“Por cualquier cosa, te dan pastillas”

“Por cualquier cosa, te dan pastillas”
15 octubre, 2020 por Redacción La tinta

El “acceso” a la salud en contexto de encierro carcelario: entre derecho y dispositivo. Como se viene adelantando en notas anteriores, este viernes, se realiza la 7ma Marcha por el Derecho a la Salud Mental, que demanda por la aplicación de la Ley Nacional de Salud Mental, que plantea la desmanicomialización y sostiene que la salud es un derecho humano en todos los contextos. La lucha por una salud mental desde una perspectiva de derechos humanos y el modelo comunitario tiene implicancias en diversos ámbitos específicos, uno de estos es el del encierro en instituciones carcelarias. En esta nota, el equipo del proyecto de extensión “Derecho a Pensar en Libertad” aborda desde la propia experiencia qué significa pensar el acceso a la salud en este contexto. 

Por Celeste Viotti Giorda y Aldana Moreschi para La tinta

El abordaje de la problemática del acceso a la salud en los espacios carcelarios requiere, en primer lugar, de un posicionamiento contemplando a la salud de manera integral, desde un análisis crítico de las concepciones en torno al campo de la salud que apunten a comprenderlo como un terreno de disputa material y simbólica; en el que se ponen en juego las formas de aproximarse al modo en que las personas nacen, viven, enferman, padecen y mueren, y respecto a las respuestas sociales frente a tales procesos, trascendiendo la determinación biologicista e higienista, contemplando a la salud como social e históricamente determinada, y generadora de procesos de subjetivación divergentes.

En este sentido, retomamos las respuestas que las mujeres privadas de sus libertades manifestaron en los talleres efectuados por nuestro proyecto “Derecho a Pensar en Libertad”, en relación a las implicancias que la salud tiene en sus respectivas experiencias. De esta manera, expresaron que entienden a la salud como “estar bien de cuerpo y mente, estar bien en todo sentido, físicamente, con la familia, etc.”. A su vez, hicieron hincapié particularmente en la salud mental, considerando que el “poder ver las pequeñas cosas de la vida”, como el recurso que poseen para fortalecerse, ya que, en la cárcel, “ven cosas feas todo el tiempo”. Así mismo, reconocen distintas estrategias de cuidado, como mover el cuerpo al aire libre, el deporte, el hecho de aislarse, ya que, a veces, encerrarse “como en una burbuja” les hace bien o concentrarse en alguna actividad que les guste, compartir tiempo, mates y charlas con sus compañeras, hablar por teléfono con la familia, rezar, hacer manualidades, leer, salir del pabellón, entre otras. Agregaron que intervenir en los hechos arbitrarios que ocurren dentro del penal, “hacerse la justiciera”, puede considerarse como salud, sin embargo, en la institución, esa acción “a veces les juega en contra”.

Testimonios en primera persona

En relación, las normativas internacionales sobre la protección de personas privadas de libertades prevén el cuidado y la promoción de la salud, y la administración de medicamentos de manera equivalente al de la comunidad externa, siendo responsabilidad del Estado velar por ello. Al respecto, ¿qué sucede en la cárcel de mujeres en Bouwer? Desde el 2015, se aborda el tema “salud”, “salud mental”, en los talleres dentro del penal. En los mismos, las mujeres privadas temporalmente de sus libertades han comentado sus experiencias y las condiciones en las que “acceden” a su derecho a la salud. A raíz de las mismas, se construyen diversas categorías de análisis, como las condiciones de asistencia en hospitales públicos; la escasez de recursos y equipo de profesionales; las celdas de aislamiento y la medicalización. Respectivamente, las mujeres temporalmente privadas de sus libertades manifestaron que “el médico pedía que me sacaran las esposas y los custodios no lo permitieron. Tampoco me permitían levantarme al baño tantas veces como hubiera querido”.

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(Imagen: A/D)

“Si te pasa algo, ponele a las 3 de la mañana, tenés que esperar hasta el otro día para que te vea alguien”; “Es espantoso, nos atan las muñecas y los pies con cadenas, nos ponen una faja en la panza y nos inyectan cosas en cualquier lado de la pierna, arriba de la ropa y todo, no nos dan de comer ni agua”; “Pasé todo el día de mi cumpleaños en celda de aislamiento, que, como no pueden existir más supuestamente, ahora le dicen ‘F1’”. Y también: “Para el día de la madre, estaban todas dopadas”; “Por cualquier cosa, te dan pastillas y, si les pedís algo y no tienen, te dan otra cosa. Te preguntan: ‘¿qué querés que te dé?’. A una que fue por la panza, le dieron un inyectable para eso y, después, cuando dijo que tenía problemas para dormir, le dieron 6 pastillas”.

La Ley Nacional de Salud Mental “tiene por objeto asegurar el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas” y plantea, en su artículo 12, que “la prescripción de medicación sólo debe responder a las necesidades fundamentales de la persona con padecimiento mental y se administrará exclusivamente con fines terapéuticos y nunca como castigo, por conveniencia de terceros o para suplir la necesidad de acompañamiento terapéutico o cuidados especiales”. Esto lleva a preguntarnos: ¿qué vigencia tiene la Ley de Salud Mental en las cárceles?, ¿rige para las personas que están en un contexto carcelario?, ¿qué sucede con el proceso salud-enfermedad en la cárcel?, ¿es posible pensar en la salud mental en las condiciones que se han descripto?, ¿cuál es el rol de lxs psicólogxs y de lxs demás profesionales de la salud en la institución?, ¿qué sucedería si los servicios de salud dependieran del Ministerio de Salud en vez del Sistema Penitenciario de Córdoba?, ¿cómo influye la medicalización arbitraria e indiscriminada luego en el afuera? ¿qué “reinserción” puede tener una persona que vive bajo los efectos de estos fármacos?

“La salud” como dispositivo de poder

Teniendo en cuenta nuestra experiencia en el proyecto y lo puesto en palabras por las mujeres privadas temporalmente de su libertad, podemos pensar que el acceso a la salud, lo cual debería ser un derecho, se convierte en un dispositivo, que incluye sus propios discursos, leyes, enunciados científicos y prácticas de poder que generan efectos de vulnerabilidad, produciendo deterioro en pos de un “orden” y de una “seguridad institucional”, para que las mujeres “no molesten mucho”. En consecuencia, se realiza una “contención” mediante el uso de fármacos, menoscabando la autonomía de estas mujeres y produciendo una dependencia, generando así cuerpos silenciados, dormidos, sedados, (de)privando a las mujeres de pensamientos, emociones, dejando a unx sujetx doblemente encerradx, no sólo por la materialidad de la cárcel y el encierro, sino también en un cuerpo “anestesiadx”. De esta manera, las mujeres son reducidas a objetos de castigo y, en el mejor de los casos, pasan a ser beneficiarias, privilegiadas, de un servicio que les es otorgado siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos institucionales referentes al “buen comportamiento”. Es así como el sistema de salud termina convirtiéndose en una herramienta más para el ejercicio del poder punitivo selectivo, generando un sufrimiento evitable, funcional a las lógicas institucionales.

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(Imagen: Juan Pablo Ravasi)

A estas condiciones y determinaciones, la pandemia de COVID-19 visibiliza el agravamiento de las mismas pues carecen de cuidados esenciales como lavarse las manos de forma regular, mantener la limpieza de los lugares, sostener una distancia mínima de dos metros entre personas; acentúa la precariedad y, por ende, la experiencia de vulnerabilidad e incertidumbre por ellas mismas y sus familias.

El virus comienza a propagarse con mayor aceleración en estos últimos meses. Recientes noticias reflejaron esto: se inicia por una oficial en la panadería que contagia a otras mujeres, se escuchan otros casos en otras unidades penitenciarias y, de esta manera, se instala el miedo y la impotencia.

Comienzan manifestaciones, reclamos de asistencia, hasta la situación extrema de motín. Ante lo cual el silencio, el enmascaramiento de la realidad y la desprotección deviene en abandono a su suerte.

*Por Celeste Viotti Giorda y Aldana Moreschi para La tinta / Imagen de portada: La tinta


*Las autoras son integrantes del proyecto de extensión “Derecho a Pensar en Libertad”.

Palabras claves: Cárcel de Bouwer, covid-19, Salud Mental

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