que huele a naftalina

Un placard del derecho penal que huele a naftalina
4 noviembre, 2021 por Redacción La tinta

Por TecnoSocial para La tinta

Suele llamarse doctrina a lo que lxs abogadxs escriben en libros jurídicos. A estxs profesionales del derecho se les suele llamar juristas. Lo que hacen lxs juristas del derecho penal es brindar herramientas a operadorxs del sistema de justicia penal a cargo de la acusación, la defensa o el juzgamiento de casos en los que existe un hecho presuntamente delictivo. Es decir, el saber penal que elaboran lxs juristas tiene un impacto directo sobre la vida pública y privada de las personas; a diferencia de otros libros como las novelas o ensayos, los libros jurídicos se utilizan para fundamentar decisiones que impactan fuertemente sobre la vida de las personas.

Por eso, lo que aparece en los libros jurídicos debe ser analizado también, ya que estas opiniones “expertas” influyen en los pronunciamientos judiciales que deciden sobre la responsabilidad penal y la libertad de las personas, y ejercen funciones simbólicas que se proyectan sobre toda la sociedad.

A su vez, la construcción de sentido que se realiza en el marco de los sistemas judiciales determina valores y orientaciones hacia valores, que se distribuyen por diferentes espacios estructurales de las relaciones sociales como la familia, la fábrica, el mercado, el aula de la escuela o el ámbito universitario donde se forman las nuevas generaciones. Resulta muy llamativo que un reconocido jurista penal construya o reconstruya un conocimiento que no solo podría configurar un acto de discriminación, sino que, a la luz del desarrollo de la teoría social, resulta absolutamente superado.

Dice Jorge Eduardo Buompadre, profesor titular de derecho penal de la Universidad Nacional del Nordeste, en el libro Derecho Penal Parte Especial, 3ra edición actualizada, ConTexto editorial, Chaco, del año 2020:

 fragmento-texto-género-diversidad-no-binarieContinuando con los prejuicios en materia de género, escribe Buompadre:

Para rematar, termina la diatriba:

Son tantos los prejuicios y la confusión que el jurista tiene en materia de género, que se nos agolpan los argumentos para rebatirlo. ¿Acaso existe para Buompadre una forma “congruente” de asumir la identidad de género? Esto implica un desconocimiento de todo el desarrollo teórico sobre el tema, tanto a nivel académico tradicional como el construido por movimientos sociales y activistas travestis, trans y no binaries. Implica además un desconocimiento de la normativa legal aplicable en nuestro país, específicamente, de la Ley Nacional de Identidad de Género. 

¿Existen cuerpos congruentes y cuerpos incongruentes? ¿No existen personas trans varones o lesbianas? ¿Existe una vestimenta según el género? ¿La transexualidad es una condición psiquiátrica? Esto tiene más olor a naftalina que a saber jurídico, pues va a contrapelo incluso de lo que establece la Organización Mundial de la Salud. En otras palabras, es prejuicio disfrazado de ciencia.

La patologización de la orientación sexual y la identidad de género tiene toda una historia de sufrimiento y violación a los derechos humanos del colectivo de la diversidad/disidencia sexo-genérica. Pero también existe una historia de lucha por las reivindicaciones y la conquista de derechos que consideramos elementales a esta altura del siglo XXI. Lo que las distintas formas de discriminación producen son acciones concretas en contra de las personas discriminadas.

¿Qué impacto tiene el libro de Buompadre en jóvenes estudiantes de derecho? ¿Cómo impactan esas nociones patologizantes en la vida concreta de personas con una orientación sexual o identidad de género “incongruentes”? Las expresiones que citamos no se leen en una columna editorial de opinión, son contenidos que tienen pretensión de construcción teórica y aspiran a transformarse en ciencia jurídica para ser utilizados en cátedras y en tribunales de justicia penal. Pero incluso, si fueran meras opiniones, deberíamos considerar que la libertad de expresión no protege la realización de expresiones discriminatorias y ofensivas a la dignidad de las personas que constituyen violencia simbólica. A estas alturas, no pensábamos volver a la discusión sobre la “condición psiquiátrica” de las personas trans.

La buena noticia es que en las ciencias jurídicas también existen juristas que tienen perspectiva de género, que comprenden los derechos del colectivo de la diversidad-disidencia sexo-genéricas y que entendieron que no hay sexualidades, cuerpos, orientaciones, expresiones e identidades correctas e incorrectas, aceptadas y no aceptadas, controvertidas y no controvertidas.

Será cuestión de revisar nuestras bibliotecas y darnos cuenta de que mucha doctrina que aspira a ser contemporánea tiene apenas el valor histórico de las cosas que se hicieron y dijeron en nombre de la ciencia. Será cuestión, entonces, de dar lugar a otras formas de construcción de conocimientos y prácticas que disputen la endogamia con la que se construye el saber sobre la justicia y las personas.

*Por TecnoSocial para La tinta / Imagen de portada: A/D.


*TecnoSocial es un proyecto colectivo conformado por Daniel Ballistreri, Lourdes Compagnucci, Gustavo Coppini, Lucas Crisafulli, Cristina García y Constanza Gigena.

Palabras claves: Géneros y Diversidad, identidad de género, no binarie

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