En Córdoba obstaculizaron ligaduras de trompas

En Córdoba obstaculizaron ligaduras de trompas
18 octubre, 2019 por Redacción La tinta

A principios de octubre, mujeres que intentaron acceder a la ligadura tubaria junto a la «Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba», «Católicas por el Derecho a Decidir» y el «Equipo Latinoamericano de Justicia y Género» (ELA) denunciaron al «Hospital Neonatal» y en particular al médico Francisco Crespo Roca por negar la práctica anticonceptiva de manera sistemática. Tras esta denuncia, lo jubilaron.

Por Redacción La tinta 

Las cifras son alarmantes, según un informe elaborado a partir de la sistematización de las historias clínicas del Hospital Neonatal de la provincia de Córdoba, entre 2009 y 2016, 203 mujeres solicitaron anticoncepción quirúrgica. De las cuales se completaron 143 consentimientos informados para solicitud de ligaduras tubarias, y sólo 18 accedieron finalmente a la intervención.

Aunque era de público conocimiento la situación, nadie tomaba cartas en el asunto. Sin embargo, el 3 de octubre de este año se formalizó en el Juzgado N° 7 de la provincia, una denuncia por incumplimiento de la ley provincial 9.344 de Anticoncepción Quirúrgica, por la obstrucción histórica y sistemática de acceso a la ligadura tubaria a través de violencia institucional.

Mujeres a quienes le negaron la práctica anticonceptiva, junto a organizaciones que defienden los derechos sexuales y (no) reproductivos, en la denuncia instaron a la “adopción de medidas urgentes para detener y prevenir estas acciones de discriminación y violencia contra mujeres de sectores vulnerables, las que en no pocas ocasiones ponen en riesgo su salud y su vida, exponiéndose a múltiples formas de violencia contra sus libertades reproductivas y su dignidad humana”, sentencia el comunicado emitido por Católicas por el Derecho a Decidir (CDD). Además de exponer la situación, solicitaron el apartamiento del jefe del departamento de Tocoginecología, Francisco José Crespo Roca, a quien denuncian como “el principal responsable de las prácticas violentas y obstructivas”.

La Clínica Jurídica de Interés Público Córdoba (CLIP) presentó ante la Justicia pruebas de las denuncias hechas por mujeres que solicitaron la práctica ante la Dirección Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, junto a informes de situaciones que denuncian las obstaculizaciones, entre otras evidencias, indicaron desde CDD.

“Respetar la autonomía, la dignidad y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres requiere también la obligación de respetar el ejercicio libre de su sexualidad, accediendo a los métodos anticonceptivos que cada mujer, en ejercicio de sus derechos, elige para sí misma”, sentencian en la misiva, y piden a la Justicia reparar las violencias denunciadas.


Con órdenes explícitas del médico Crespo Roca, el Hospital viola la ley provincial imponiendo a las mujeres escribir lo que se dio a conocer como la “cartita de amor”, dirigida a este supuesto profesional explicando el motivo por el cual solicita la ligadura tubaria, contrario a todas las leyes vigentes, por lo que incurre en un acto de ilegalidad. No debemos dar motivos por los cuales hacemos ejercicio de nuestros derechos sexuales y (no) reproductivos y no debe ponerse en consideración la validez de la práctica, ya que solo quien la solicita es quien puede valorarla. Esta es una clara violencia contra la libertad reproductiva, contemplada en la ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres.


A raíz de la denuncia, el Ministerio de Salud en primera instancia refirió que en la provincia se garantiza el derecho, tal y como establece la ley, y dieron números descontextualizados respecto de las ligaduras que se realizan en el nosocomio en cuestión. A los días, jubilaron al médico Francisco Crespo Roca, ya que contaba con la edad suficiente para no seguir ejerciendo, pero no reconocieron que era debido a la denuncia, aunque sabemos que mucho tiene que ver con ello. Por más cobarde y cómplice que sea el estado provincial, el supuesto profesional tiene una denuncia en curso.

¿Qué es la ligadura de trompas?

Es un método anticonceptivo de larga duración que se realiza a través de una cirugía sencilla en las trompas de Falopio, las cuales conectan al útero con los ovarios, evitando la unión del espermatozoide y el óvulo. Es un método considerado irreversible, es decir que de por sí retornar la fertilidad tras realizar la cirugía es sumamente difícil. Con el avance de la tecnología la permeabilidad de la trompa podría llegar a lograrse, como así también la extracción de óvulos y fecundación in vitro. Sin embargo, hoy no son técnicas de fácil acceso. Por lo que es un método que está destinado para aquellas personas con capacidad de gestar que no deseen quedar embarazadas.

Es una práctica que se realiza en Hospitales o Clínicas que cuenten con quirófano, se realiza con anestesia y puede hacerse en cualquier momento o luego de un parto/cesárea. Después de la ligadura se continúa ovulando y menstruando como habitualmente y el placer sexual no cambia.

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(Imagen: Eloísa Molina)

¿Qué dice las leyes vigentes?

La Ley 25.673 con la cual se creó el Programa de Salud Sexual y procreación responsable y la Ley 26.130 de anticoncepción quirúrgica- ligadura tubaria y vasectomía dejan en claro que se debe acceder gratuitamente en hospitales y centros de salud, y a través de obras sociales y prepagas a un método anticonceptivo de los incluidos en el Plan Médico Obligatorio: preservativos, pastillas, inyectables, DIU, anticoncepción de emergencia y anticoncepción quirúrgica (ligadura tubaria y vasectomía).

Tanto la ligadura tubaria como la vasectomía por ley se debería garantizar para quienes la soliciten a partir de los 16 años como establece el Código Civil vigente, ya que se considera que desde esa edad se pueden tomar de manera autónoma todas las decisiones sobre el cuidado del cuerpo. Sólo es requisito dejar constancia por escrito de la decisión después de recibir la información completa y comprensible. No hace falta el consentimiento de la pareja si la hubiera, ni de padre o madre, ni de nadie, ni tampoco haber tenido hijxs previamente.

En Córdoba existe la Ley Provincial N° 9.344 de Anticoncepción Quirúrgica, que establece dos requisitos para acceder a la práctica: una instancia de consulta con tres profesionales: medicx, psicólogx y trabajadorx social. Lo cual en general es una barrera muy importante para acceder a la práctica ya que en la mayoría de los centros asistenciales se necesita solicitar 3 turnos diferentes, generalmente en distintos días. Supuestamente es para recibir información y el consentimiento informado, necesario para toda práctica quirúrgica. Sin embargo, muchas veces se toma esta instancia como “probatoria o no” para acceder a la práctica, es decir se realiza lo imposible para que no opte por este método, se hacen preguntas inverosímiles e irreales para incomodar sin sentido, como por ejemplo: ¿qué pasaría si se te muere unx hijx, no desearías tener otrx? o si te separas de tu pareja quizá te juntas con algunx que desea un hijx y “vos no se lo podés dar”. Generalmente nos tratan como si no entendiéramos lo que implica la práctica, como si necesitáramos el tutelaje de otrxs o como si fuéramos meras incubadoras que gestamos sin poder decidir cuándo, con quiénes, cómo y cuándo decidir gestar o simplemente optar por no hacerlo.

En caso de situación de vulneración de estos requisitos podés denunciar de manera anónima a la Línea Salud Sexual 0 800 222 3444. También se puede consultar por dudas o solicitar información de todo lo que concierne esta práctica y sobre tu derechos en materia de salud sexual y (no) reproductiva.

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(Imagen: Eloisa Molina para La tinta)

*Por Redacción La tinta.

Palabras claves: salud sexual y reproductiva

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