La Deuda

La Deuda
31 octubre, 2016 por Redacción La tinta
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Hostus – Perduellis. Rodrigo Fierro

La causa judicial “Olmos S/ Denuncia” (Conocida como Causa Olmos I), se desarrolló durante los años 1983-2001, y se refiere al endeudamiento del período 1976-1983. La misma documenta y prueba las más aberrantes violaciones a la Constitución y a la ley en lo referido al proceso de conformación de la Deuda Externa del Estado Argentino.

Argentina es el único país en el mundo, donde la deuda externa fue llevada a la justicia, mediante la causa “Olmos Alejandro S/Denuncia”, N° 9147 (ex 14.467. Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, Secretaría N° 4. La fotografía muestra los 38 cuerpos, 500 anexos y documentación adicional de los que consta la causa que prueba, entre otras, las siguientes cuestiones:

– El 20 de Abril de 1976 el Gobierno del Proceso dicta su primera ley: Ley 21.305 que permite establecer la jurisdicción en los tribunales extranjeros de los países acreedores, en todo litigio sobre la deuda.

– Ante el requerimiento solicitado por el Tribunal, el Banco Central en el año 1992 reconoció carecer de los registros contables de Deuda del período 1976-1983.

-Los organismos internacionales ponen en marcha un mecanismo de endeudamiento forzoso del país, para resolver los problemas de exceso de liquidez de la banca internacional, según propia declaración del ex ministro de Economía Martínez de Hoz.

– En la causa se puede verificar la existencia de autopréstamos, como mecanismo de obtención de divisas extranjeras que no ingresan al país y se suman a la deuda pública.

– Se comprueba la existencia de una «libreta negra» para registrar la colocación en el exterior de las reservas internacionales, por parte del Banco Central.

– Las empresas públicas (YPF, Ferrocarriles Argentinos, Entel, Fábrica Militar y otras) eran obligadas a endeudarse, para obtener divisas que quedaban en el Banco Central y luego se volcaban al mercado de cambios.

– Martínez de Hoz declara ante el juez que hay una diferencia no registrada de 4 mil millones de dólares, pagados y que figuran como impagos.

– Los Textos de algunos acuerdos celebrados con el FMI, el Banco Central sólo los disponía en idioma Inglés. Ante el requerimiento del Juez, el ministerio de Economía y el Banco Central recurren a Washington para que remitan los textos traducidos.

En 1985 se estatizó formalmente la deuda externa contraída por empresas privadas, incluyendo la deuda que sedes locales tenían con sus respectivas casas matrices en el exterior.

– Cuando la Argentina se suma al Plan Brady, se constituye un comité de siete bancos acreedores extranjeros, liderados por el Citibank, que determinó cuánto debía el país, a quién, y cuándo se debía pagar.

– Se demuestra el actuar arbitrario e ilegítimo, por acción y omisión, de los máximos responsables de la conducción política, administrativa y económica de la Nación, así como de directivos y niveles gerenciales de determinadas empresas y organismos del Estado, en el período en cuestión. Se dicta el procesamiento al Dr. José Martínez de Hoz, que fuera Ministro de Economía de la dictadura. Ese procesamiento fue dejado sin efecto en 1999 por prescripción de la acción penal.

Argentina es el único país en el mundo, donde la deuda externa fue llevada a la justicia, mediante la causa “Olmos Alejandro S/Denuncia”, N° 9147 (ex 14.467. Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2, Secretaría N° 4. La fotografía, muestra los 38 cuerpos, 500 anexos y documentación adicional de los que consta la causa.

-En reiteradas oportunidades el Congreso de la Nación se negó a tratar las denuncias y exhaustivas pruebas expuestas en la presente causa.

En la antigua Roma, se llamaba perduellis al enemigo interno de la Patria, y hostis al enemigo exterior.

 

Foto y texto: Rodrigo Fierro

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