Justicia patriarcal y legítima defensa: ¿quiénes pueden defenderse?

Justicia patriarcal y legítima defensa: ¿quiénes pueden defenderse?
10 agosto, 2020 por Redacción La tinta

Conversamos con Ileana Arduino, abogada coordinadora del grupo de Feminismos y Justicia Penal del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP) de Buenos Aires, para que nos ayude a desandar algunas preguntas. ¿Cuándo es válida la legítima defensa y qué cuerpos pueden hacer uso de la misma en nuestras sociedades? ¿Qué debates necesitamos darnos sobre la Justicia patriarcal?

Por Redacción La tinta

El uso de la “legítima defensa“, tipificado en el Código Penal como una causa de justificación para cometer un hecho que de otro modo sería ilícito, se instaló muy cómodamente en el prime time y las redes en este último tiempo. Más allá de episodios puntuales, la cuarentena y el ejercicio de patrullaje policial permanente en las calles, se expandió hacia prácticas de vigilancia ciudadana, que lejos de fortalecer lógicas de cuidado comunitario, profundizó y reprodujo lógicas represivas y de control.

La idea de la auto defensa ha sido y es un debate en los feminismos, que ha crecido en los últimos años en talleres y espacios donde aprender herramientas para estar más preparades ante posibles agresiones, como una respuesta de supervivencia que no necesariamente funciona. Paralelamente, expresiones como: “Las feministas son violentas”, “feminazis”, “lo único que hacen es romper y pintar cosas en las marchas”, etc. son ideas instaladas socialmente con mucha fuerza. Este tipo de imaginarios es reforzado luego, en aquellos fallos en donde la Justicia patriarcal, y la sociedad, condena con más saña a mujeres, lesbianas, trans cuando se han defendido de ataques de odio, convirtiéndose además en malas víctimas. “El jubilado” que mató a quién entró a robarle, en cambio, es un héroe defendiendo su propiedad privada. Entonces, ¿a quiénes se les está permitido defenderse y de qué?

La semana pasada, el fiscal Santiago Terán de Cutral Có hizo algunas afirmaciones en una entrevista radial: “Tendría que autorizarse la portación de armas a mujeres que sufren violencia de género y cuando el violento se les acerque, le disparen y lo maten. Cuando el sujeto está dispuesto a matarte, no hay ninguna barrera que lo frene, sólo un tiro en la cabeza, y ese tiro lo va a tener que disparar la mujer”, indicando además que se reconoce como un apologista de la defensa propia. Medios de Buenos Aires se hicieron eco y Luli Trujillo lo entrevistó en vivo, en un programa de C5N, donde el funcionario público protagonizó una situación de violencia explícita. El maltrato y ninguneo hacia la compañera fue permanente y directo, elevando la voz sin dejar hablar a la periodista.

Más allá de este caso puntual, conversamos con Ileana Arduino para ir un poco más a fondo y desandar ese tipo de discursos y lo que implican para las mujeres e identidades disidentes.

—Ante los dichos del fiscal sobre el necesario uso de la legítima defensa para combatir los femicidios, proponiendo que las mujeres tienen que portar armas: ¿Qué nos permite pensar eso en oposición al accionar judicial que criminaliza o condena las acciones defensivas de las mujeres e identidades feminizadas, como el caso de Nahir, Higui, Marilyn, Brenda, entre otras?

—En algunas ocasiones, hay que tomar los dichos de quien viene, en el sentido de no amplificar y adoptar una interpretación en función de los evidentes desbordes de un discurso demagógico, que no tiene que ver con la referencia a un caso concreto, sino con el despliegue de una intervención completamente fuera de lugar, violenta y absolutamente irresponsable en términos profesionales, desde el punto de vista de la responsabilidad de un funcionario público. Por otro lado, en términos técnicos jurídicos, también de una irresponsabilidad intelectual, al realizar un planteo sin ningún tipo de precisión y corrección técnica. Además de esto, hay que estar atentes a ese tipo de discursos en la medida en que es una expresión, que podemos decir burda y brutal, de muchas otras formas de captación de las legítimas demandas de atención frente a ciertas violencias, como son las violencias sexistas o sexo-genéricas, de cómo rápidamente pueden ser fagocitadas por relecturas autoritarias y legítimas desde el punto de vista de sociedades democráticas.

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(Imagen: Jose Nico)

—¿Por qué creés que, en este contexto que estamos viviendo, ha tomado tanta fuerza en el discurso social la idea de la legítima defensa, más allá de hechos recientes como el caso del jubilado?

—No sé si tiene que ver con este contexto particular, porque eso implicaría definir el contexto por la atención mediática súbita a un par de casos, y si hacemos memoria, hace un par de años, sucedió lo mismo con “el carnicero de Zárate”, “el médico de San Martín”, pero, si ajustamos la mirada, permanentemente hay supuestos de este tipo, una legítima defensa que tiene que ver con el hecho de una figura prevista en la legislación penal de antaño y que históricamente es una dinámica que, en la conflictiva social, puede aparecer. Lo que me parece fluctúa o es más signo de los tiempos es esta discusión o el rol que juegan, sobre todo, las autoridades públicas, en torno a la validación expresa o tácita de la posibilidad de que las personas se armen para defenderse y la pretensión de instalar que no hay ni límites ni proporcionalidad ni circunstancias que fijen contornos, a esa posibilidad que debiera ser extrema, alarmante y aflictiva, en lugar de reivindicativas si se llegara a estar en ese lugar.

No digo aflictiva en el sentido de que nunca alguien se pueda defender, sino en el sentido de la construcción más política y pública, que va más del lado del incentivo que de la reflexión. Une debiera esperar de autoridades públicas, como los Ministros de Seguridad y demás, el tajante repudio a la posibilidad de que se haga una reacción extendida.

Lo que es un signo de estos últimos tiempos es un tránsito entre la reivindicación expresa de la «ciudadanía sheriff», para decirlo con esta categoría tan clara que ha utilizado Darío Kosovsky, o la validación tácita. Que se expresa también en otras formas de uso de la fuerza como la violencia institucional. Podemos encontrar cierto correlato entre los discursos de quienes validan estas prácticas, ya sea expresamente, de manera bravucona, o implícitamente, cuando son asumidas por la ciudadanía como una especie de extensión de la figura justiciera que se le asigna a la policía, sobre todo, cuando se reivindica esta idea de que la eficacia frente a la gestión de los conflictos tiene que ver con aumentar el poder de letalidad, cualquiera sea el que lo porte.

—Ante casos donde mujeres e identidades feminizadas se defendieron, se construyeron relatos de las malas víctimas. Pensando en una lectura interseccional: ¿a quiénes se les permite defenderse y cómo?


—Por supuesto que podemos imaginar que el fiscal está pensando en un tipo de existencia, cuando dice así tan livianamente que las mujeres se armen. En relación a cuáles cuerpos se pueden defender y cuáles no, sí hay cierto terreno ganado, hasta ahí, que las cis mujeres que atraviesan ciertos procesos de victimización, es decir, primero, hay que acreditar esa condición, la discusión jurídica más técnica e, incluso, social sobre legítima defensa va ocupando una cierta escena. Ahora, cuando se trata de quienes se defienden frente a agresiones que son odiantes respecto de sus decisiones sexuales o de sus identidades, eso plantea caminos mucho más escabrosos para legitimar argumentos de legítima defensa. Estoy pensando en los términos en que ese debate aparece en los tribunales.


Me parece interesante recuperar el texto de Elsa Dorlin, Defenderse una filosofía de la violencia, en tanto plantea que la legítima defensa es también un dispositivo de poder, de modo que son narrativas, instrumentos que, paradojalmente, por momentos, pueden funcionar como instrumentos de defensa efectivamente y, en otros momentos, las propias imposiciones, exigencias y las propias narrativas que se van construyendo en clave judicial respecto de quiénes pueden defenderse y quiénes no implican ejercicio de poder y sujeción.

—¿Cuál creés que es el debate o, mejor dicho, dónde centrar el debate sobre el accionar de la Justicia y los cambios necesarios, en tensión con discursos punitivistas dentro y fuera de los feminismos ?

La tensión entre feminismo y punitivismo es una pregunta y un debate amplio, en todo caso me parece que, por un lado, hay que romper la asociación entre feminismo y punitivismo, porque ni todo el feminismo es punitivista ni todas las expresiones punitivistas de nuestras sociedades pertenecen al feminismo.

Yo y muchas venimos haciendo, hace tiempo, un señalamiento respecto de la constitución de sociedades bajo una racionalidad punitiva o bajo la idea del castigo como punto de partida y llegada para la resolución de distintas formas de conflictividad y como baremo de lo que es importante.

Poder deconstruir esta relación entre castigo e importancia del asunto/relevancia es clave para poder imaginar y, sobre todo, para tener disposición mental para imaginar otras formas de intervención cuando una persona es dañada, circunstancia que no se circunscribe solamente a las expresiones sexistas del daño. Sobre esto, una de las grandes discusiones que les feministes tenemos tiene que ver con los riesgos esencialistas alrededor de estos debates y también con respecto a la facilidad con la que las demandas que se plantean en estos términos son simplificadas y devueltas en forma de consignas autoritarias.

Todas estas invitaciones a la reflexión, en términos de los riesgos de la captura punitiva, son para problematizar y hablar con franqueza sobre un montón de niveles, porque, si no, sucede que quedamos atrapades entre una cierta idea de que nos tenemos que ocupar como parte de la meta agenda de la no expansión del aparato punitivo. Eso sólo puede ser leído como un problema cuando une se define identitaria y políticamente sole en razón de los contornos de la lucha configurada por lo que ha sido definido como las violencias más graves en términos de género. Pero si pensamos de maneras más interseccionales y corremos el eje de la cuestión identitaria y de las dimensiones individuales, para pasar a pensar en las dimensiones estructurales y en la opresión como una forma de relación que se expresa a través de muchos sistemas de jerarquía, y no sólo las de los dispositivos sexo-genérico, es un debate mucho más comprometido. Todavía nos resta políticamente decidir si nosotres queremos impulsar sociedades punitivas castigo-céntricas en nombre de nuestras demandas.

*Por Redacción La tinta / Imagen: Lucía Prieto.

Palabras claves: Ileana Arduino, Legítima defensa, punitivismo

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