Chicas con carácter
Por Carina Ambrogi y Pablo Callejón para La tinta
La supuesta amenaza que la joven Camila Carletti había realizado a su asesino Juan Manuel Villar, de contarle a su esposa sobre la aventura sexual que mantenían, y la afirmación de una testigo (de quien se pidió se investigue por proxeneta), de que se trataba de una “chica con carácter”, fueron algunos de los argumentos más fuertes por los que el tribunal de la ciudad de Río Cuarto coincidió, por unanimidad, que el asesinato de la joven de 22 años en manos del peón rural fue un homicidio simple y no un femicidio, como había solicitado la querella.
Los argumentos se conocieron el viernes pasado, a dos semanas de que se terminara el juicio por jurados, el segundo que se realiza en la ciudad bajo la carátula de femicidio.
El cuerpo sin vida de la joven fue encontrado en septiembre de 2016 en el fondo de un arroyo, recién a los 11 días de que su mamá denunciara su desaparición. Los magistrados señalaron que el 2 de septiembre, Camila y Villar acordaron un encuentro sexual a cambio de dinero. El peón la esperó en un camino rural de Adelia María y luego subió la bicicleta de la joven a su tractor. Desde allí, se trasladaron por una arteria que conduce al campo Haras El Trébol, donde vivía y trabajaba Villar.
Después de mantener relaciones sexuales y tras una supuesta discusión sobre el monto que debía pagar el asesino, Villar quitó el cuchillo que llevaba en la cintura y le encestó una puñalada en el cuello que le provocó la muerte. El homicida ató de pies y manos el cuerpo de la víctima antes de arrojarlo a un arroyo, y escondió sus pertenencias. Horas más tarde, intentó huir con su familia hacia Corrientes, donde resultó detenido.
La advertencia de la joven habría cobrado fuerza para los magistrados debido a que tenía una bicicleta que la podría trasladar hacia el casco del predio rural, a donde vivía la mujer de Villar y esto terminaría con “lo más importante de su vida”. Unas líneas antes, el mismo texto indica que el rodado había sido colocado por el propio Villar en el contenedor del tractor que estaba bajo su tutela.
“Aclaro aquí que poner el acento en la amenaza vertida por Añel Carletti no implica en lo absoluto culpar a la víctima y, mucho menos, justificar la reacción de Villar, quien evidenció un nivel superlativo de intemperancia”, añadió la jueza ante la presunción de que pudiera existir una intención de revictimizar a la joven.
Los jueces reflejan a la víctima como una persona empoderada y manipuladora, con el poder de vulnerar la capacidad psíquica del hombre que la sometía sexualmente a cambio de dinero, en un campo donde nadie escucharía el pedido de auxilio.
Según afirmó Rosa Sabena, abogada querellante, si bien fueron varios los testimonios que dieron de Camila en un perfil que contrasta con el de la personalidad con que la describen los jurados, sólo se tomó en cuenta el testimonio de Hilda Mabel Clavero, de la que se pidió se investigue por proxeneta de la víctima, quien señaló que la joven la visitaba dos veces por día en dos horarios establecidos para “charlar y tomar mates”. De estas charlas, la testigo da cuenta de la personalidad de Camila con sus “clientes”. Sabena sostuvo que tanto Clavero como su hijo tuvieron contacto telefónico el día del femicidio con el asesino.
Los fundamentos del fallo de los jueces María Virginia Emma, Lelia Manavella y Carlos Hernán González Castellanos, quienes, en forma unánime y en coincidencia con los jurados populares, condenaron a Juan Ramón Villar a 20 años de prisión, ratificaron que, para la Justicia, el crimen de Camila no se debió a una cuestión de género.
Para Ivana Niesutta, abogada del acusado, Villar no actuó del modo en el que “normalmente lo hacen los homicidas en los casos de violencia de género”, es decir, “infligir múltiples puñaladas, golpes en el cuerpo, puntapiés”. Surge la presunción de que no la mató por ser mujer, sino por sentirse amenazado. Una descripción que los jueces aceptaron como fiable.
En un fallo que se contradice, se establece como causales de sumisión o subordinación de una mujer, entre otras, la prostitución, aunque después se argumenta que “no toda relación de prostitución” sirve de causal para un femicidio. “No soslayo entonces que Camila Añel era mujer, que ejercía la prostitución y que era adicta al consumo de estupefacientes. Estos aspectos impusieron, desde el inicio del juicio oral y hasta la deliberación y decisión final, una estricta perspectiva de género en la consideración del caso”, admitió la jueza Emma, quien, de todos modos, rechazó la figura.
Para los jueces, actuó como agravante que Villar asesinara a Camila “en un espacio descampado y sin mayores posibilidades de auxilio, el aprovechamiento del cuchillo con que ejecutó el crimen y el haber atacado a una mujer que, desde el aspecto físico, posee una menor resistencia”.
El carácter de la víctima como atenuante
Los argumentos de lxs jueces fueron publicados la misma semana que se conoció el fallo que absolvió a los tres imputados por el femicidio de la adolescente marplatense Lucía Pérez Montero. Los argumentos del Tribunal Oral Criminal Nro. 1 de Mar del Plata, integrado por los magistrados Facundo Gómez Urso, Pablo Viñas y Aldo Carnevale, refieren a una “culpabilidad” de esta adolescente por su adicción a las drogas, quien mantenía relaciones sexuales “consentidas” con hombres mayores, y de una personalidad fuerte.
El único caso que recibió la pena de femicidio en Río Cuarto en un juicio por jurados populares fue el de Samantha Yoerg (22) que fue asesinada por su concubino, Emiliano Cahuana (24), de varias trompadas y puntapiés en la cabeza, su rostro, torso y miembros superiores. Este caso, a diferencia de los otros citados, tiene la particularidad de que la víctima era pareja estable del asesino, tenían dos hijos en común y era conocida en el pueblo como una buena mujer.
Si bien el fallo por el caso de Camila Carletti va a ser apelado tanto por la querella como por el Fiscal de Cámara, y lo mismo va a suceder con el caso de Lucía, queda, durante estos días, sobrevolando en el aire una sensación de que hay un criterio de unanimidad en los jurados del país. Una especie de permiso o de justificativo para aquellos varones que se dispongan a asesinar a una mujer, cuando ésta no cumpla con los parámetros patriarcales del buen comportamiento femenino y, por el contrario, se arriesgue a ser una chica con carácter.
* Por Carina Ambrogi y Pablo Callejón para La tinta / Imágenes: Colectivo Manifiesto.