Nuevo revés para los antiderechos

Nuevo revés para los antiderechos
14 noviembre, 2018 por Redacción La tinta

Tanto Córdoba como Tucumán, dos de las provincias más conservadoras del país, tuvieron que retroceder con iniciativas legislativas y judiciales retrógradas en materia de derechos sexuales, más específicamente relacionadas con el derecho al aborto, ya que la moral religiosa -cualquiera sea- no tiene lugar en las leyes que reflejan aquellos derechos que tenemos sobre nuestros cuerpos.

Por Redacción La tinta

En la Argentina y desde 1921, el aborto es legal en algunas situaciones. Cuando el embarazo pone en riesgo la salud y la vida de la persona gestante, o si el embarazo proviene de una situación de violencia sexual. Según el Artículo 86 del Código Penal, con sólo el consentimiento de la persona gestante y unx médicx diplomadx, está permitido.

A lo largo de los años, la interpretación de estos incisos fue modificándose, de acuerdo con los acuerdos nacionales e internacionales, como así también con el cambio de la concepción de algunos términos como “salud” o violencia sexual.

Sin embargo, parece que, para los antiderechos -las personas a favor del aborto clandestino-, el tiempo quedó detenido en la edad media. Se creen con la potestad de decidir sobre los cuerpos de otras personas, de plasmar su moralidad en nuestras vidas y proyectos. Una vez más, la presión social obliga a la “justicia” a actuar a favor de las reivindicaciones por las que hace tantos años luchamos desde los feminismos.

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(Imagen: Eloísa Molina para La tinta)

Tucumán

El lunes 12 de noviembre, tras la presentación de una iniciativa impulsada por Marcelo Caponio, un diputado peronista de esa provincia, las comisiones de Familia y de Derechos de la Mujer de la Legislatura de Tucumán rechazaron el proyecto de ley que intentaba prohibir el aborto no punible en casos de violación. No consiguió dictamen y será archivada.

La semana anterior, presentaron un proyecto que contaba con 29 firmas de los 49 legisladores provinciales, tanto del partido justicialista como de Cambiemos. Manifestaban que su intención era promover la protección integral tanto de los derechos de las mujeres embarazadas como del niño por nacer, como así también crear garantías estatales tendientes a evitar la interrupción del embarazo. Proponían la creación de un servicio de asistencia estatal y jurídica a mujeres embarazadas en situación de vulnerabilidad.

Las comisiones consideraron que ya existen legislaciones sobre la temática, internacionales y nacionales, y que, incluso, esta propuesta iba en contra de la ampliación de derechos que plantea el artículo 86 del Código Penal de la Nación.

Las organizaciones por los derechos humanos también salieron a pronunciarse. Sacaron un comunicado en el cual aclaraban su posición: “Repudiamos el desconocimiento total del orden constitucional que revela la propuesta de Proyecto de Ley presentado con la firma de 29 legisladores con la finalidad de crear barreras para el acceso a la interrupción legal del embarazo por las causales habilitadas desde 1921 por el ordenamiento penal. Esta iniciativa evidencia un absoluto desconocimiento del derecho y en especial, del orden constitucional y republicano vigente en nuestro país que impide que desde las provincias se modifiquen los códigos de fondo», resaltaron en un documento Mujeres X Mujeres, Católicas por el Derecho a Decidir, Amnistía Internacional, CELS, ELA, Redaas, CEDES y Espacio Intercátedra de la Facultad de Derecho de la UNT.

En el comunicado, denunciaron que la medida formaba parte de «estrategias políticas destinadas exclusivamente a confundir a la ciudadanía e imponer un mensaje acorde con una moral sexual restrictiva».

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(Imagen: Eloísa Molina para La tinta)

Córdoba

Desde el 2012, a raíz de una situación particular de una joven de Chubut que solicitó un aborto legal por causal violación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación impulsó el fallo FAL, en el cual se aclaran algunos baches legales que quedaban en torno a la interpretación de la legalidad del aborto en caso de violencia sexual e instaba a las provincias a emitir protocolos provinciales acordes a lo que se expidió.


En ese mismo año, el Ministerio de Salud de la Provincia de Córdoba realizó una guía de atención, pero, a los pocos días, recibió un amparo por parte de la Asociación Civil Portal de Belén para que no la apliquen, apelando también a la inconstitucionalidad del Artículo 86 del Código Penal. Vale decir que el protocolo de Córdoba, incluso, era bastante más conservador que lo que el fallo FAL venía a interpretar en relación al derecho a una interrupción del embarazo. Durante años, la guía de atención estuvo en espera de una resolución del TSJ, es decir, lxs cuerpxs gestantes se vieron privadxs del acceso a sus derechos, incluso frente a la presentación de múltiples amicus curiae como mecanismos de presión.


Finalmente, el lunes 12 de noviembre, se conoció la noticia de que el TSJ ratificó a quiénes integrarán la causa “Portal de Belén”. Confirmó que la sentencia definitiva será dictada por los vocales “naturales” del cuerpo, Aída Tarditti, Domingo Sesin, Luis Enrique Rubio y Mercedes Blanc de Arabel, además de por los camaristas Claudia Zalazar, Julio Ceferino Sánchez Torres y Silvana María Chiapero.

Al mismo tiempo, instó a las partes a que eviten dilaciones y “manifestaciones litigiosas deformadas”, ya que la organización antiderechos intenta impedir a toda costa que el TSJ se expida.

Por más que pretendan avanzar sobre nuestros derechos conquistados y las luchas que damos día a día, la ola feminista está lista para dar batalla y defender lo que tantos años, y tantas compañeras, nos costó y sigue costando cada día. Hace una semana, una niña de 13 años falleció en Chaco por no poder acceder al derecho de interrumpir un embarazo. Por ella también, seguimos luchando.

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(Imagen: Eloísa Molina para La tinta)

*Por Redacción La tinta.

Palabras claves: cordoba, legalización del aborto, Tucumán

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