Ley de Economía del Conocimiento: avanza en el Congreso un proyecto clave para la soberanía tecnológica nacional

Ley de Economía del Conocimiento: avanza en el Congreso un proyecto clave para la soberanía tecnológica nacional
21 mayo, 2020 por Redacción La tinta

El martes, en la reunión de la Comisión de Comunicaciones e Informática, y la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados de la Nación, se dio dictamen favorable -por unanimidad- para tratar la ley de Economía del Conocimiento. El proyecto actualiza una normativa clave para el desarrollo de nuestro país (y de Córdoba en particular) y promueve el crecimiento de un sector económico estratégico.

Por Redacción La tinta

En plena cuarentena (que parece hacerse cada vez más larga) y con el teletrabajo y la venta a través de plataformas virtuales protagonizando el escenario, las Comisiones de Comunicaciones e Informática, y de Presupuesto y Hacienda, dieron dictamen favorable para que se trate el proyecto de Ley de Economía del Conocimiento con las modificaciones propuestas, presentado en febrero de este año, antes de la pandemia que inmovilizó las sesiones del Poder Legislativo.

Ante la posibilidad de sesionar a la distancia, se reactivó el tratamiento del proyecto de una ley que, si sale, beneficiaría a un sector clave apuntando a valorizar y potenciar la soberanía científica y tecnológica de la Argentina. 

Qué es la Economía del Conocimiento y qué pasó el martes

Dentro del sector, están incluidas las actividades económicas que aplican el uso del conocimiento y la digitalización de la información haciendo pie en los avances de la ciencia y de las tecnologías. Entre los rubros comprendidos, se encuentran el desarrollo de software y servicios informáticos y digitales, producción y postproducción audiovisual, nanotecnología y nanociencia, industria aeroespacial y satelital, y biotecnología, bioeconomía, biología, bioquímica, microbiología, bioinformática, biología molecular, neurotecnología e ingeniería genética, geoingeniería y sus ensayos y análisis, entre otros. 

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(Imagen: gentileza MeTCba)

En la situación de emergencia que estamos transitando, son las actividades y empresas que se consideran mejor posicionadas para reactivar la economía. El martes, en una reunión a través de videollamada que encontró a las comisiones de Comunicaciones y de Presupuesto con el ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, quedó lista para ser tratada en Diputados la iniciativa que intenta reemplazar la Ley 27.506. Esta última normativa fue aprobada durante el gobierno de Cambiemos y, luego, suspendida en enero por el Ejecutivo Nacional, entre otras cosas, porque se señaló que posibilitaba a grandes empresas acceder a beneficios imposibles de ser regulados o supervisados.

Los principales puntos del Proyecto

El nuevo proyecto, enviado en febrero, da mayor precisión sobre los parámetros de la normativa original e incorpora criterios de equidad en favor de las pequeñas y medianas empresas -a partir de una flexibilización de los requisitos de acceso- sin perjudicar a las grandes empresas del sector que forman parte del universo de beneficiarios de las actividades promovidas. El sector genera empleo de calidad y es una fuente de innovación y de recursos.

Las modificaciones realizadas apuntan, según sus autores, a incorporar una perspectiva de justicia social y de desarrollo federal, protegiendo la economía nacional al promover un modelo productivo a largo plazo.

El diputado Pablo Carro, presidente de la Comisión de Comunicaciones e Informática, y coordinador de la reunión del pasado martes, hizo hincapié en la importancia de este dictamen favorable. Es que el sector de la llamada Economía del Conocimiento ocupa el tercer lugar en las exportaciones, detrás de la producción agrícola y del sector automotriz. “Esto asegura ingreso de dólares genuinos y la creación de puestos de trabajo. Además, plantea un esquema de distribución de fuerte tono federal, ya que debe realizarse teniendo en cuenta la realidad de todo el país y con perspectiva social y de género”, declaró el legislador.

Por su parte, el diputado nacional Eduardo Fernández, miembro de la Comisión de Comunicación e innovación tecnológica, afirmó: “Antes, el alto desarrollo tecnológico era una ventaja reservada a las grandes empresas, pero ya no es más así. Hoy, una PyME puede tener acceso a ese desarrollo y el Estado tiene que potenciarlo, por eso, esta es una ley muy importante”.

Principales puntos del proyecto:

Requisitos: para acceder a los beneficios, las compañías deberán cumplir con dos de las siguientes tres obligaciones:

1. El 70% de su facturación deber originarse por las actividades promovidas o acreditar el uso de tales disciplinas para agregar valor o innovación en productos, servicios y procesos.

2. Invertir porcentajes de su masa salarial en capacitación de empleados dedicados a las actividades, variables según sean micro, medianas o grandes empresas. Y desembolsar, en investigación y desarrollo, montos de su facturación, progresivo de acuerdo al tamaño de la empresa.

3. Exportar bienes o servicios del conocimiento por el 4%, 10% o 13% del total de sus ingresos de acuerdo también al tamaño de la empresa.

Aportes patronales: las firmas que apliquen a la ley reducen sus cargas sociales. Podrán convertir en un bono de crédito fiscal (transferible por única vez) del 70% de las contribuciones a los sistemas de salud y jubilación por los empleados dedicados a las actividades promovidas. 

Las firmas no podrán gozar del beneficio en la rebaja de cargas patronales para todos sus empleados dedicados a la actividad del conocimiento, sino que habrá un tope razonable, que no excluye a ninguna empresa empadronada hasta el momento: hasta siete veces la nómina del tramo II de empresas medianas, que estipula 535 trabajadores. Es decir, se podrán deducir los aportes de hasta 3.745 personas. No obstante, si el personal se amplía, en el bono se contemplarán a los nuevos profesionales.

Beneficios adicionales, en relación a criterios de territorialidad y de género para la contratación de personal: para las empresas que den empleo en zonas desfavorables o provincias de menor «desarrollo relativo», el bono fiscal será de 80% en lugar de 70% por cada empleado. 


Además, este incentivo se extiende a las firmas que contraten personas de género femenino, travestis, transexuales o transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales, de conformidad con lo establecido en la Ley de Identidad de Género, personas con discapacidad, expertos con estudios de posgrado en ingeniería, ciencias exactas y naturales, o a beneficiarios de planes sociales.


Progresividad: con el nuevo proyecto, se posibilita que las microempresas con menos de tres años de antigüedad pueden aplicar si acreditan que desarrollan en algunas de las actividades promovidas. De acuerdo al estudio de las nuevas autoridades del Ministerio de Desarrollo Productivo, las pequeñas firmas (especialmente, PyMEs electrónicas) quedaban fuera del régimen por no contar con ciertos requisitos, en especial, por el 70% de facturación relacionada con la economía del conocimiento.

Nuevo fondo que fortalece capacitación a PyMEs y nuevas empresas: el proyecto de ley genera más recursos para capacitación y menos para auditorías y otras actividades, y crea el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento (FONPEC) que se usará para promoción de PyMEs y startups, programas de capacitación y actividades para incentivar la industria del conocimiento. Esto reemplaza el destino de los fondos que anteriormente se dirigían a un Fondo Fiduciario del Capital Emprendedor, promovido por el macrismo.

Mejor autoridad de aplicación: como soporte a la Autoridad de Aplicación, que es el Ministerio de Desarrollo Productivo, el proyecto de ley crea un Consejo Consultivo, compuesto por instituciones del sistema científico y tecnológico que aportarán su opinión en los casos en que surjan discrepancias sobre la pertinencia de incorporar alguna empresa al régimen.

Rebajas impositivas: el proyecto estipula, para la alícuota de Ganancias, una reducción del 60% en el monto correspondiente a las actividades promovidas. El proyecto mantiene la duración de los incentivos fiscales durante toda la vigencia de la ley, es decir, hasta 2030, con cláusulas sencillas de reinscripción bianual.

Autodesarrollo: restablece en el cómputo de los beneficios, la exclusión de “actividades de autodesarrollo”, como había sido establecido en los Regímenes de Ley de Software anteriores a la Ley 27.506 y precisa su alcance para el resto de las actividades.

*Por Redacción La tinta / Imagen de portada: A/D.

Palabras claves: Ciencia y Tecnología, Ley de Economía del Conocimiento, Tecnología

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