Bolivia propone despenalizar el aborto en 9 causales
El proyecto busca despenalizar el aborto en nueve causales: incesto, pobreza extrema, situación de calle y ser menor de edad, entre otras. Cuatro de ellas durante las primeras ochos semanas de gestación y cinco para cualquier momento del embarazo.
Bolivia discute por estos días un proyecto de ley que busca modificar el actual código penal, que le permite a las mujeres interrumpir su embarazo en caso de violación, incesto y peligro de vida de la madre. Además, de ser aprobadas las iniciativas, las mujeres de escasos recursos económicos o en situación de pobreza extrema también tendrán derecho a abortar, según consigna La Tercera.
El proyecto se encuentra en la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia e indica que la mujer no será penalizada al solicitar el término de su embarazo durante las primeras 8 semanas de gestación si se encuentra en situación de calle o pobreza extrema, si no cuenta con recursos para mantenerse a ella o a su familia, es madre de dos o más hijos y no puede mantenerlos. También, si la embarazada es menor de edad.
Además, la iniciativa propone cinco casos en los que la madre podría acabar voluntariamente con su embarazo en cualquier etapa de gestación. Estos son: riesgo de vida de la mujer, la prevención de su salud integral, inviabilidad del feto, si es producto de una violación o incesto y cuando la embarazada sea niña o adolescente.
En 2013, la Organización Mundial de la Salud indicó que Bolivia tiene una de las tasas más altas de embarazo adolescente. Datos del Hospital de la Mujer de La Paz, del año 2016, dan cuenta de que cada día llegan 10 mujeres en estado crítico producto de abortos clandestinos, incompletos o mal realizados. Además, el Colegio Médico de Bolivia informó que se realizan 115 abortos ilegales a diario y siguen aumentando.
El único requisito para concretar la interrupción del embarazo, en cualquiera de sus 9 casuales, es que la mujer llene un formulario que deje constancia de su consentimiento y de las razones de su decisión, sin necesidad de ningún otro trámite.
La normativa indica que el médico encargado no puede negar la interrupción del embarazo y estará obligado a mantener su secreto profesional. Además, establece sanciones para cualquier persona que lleve a cabo un aborto sin el consentimiento de la mujer, con penas de 3 a 10 años de cárcel.
Fuente: El desconcierto / Fotos: Sub Cooperativa de Fotógrafos