Más trabas para la práctica del aborto

Más trabas para la práctica del aborto
13 febrero, 2019 por Redacción La tinta

El 18 de diciembre de 2018 el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Córdoba se expidió ante el amparo presentado por la ONG Portal de Belén, dejando claro la necesidad de garantizar en el sistema de salud provincial abortos legales. La ONG apeló.

Por Redacción La tinta

Desde 1921 el Código Penal, en su artículo 86 explícita cuando el aborto es “no punible”, es decir que no implica ninguna pena el realizarlo. Hay tres situaciones: cuando se encuentra en peligro la salud o la vida de la persona gestante o en caso de vivir violencia sexual que conlleve a un embarazo.

En 2012 la Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió por un caso en el fallo F.A.L., expresando la necesidad de que se garanticen abortos legales cuando haya sido en situaciones de violencia sexual, sin importar si es “idiota o demente” como explicita el código penal. También aquí se hace una interpretación amplia de la afectación de la salud, no solo teniendo en cuenta aspectos físicos sino también psíquicos y sociales que hacen gozar de buen estado de salud integral. Dicho fallo insta a las provincias a que elaboren protocolos provinciales para actuar en estas 3 causales.

El Ministerio de Salud de Córdoba elaboró una guía de procedimientos y a los pocos días la ONG Portal de Belén interpuso un amparo. Esto generó confusión en el personal de salud y el ministerio de salud no se expidió al respecto, por lo que prácticamente no se realizaron acompañamientos de interrupción de embarazo en la provincia. Aún así, la maternidad Nacional (jurisprudencia federal) como profesionales de la salud de distintas instituciones públicas y privadas se posicionaron como garantes de derechos apelando a los tratados de derechos humanos internacionales y a la legislación nacional. Considerando que la ausencia de una guía provincial no afectaría la práctica médica de calidad ya que se enmarcaba en normativas nacionales e internacionales.


Sin embargo, la atención estaba puesta en el dictamen del Tribunal Superior de Justicia de la provincia de Córdoba (TSJ). Luego de casi siete años se expidió a favor de la constitucionalidad del Artículo 86 y la aplicabilidad de la Guía de Procedimientos. El pasado viernes 8 de febrero de 2019, la Asociación Civil Portal de Belén apeló presentando un recurso extraordinario federal, para que sea la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien resuelva la aplicabilidad del aborto legal en Córdoba. Ahora, el TSJ de Córdoba debe resolver si acepta o no este recurso, ya anunciaron que no pueden determinar cuántos días puede llevar esta decisión.


Sabemos que estas acciones ponen trabas en el acceso a salud de calidad para todas las personas que así lo requieran, exponiéndonos a prácticas clandestinas que ponen en riesgo nuestra salud y muchas veces nuestras vidas. Sabemos que no todxs tenemos acceso al sistema de salud de la misma manera, sino que quienes tienen menos recursos pagan las consecuencias más graves.

La garantía del aborto no puede ser una cuestión de voluntad y compromiso personal de les profesionales de la salud sino una política del Estado. ¿Dónde van las personas que han sufrido violencia sexual hoy en Córdoba? ¿Cómo se resuelve? ¿Qué pasa cuando la continuación del embarazo nos expone a un peligro para la salud y la vida? ¿No constituye esto abandono de persona y quién se hace cargo de los daños que esto pueda generarnos?

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(Imagen: Colectivo Manifiesto)

*Por Redacción La tinta.

Palabras claves: legalización del aborto

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