¿La ley migratoria boliviana es igual a la argentina, como dice Patricia Bullrich?

¿La ley migratoria boliviana es igual a la argentina, como dice Patricia Bullrich?
10 febrero, 2017 por Redacción La tinta

“La ley”, dijo Patricia Bullrich en alusión al decreto de necesidad y urgencia, “es la misma que tiene Bolivia, exactamente igual”.

Por Federico Dalponte para Notas

Pero no. Definitivamente no. No hay dos leyes iguales en el mundo. Las hay parecidas, adaptadas, inspiradas, pero nunca iguales. Ni siquiera los tratados internacionales -tan multilaterales- se aplican de igual forma de país a país.

Bullrich insiste sin embargo en lo contrario. La licenciada en Humanidades y ministra de Seguridad comparó, con escaso rigor técnico, dos leyes migratorias y arguyó una semejanza absurda. Igualó a quien evade una orden de captura con aquel que ni siquiera transitó un juicio de primera instancia en su contra.

Todo en el marco de una estigmatización flagrante y una disputa contra el gobierno boliviano. “Patricia Bullrich le contestó a Evo Morales”, fue el titular de los principales medios, incluida la agencia estatal Télam.

Su cosmovisión de la igualdad se reduce, según sus declaraciones, a que la Argentina y Bolivia impiden actualmente el ingreso a “las personas que tienen antecedentes o cometieron delitos”.

Tener antecedentes y cometer delitos, dos conceptos con múltiples aristas; ninguna de ellas conocidas por Bullrich. Hasta podría argumentarse que en algún sentido son lo mismo: si el que cometió delitos fue condenado, tiene antecedentes. Y nada más.

Cualquier otra acepción sobre el vocablo «antecedente» es violatoria del principio de inocencia. Pero ése es justamente el problema argentino. Y no es nuevo. “Entiéndase por antecedentes -dice la norma vigente- a todo auto de procesamiento firme, cierre de la investigación preparatoria o acto procesal equiparable”.

Lo que equivale a decir que para nuestra ley migratoria todos los procesados tienen antecedentes penales, igualando al que fue condenado en juicio con aquel del que apenas se tiene una sospecha.

Por eso la norma, en su concepción originaria, reducía la lista a causales graves: se podía impedir el ingreso o permanencia cuando el procesamiento fuese por delitos como tráfico de armas, personas, estupefacientes, lavado de dinero, actividades terroristas, falsificación de documentos, proxenetismo, o delitos con pena privativa de libertad de tres años o más.

Hoy, Macri mediante, la amplitud es enorme y la combinación, peligrosa: cualquier procesado aquí o en el extranjero por “delitos que merezcan según las leyes argentinas penas privativas de libertad” -sin más- puede ser objeto de restricción o deportación. Esto significa casi la totalidad del Código Penal.

A diferencia de ello, además de no ser xenófobo, el régimen boliviano tiene mayor lógica en términos jurídicos. El artículo 26 de la ley de migración prohíbe el ingreso al territorio consignando sólo la condena como determinante -no el procesamiento, como en Argentina-. Y las referencias por fuera de ello son excepciones harto razonables: cuando se trate de reincidentes en el extranjero, cuando exista una orden de captura, o cuando la persona esté en los registros de la policía internacional.

No es igual. Nunca es igual. No hay un componente potencialmente persecutorio en la norma boliviana. Ni tampoco, va de suyo, un discurso que fomente la estigmatización de los extranjeros.

Cualquier comparación así dada es arbitraria. No es lo mismo prohibir la permanencia sólo a los procesados por delitos graves, como disponía la vieja ley, que incluir también a los procesados por cortar una calle, como establece el nuevo decreto. Y tampoco es lo mismo impedir el ingreso de quien tiene una orden de captura que de aquel que, aun procesado, se somete voluntariamente a la Justicia.

En cualquier caso, resta recordar que las estadísticas difundidas por el ministerio a cargo de Patricia Bullrich fueron falsas. Los argumentos, se sabe, también. Lo que queda en el medio es ese aire a xenofobia que no distingue leyes ni límites.

*Por Federico Dalponte para Notas

Palabras claves: Inmigración

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