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Macri envió al Congreso el nuevo código penal

26 marzo, 2019 by Redacción La tinta

Ayer, el presidente de la Nación Mauricio Macri envió al Senado el proyecto de reforma del Código Penal. El año pasado, la presentación fue suspendida tres veces, a raíz de la discusión parlamentaria en torno al aborto. El nuevo código prevé modificaciones en relación con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Incorpora dos nuevos delitos: lesión al feto, denominado “lesión a la persona por nacer”, en su forma dolosa y culposa. Asimismo, establece un aumento de penas para delitos relacionados con el narcotráfico y corrupción. Estipula penas para quienes provoquen el entorpecimiento del transporte público. El nuevo texto prevé el terrorismo y penas para el financiamiento del mismo.

Por ANRed

Este lunes pasado, el presidente Mauricio Macri envió al Senado el proyecto de reforma del Código Civil. El anteproyecto debía presentarse el año pasado, pero, debido a la discusión parlamentaria sobre el aborto, fue suspendido en tres oportunidades.

Este año, cuando inauguró las sesiones parlamentarias, dijo: “Tenemos un proyecto que se viene trabajando hace más de un año con todos los sectores, cuya aprobación es fundamental para seguir por este camino. Espero que lo aprobemos en el corto plazo”.

Entre los principales puntos a reformar, se incorporan dos nuevos delitos en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, ya que, en el capítulo 3, incorpora el delito de lesiones a la persona por nacer:

ARTÍCULO 95.- Se impondrá prisión de UNO (1) a CUATRO (4) años, al que causare a una persona por nacer una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en él una grave afectación física o mental.

ARTÍCULO 96.- Se impondrá prisión de SEIS (6) meses a DOS (2) años o de SEIS (6) a VEINTICUATRO (24) días-multa, al que por imprudencia o negligencia, impericia en su arte o profesión, o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo causare la lesión o enfermedad del artículo 95.

ARTÍCULO 97.- Las lesiones a una persona por nacer causadas por la mujer embarazada no son punibles.


Se podría interpretar que este delito le otorga al feto un status jurídico determinado, ajeno y distinto al cuerpo de la mujer o persona gestante, tratando de equipararlo a una persona ya nacida.


Asimismo, el proyecto oficialista, enmarcado en el programa Justicia 2020 que lleva adelante el ministro Germán Garavano, impulsa un aumento de penas, por ejemplo, para delitos de corrupción y narcotráfico. Incorpora, como agravante, la utilización de motocicletas en delitos de robo, la modalidad conocida como “motochorros”.

En el caso de los delitos de corrupción, el proyecto del Gobierno establece un aumento de 4 a 12 años las penas para casos de cohecho, sobornos transnacionales o enriquecimiento ilícito. Se agrega la figura de “corrupción entre particulares” y se pena a las empresas ante ciertos delitos.

En cuanto a la tenencia de estupefacientes, establece la no punibilidad cuando se trate de un uso personal en el ámbito privado. Esta decisión está basada en la jurisprudencia de la Corte en el fallo “Arriola”. En este caso, el proyecto incorpora la novedad en torno a la despenalización de las drogas.

reforma-previsional-senado

En línea punitivista contra las protestas sociales en el marco de un malestar social in crescendo, el proyecto incorpora penas para el caso de entorpecimiento del transporte público. Pena de dos años de prisión para quienes arrojen elementos que pudieran provocar lesiones o muertes, que se eleva a 3 años cuando es contra miembros de las fuerzas de seguridad.

Finalmente, el nuevo código penal prevé el terrorismo y penas para el financiamiento del mismo. La operación ilegal de armas de uso civil sin autorización tendrá una pena de 3 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo.

*Por ANRed.

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